INTRODUCCIÓN AL ESTUDIO DEL DERECHO SEMESTRE 1º
Enviado por tolero • 4 de Enero de 2019 • 1.597 Palabras (7 Páginas) • 372 Visitas
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Costumbre delegada. La ley remite a la costumbre para la solución de determinadas controversias. En este caso la costumbre se encuentra subordinada a la ley.
Costumbre derogatoria. La costumbre se desenvuelve en sentido opuesto a la ley. (Costumbre vs. Ley)
Artículo 39 Constitucional.
- Poder constituyente: lo representa el pueblo
- Órgano constituyente originario: La representan los líderes.
- Poderes constituidos: Son poderes que nos gobiernan; ejecutivo, legislativo y judicial.
La soberanía nacional reside esencial y originalmente en el pueblo.
Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de este.
El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar su forma de gobierno.
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Normas Individualizadas.
- Resoluciones judiciales:
Son sentencias emitidas por jueces.
- Resoluciones administrativas: Son sentencias emitidas por el poder ejecutivo.
- Testamentos: acto unilateral y voluntario para que el reparto de sus bienes se dé a su muerte.
- Contratos: acuerdo entre dos partes.
- Tratados internacionales: acuerdo con otro(s) jefe de estado para crear derechos y obligaciones entre esas personas.
Ficha V. Clasificación de las normas jurídicas.
- Desde el punto de vista al sistema que pertenecen.
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Vigentes para dos o más países
- Desde el punto de vista de su fuente.
Los preceptos del derecho pueden ser formulados por órganos especiales (poder legislativo) provenir de la repetición más o menos reiterada de ciertas maneras de obrar cuando estas se hayan vinculado el conocimiento de que son jurídicamente obligatorias o deriva de la actividad de ciertos tribunales. A los creados por órganos especiales, a través de un proceso regulado formalmente se le da el nombre de leyes o normas de Derecho escrito; a los que derivan de la costumbre se les denomina de derecho consuetudinario o derecho no escrito ya los que provienen de la actividad de determinadas autoridades como por ejemplo la Suprema Corte de Justicia de la Nación y a los tribunales de circuito se les denomina derecho jurisprudencial.
3,4,5,6. [pic 12]
Kelsen (austriaco)
- Espacial de validez
- Temporal de validez
- Material de validez
- Personal de validez
Espacial de validez.
Normas generales. Aplicables a todo el país.
Normas locales. Aplicables a zonas más reducidas. [pic 13]
México.
- Federales
- Locales
- Municipales
Temporal de validez.
Vigencia determinada. Sabemos cuándo inicia y cuando termina.
Vigencia indeterminada. Sabemos cuándo inicia pero no cuando termina.
Material de validez
Derecho público.
Derecho privado
- Constitucional
- Administrativo
- Penal
- Procesal
- Internacional
- Laboral
- Agrario
- Civil
- Mercantil
Artículo 6º del Código Civil del Distrito Federal. “La voluntad de los particulares no puede eximir de la observancia de la ley, ni alterarla ni modificarla, solo pueden renunciarse los derechos privados que no afecten directamente el interés público, cuando la renuncia no perjudique derechos de terceros.”
Artículo 8º del Código Civil del Distrito Federal. “Los actos ejecutados contra el tenor de las leyes prohibitivas o de interés público serán nulos, excepto en los casos en que la ley ordene lo contrario.”
[pic 14]
Personal
- Genéricas: Son aquellas que obligan o facultan a todas las comprendidas dentro de la clase designada por el concepto-sujeto de la disposición formativa.[pic 15]
- Individualizadas: son aquellas normas jurídicas que obligan o facultan a uno o varios miembros de una clase individualmente indeterminada
Privadas. Contrato, testamento
Publicas: Licencia, pasaporte, resoluciones judiciales administrativas.
México (local)
- Constitución Federal
- Constitución local
- Leyes ordinarias
- Leyes reglamentaras
- Normas municipales
- Individualizadas
7. Jerarquía[pic 16]
- Constitucionales
- Ordinarias
- Reglamentarias
- Individualizadas
- Sanciones
- Leges
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