Estado del Arte ataques con acido
Enviado por Helena • 4 de Diciembre de 2018 • 2.159 Palabras (9 Páginas) • 325 Visitas
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De igual manera se afirmó en la Tesis de grado presentada por parte de María Angélica Rodríguez Aguirre y Liliana Martínez Ríos que “Los ataques con ácido son una modalidad de agresión violenta, definida como el acto de arrojar ácido en el cuerpo de una persona con la intención de desfigurarla, mutilarla, torturarla o asesinarla. Los tipos de ácido más comunes en estos ataques son el ácido sulfúrico, el ácido nítrico y el ácido clorhídrico, este último de fácil acceso como producto de limpieza utilizado en muchos países-. El ataque con químicos, incluido el ácido, es un delito que afecta permanentemente la piel, sus víctimas sufren graves lesiones en sus rostros, causando graves lesiones al fundir la piel, y exponer los huesos, que en ocasiones llegan a disolverse. Las secuelas físicas que deja este ataque sobre la víctima, son con frecuencia de carácter permanente; y las repercusiones psicológicas, están relacionadas con el aislamiento familiar, social y la afectación al estatus económico por las discapacidades producidas por el ataque y las pérdidas económicas derivadas de largos tratamientos quirúrgicos y procesos judiciales”
¿Qué se ha logrado durante los últimos tres años en materia penal?
Si bien desde una perspectiva jurídica las últimas regulaciones normativas han logrado brindar mecanismos de defensa y protección a las personas víctimas de este tipo de delitos, no del mismo modo se puede predicar en las cifras de los casos de este tipo que se siguen presentando en el territorio nacional.
La condena impuesta al agresor de la principal abanderada de la lucha contra este delito, a pesar que resulta ser de bien recibo, no ha logrado el impacto deseado en la prevención del delito que castiga. La Ley 1773 del 6 de enero de 2016, por medio de la cual se crea el artículo 116a y se modifican los artículos 68ª, 104, 113, 359 y 374 de la ley 599 de 2000 y se modifica la Ley 906 de 2004 creo el delito autónomo y tipifico la pena dentro de los 150 y los 240 meses, así mismo contempla multa entre los 120 y los 250 SMMLV.
De igual forma contempla agravantes en la conducta cuando esta cause daño permanente o deformidad, pérdida total o parcial, funcional o autónoma, casos en los cuales la pena estaría dentro de los 251 a los 360 meses de prisión y multa de 1000 a 3000 SMMLV. Si el resultado de la conducta produce la deformidad que afecte el rostro la pena se aumenta hasta en una tercera parte.
Así mismo, al modificar el artículo 358 de la Ley 599 de 2000 se estableció como pena de prisión de 48 a 144 meses y multa de 133.33 a 30000 SMMLV. Esto es para conductas de Tenencia, Fabricación y tráfico de sustancias u Objetos Peligrosos.
Aunado a lo anterior, presupuesta la ley 1773 de 2016 la exclusión de beneficios y subrogados penales consistentes en suspensión condicional de la ejecución de la pena, la prisión domiciliaria como sustitutiva de la prisión, ni habrá lugar a ningún otro beneficio jurídico ni administrativo salvo los beneficios por colaboración con la ley.
En el desarrollo efectuado por parte de las estudiantes de la Universidad Militar Nueva Granada, se planteó la problemática desde la óptica de la normativa vigente, esto es la Ley 1638 de 2013. En la cual se establecieron penas más seberas para las infracciones por agresión física, y el uso de agentes químicos para la realización de estas conductas. Por esto se planteaba la problemática desde el punto de vista legislativo, quien en últimas es el directo responsable en desarrollar las políticas públicas tendientes a penalizar la conducta.
METODOLOGÍA
El presente trabajo de investigación se realizó teniendo en cuenta los pasos que se presentan a continuación, dando así respuesta a los objetivos propuestos.
Pasos Diseño Metodológico:
- ESTRATEGIA ESTADO DE ARTE[pic 3]
- INSTRUMENTO INVESTIGACION[pic 4]
“El Estado del Arte es una técnica que consiste en revisar que se ha escrito y publicado sobre el tema o área de investigación”, cómo se ha tratado o ha sido abordado científicamente, en qué estado de desarrollo se encuentra y cuáles son las tendencias o mega-tendencias que lo determinan, involucra muchas acciones, decisiones, saberes, estrategias y recursos, pero esencialmente una labor interpretativa. (Uribe, 2012, p. 2)
A continuación se delimitará el estudio que permitió construir el presente Estado del Arte:[6]
- Delimitación Temporal. El estado del arte partió del año 2004 hasta el 2017. Con el propósito de identificar y analizar los avances logrados a partir de la primera investigación.
- Delimitación Espacial. Se tuvo en cuenta el trabajo investigativo de la Universidad la gran Colombia facultad de derecho proyecto integrador presentado a Dr. Daniel Alfonso Barragán Ronderos presentado por los estudiantes magnolia López Córdoba y Eddy Viracachá Sandoval Bogotá D.C Septiembre de 2014
- Delimitación por Tipo de Documentación. Artículo científico para optar por el título de Maestría en Derecho Procesal Penal de la Universidad Militar Nueva Granada (Mujeres quemadas con ácido en Colombia, víctimas de una sociedad desfigurada).
CONCLUSIONES
Las conclusiones a este trabajo investigativo se derivan del presente Estado del Arte, donde nos permitió en primera medida darle continuidad a una investigación realizada en el año 2014, y en la cual pudimos evidenciar que realmente hubo avances significativos.
Teniendo en cuenta que esta conducta ya se había convertido en una práctica recurrente por parte de manos criminales que sin tener la intención de cometer homicidio, tienen el objetivo de hacer un daño irreparable y de carácter permanente en otra persona y donde las víctimas en la mayoría de los casos eran ignoradas, ya que su victimario en muchas ocasiones quedaba en libertad por tratase de unas lesiones personales, o simplemente su conducta quedaba en la impunidad.
Por otra parte, durante el periodo de tiempo estudiado 2011 al 2014[7] se evidencian aspectos preventivos y de conciencia personal a tal punto que la mayoría de los casos registrados fueron tipificados como lesiones y su agresor en la mayoría de estos no tuvo un castigo ejemplarizante.
El Gobierno Nacional implemento varios mecanismos para la protección a la población de los actos que atentan contra la integridad física de las víctimas, y según la misma investigación el Distrito Capital
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