DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO.Ley de Nacionalidad
Enviado por Eric • 14 de Mayo de 2018 • 2.137 Palabras (9 Páginas) • 509 Visitas
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Años más tarde, con la creación de la Constitución de Apatzingán se define finalmente la esencia del ser humano independiente, haciendo una indulgencia para naturalizar y nacionalizar a los extranjeros que siguieran los requisitos que marcaba la ley. Finalmente, con la publicación del Plan de Iguala, proclamada por Agustín de Iturbide se establecen los términos para la consumación de la independencia.
De igual forma han existido diversos procedimientos reglamentarios como los son el decreto del gobierno sobre Extranjería y Nacionalidad del 30 de enero del año 1854, la Ley de Extranjería y Naturalización del 28 de mayo de 1886, la Ley de Nacionalidad y Naturalización del 5 de enero de 1934 así de misma forma la Ley de Nacionalidad del 21 de junio de 1993; para finalmente dar pie a la actualmente denominada Ley de Nacionalidad publicada como ya se dijo, el 23 de enero de 1998 y entrando en vigor el 20 de marzo de ese mismo año.
Como estructura de la Ley, es de mencionarse que en el Capítulo I se hace referencias a las disposiciones generales, en donde se establece que dicha ley es reglamentaria de los artículos 30, 30 y 37 apartados A y B de la Constitucional Policita de los Estados Unidos Mexicanos y sus disposiciones son de orden público y observancia general para todo el territorio nacional, correspondiéndole al Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaria de Relaciones Exteriores, así mismo establece cuáles son los documentos probatorios para acreditar la nacionalidad mexicana, pudiendo acreditar la nacionalidad a falta de alguno de los documentos citados por medio de cualquier otro elemento que lleve a la ley la plena convicción que se tiene la nacionalidad mexicana. Así mismo, en este capítulo se establece que se presumirá que un mexicano ha adquirido una nacionalidad extranjera cuando haya realizado un acto jurídico para obtenerla o conservarla, cuando se ostente como extranjero ante alguna autoridad o en algún instrumento público. También se hace mención respecto a que el niño expósito hallado en territorio nacional ha nacido en éste y que las personas morales que tengan su domicilio legal en territorio nacional se consideraran de nacionalidad mexicana. Se habla también de los requisitos que deben cumplir las personas físicas y morales extrajeras, estipulando que todo lo que no se encuentra previsto en esta ley se aplicará conteniéndose así en el Código Civil para la Ciudad de México en Materia Común y para toda la República en Materia Federal y las de la Ley federal de Procedimiento Administrativo.
En el Capítulo II se habla de la nacionalidad mexicana por nacimiento así como la demostración de la ciudadanía mexicana cuando se ingrese o salga del territorio nacional y cuando se ostente a algún cargo o función público; así mismo se habla del actuar de los mexicanos cuando poseen otra nacionalidad respecto a actividades jurídicas y morales. También se mencionan el hecho que cuando se pretenda acceder a algún cargo o función y se posea otra nacionalidad, se deberá renunciar a dicha nacionalidad ya que para ciertos cargos y funciones es explícitamente necesario poseer sólo la nacionalidad mexicana renunciando a cualquier tipo de vínculo y lealtad con cualquier nacionalidad extranjera y especialmente con la nacionalidad a la que se está renunciando y por ende protestarán total lealtad, adhesión, obediencia y sumisión al estado mexicano. De igual forma, también se describe la manera y motivos por los cuáles se pierde la nacionalidad mexicana.
En lo que respecta al Capítulo III se hace total énfasis a la nacionalidad mexicana por naturalización, estableciendo los requisitos que debe cumplir todo extranjero que pretenda naturalizarse mexicano, quienes al reunir dichos requisitos y expedida la carta de naturalización se establece que éstas surtirán sus efectos al día siguiente de su expedición, señalándose también los casos en que no se expedirán. Cabe mencionar que el artículo 20 perteneciente a dicho capítulo ha sido recientemente reformado, modificando el tiempo necesario que un extranjero debe acreditar que ha residido en este país para poder nacionalizarse mexicano así como sus excepciones de tiempo de residencia en situaciones especiales.
El Capítulo IV es relativo a la pérdida de la nacionalidad mexicana por naturalización conforme a lo que establece el artículo 37 apartado B de la Constitución, quedando obligadas las autoridades a comunicar a la Secretaria de los casos que tengan conocimiento cuando un mexicano por naturalización, se encuentre en esos supuesto, así como también se hace referencia que la perdida de la nacionalidad mexicana por naturalización afectara únicamente a la persona sobre la que recaiga la resolución respectiva, y previo a la perdida de la nacionalidad mexicana se recabara la opinión de la Secretaria de Gobernación, debiendo también dar audiencia al interesado.
Por último se encuentra el Capítulo V en el que se estipulan las infracciones y sanciones administrativas que se aplicarán a quienes se encuentren en los supuestos precisados en el artículo de la ley que se analiza, así como a quien realice renuncias y protesta en forma fraudulenta o que cometa actos que pongan de manifiesto su incumplimiento, así como a quien intente obtener cualquiera de las pruebas de nacionalidad mexicana que expida la Secretaria con violación a las prevenciones de la presente ley o su reglamento, o a quien presente información, testigos, documentos o certificaciones falsos, a quien haga uso de una prueba de nacionalidad falsificada o alterada, así mismo será aplicable a quien contraiga matrimonio con el único objeto de obtener nacionalidad mexicana y al cónyuge mexicano que conociendo esta circunstancia celebre el matrimonio.
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CONCLUSIONES
De esta manera pretendo dar a entender un poco más la estructura y reglamentación de la llamada Ley de Nacionalidad, estableciendo una relación jurídica entre el Estado y los individuos que radicamos en el territorio nacional, relación que existe desde el momento de nuestro nacimiento en este país e incluso habiendo nacido en el extranjero pero siendo de padres nacionalizados mexicanos ya sea por nacimiento o por naturalización, advirtiendo que los mexicanos por nacimiento podemos gozar de doble nacionalidad y en ningún caso se nos podrá privar de nuestra nacionalidad por nacimiento, lo cual no pasa igual a quienes se nacionalizaron mexicanos por naturalización, quienes sí pueden perder la nacionalidad mexicana.
En lo personal me parece correcto que quienes nacimos en este país no perdamos nuestra nacionalidad
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