Poder general - Apuntes Varios.
Enviado por klimbo3445 • 17 de Febrero de 2018 • 956 Palabras (4 Páginas) • 399 Visitas
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f).- La Mandante confiere al Mandatario, la atribución de aperturar cuentas de ahorros, corrientes en cualquier institución bancaria, financiera, de ahorros y de crédito del Ecuador, y queda autorizada a realizar toda clase de retiros de dinero de aquellas cuentas; así como también queda facultada para que pueda efectivizar retiros de dinero de las cuentas bancarias que se encuentran actualmente a nombre de la Mandante, por cualquier monto y cantidades que estime conveniente, retiro de cheques devueltos, estados de cuenta, chequeras, etc.
OTRAS FACULTADES ADICIONALES ESPECIFICAS.- a).- El mandatario queda facultado por la Mandante para que pueda cobrar el bono de desarrollo humano para la tercera edad otorgado por el Estado Ecuatoriano.
b).- La mandante confiere a la mandataria, la facultad para realizar la gestión en la SETEDIS (Secretaria Técnica para la Gestión Inclusiva en Discapacidades) para la inclusión de la mandante en la misma, de tal manera que la mandante pueda gozar de todos los beneficios que otorga dicha institución y para que a su vez la mandataria se pueda beneficiar con el cobro del bono de discapacidad, una vez que se cuente con la aprobación correspondiente.
La Mandante confiere al Mandatario cuanta facultad sea necesaria para el fiel cumplimiento del presente Mandato, sin restricción de ninguna naturaleza, es decir que actuará como si la Mandante estuviera presente en el acto y/o contrato, el presente mandato es generalísimo sin limitación alguna. La Mandante otorga al Mandatario las más amplias facultades para el ejercicio de este poder que es lo suficientemente amplio; de tal manera que bajo ningún aspecto se podrá catalogar como insuficiente o incompleto.
TERCERA.- La Mandante otorga a su apoderado todas las facultades legales establecidas en el Artículo cuarenta y cuatro del Código de Procedimiento Civil vigente, para que no por falta de cláusula especial se alegue el fiel cumplimiento del mandato.
CUARTA.- La Mandante concede al Mandatario la facultad de subrogar el presente Poder General a favor de cualquier Abogado de la República del Ecuador en libre ejercicio de la profesión, para efectos de la Procuración Judicial, sobre todo para actuaciones legales en que se requiera la iniciación, sustanciación y prosecución de juicios en general así como la defensa de los mismos y/o delegar este poder a persona natural o jurídica a su elección.
CUANTIA.- Por su naturaleza es indeterminada.
Usted señor Notario, sírvase insertar las cláusulas de estilo para su validez.
Abg. Jefferson Orozco Santillán.
MATRICULA N. 17-2013-89
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