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APUNTES DE MODULO DERECHO POLÍTICO.

Enviado por   •  13 de Octubre de 2017  •  2.872 Palabras (12 Páginas)  •  493 Visitas

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La soberanía externa es la obligatoriedad del respeto de la comunidad internacional de nuestra forma de auto determinarnos es decir a nuestra soberanía interna.-

4.- Poder.-

El cuarto elemento que debe tener el Estado es el poder en el entendido y para estos efectos como la facultad o autoridad para llevar a cabo una determinada acción, concretar algo o imponer un mandato.-

Así puestas las cosas, el poder es el ejercicio de las funciones por parte de una persona que ocupa un determinado cargo y que de acuerdo a la normativa legal, y dentro de la esfera de sus atribuciones también conferida por el ordenamiento jurídico debe actuar, es decir pone en movimiento su voluntad de acción para cumplir con la función asignada.-

Es inimaginable un Estado que no tenga poder para hacer cumplir sus estipulaciones, ya que pasaría a ser solo un órgano consultor, sin poder de decisión alguna, lo que implicaría la falta absoluta de orden, y entonces no tendríamos al Estado como una Sociedad Organizada.-

Interesante es que en este atributo del Estado aparece la figura del ordenamiento jurídico, es decir, del Derecho y por lo tanto se hace necesario precisar la relación que existe entre el Poder y El Derecho.-

Si siguen el racionamiento notaran que para que una autoridad actué válidamente en la esfera de sus atribuciones lo primero que debe tener es legitimidad de origen, lo que quiere decir que ocupe el cargo que detenta de acuerdo a lo dispuesto por el ordenamiento jurídico vigente.-

Una vez que tenemos establecido que nuestra autoridad detenta el cargo en pleno cumplimiento de lo que la ley dispone, entonces analizamos si su actuar se ajusta a las atribuciones que la legislación le establece para tal efecto, y estamos en presencia entonces de la figura conocida como legitimidad de ejercicio.-

Tenemos que tener muy claro que ninguna autoridad, ni persona, en su actuar , se puede irrogar más facultades de las que le confieren la Constitución Política del Estado y las leyes..-

Se observa entonces una relación estrecha entre el Derecho y el Poder del Estado, en términos tales que podría decir que su relación es recíproca, es decir, el Estado ejerce una influencia poderosa en la formación de las leyes ( El Derecho ) y en la aplicación de las normas jurídicas, así también el Derecho limita el Poder, ya que este el que atribuye las facultades con que este actúa.- Ver Art. 7 Constitución Política del Estado.

Por lo tanto no erramos si consideramos que la relación que existe entre ellos se resume en que El Poder genera el Derecho, pero a su vez el Derecho limita al Poder.-

SEPARACION DE LOS PODERES DEL ESTADO

La Historia de cómo la sociedad hace la transición entre el poder omnímodo y concentrado en una sola persona que contiene todas las facultades del Estado, acaeció no hace mucho para los tiempos de la historia.-

Todas las comunidades reconocen como de orden natural de las cosas, que alguien debe asumir el mando de la misma, y durante los siglos se aplicaron diversos criterios de selección para quien encarnaba dicha función. Tenemos como ejemplos el más anciano de la tribu, el más fuerte de la comunidad, el más poderoso, el más rico, etc, pero el personaje más distintivo es la figura del Rey a quien se le asocia con el Poder proveniente de los dioses, el que hacía las veces de representante de estos en la tierra, lo que se extendía también a su descendencia.-

Fue en Francia donde en un periodo de alzas de impuestos y de malas cosechas, que los ciudadanos comenzaron a elevar la voz, en franca rebeldía con la monarca, que era percibida como lejana y desentendida absolutamente de los más desposeídos de su comunidad.-

Es la época de revoluciones, de demostrar violentamente el descontento con su monarca, fue así como en Francia se produce la Revolución Francesa en el año 1789, y aparece la figura de Montesquieu, quien reflexionando sobre la realidad de su país, descubrió que tanto poder concentrado en una sola persona era lo que provocaba el abuso del mismo por parte del Rey, evidenciando la necesidad de despojar de algunas atribuciones a éste, y entregarlo a otros órganos, para que así se repartiera de una forma que evitara los perniciosos efectos que producía concentrar el poder en una sola persona, dando lugar a la teoría de los tres poderes del Estado, que funcionan como entes independientes pero relacionados entre sí, teniendo funciones principales y accesorias cada uno de ellos, y así garantizar los tres principios fundamentales de la Revolución Francesa, la Igualdad, la Fraternidad y la Libertad.-

Función Principal:

PODER JUDICIAL, cuya función principal es aplicar las leyes .-

PODER EJECUTIVO, cuya función principal es hace cumplir las leyes.-

PODER LEGISLATIVO.- cuya función principal es crear las leyes.-

Funciones Accesorias

Poder Judicial : también tiene una función legislativa cuando genera los autos acordados como normativa que solo reglamente procedimientos establecidos por la legislación, y que son de carácter obligatorio.-

Poder Ejecutivo: su función accesoria se manifiesta con toda la normativa que generan o crean los órganos que actúa dentro de la esfera de sus atribuciones, para generar la actividad propia de su accionar. Los ejemplos más claros son los Decretos Supremos, Decretos con Fuerza de Ley, dictámenes, resoluciones tramite, resoluciones exentas, de las diversas reparticiones públicas.-

Poder Legislativo, tiene una función de aplicación de la normativa vigente, cuando asume el carácter de tribunal, en las acusaciones constitucionales que se interponen en contra de las altas autoridades de la Nación, por notable abandono de funciones.-

Finalidad del Estado.-

Es dable pensar que si el Estado existe, sin duda y siendo el hombre que constituye el Estado y siendo un ser inteligente y libre, con un conocimiento exacto y reflexivo, ha de apoyarse en algún motivo para dirigirse y llegar a un fin objetivo.-

Es más si se prescinde de la idea de fin , no se pude tener una noción perfecta del Estado , ya que se omite una característica que es suficiente por sí misma para diferenciar al Estado de todas las otras comunidades o entidades.-

De esta reflexión podemos deducir que el Estado tiene dos categorías

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