Principios constitucionales que riguen el proceso en Venezuela
Enviado por Eric • 22 de Abril de 2018 • 1.033 Palabras (5 Páginas) • 616 Visitas
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Principio en orden de defensa:
Principio de contradicción
Principio de legalidad y propiedad: art. 17 CPC
Principio de igualdad procesal: art. 15 CPC
Principio de interés jurídico: art. 16 CPC
Principio de citación única: art. 26 CPC
Principio de libre árbitro: art. 23 CPC
Principio de la estructura: art 25 CPC
Sujetos procesales
Secretario: funcionario judicial, que integra el tribunal con carácter permanente, es decir que no puede ser reemplazado por nadie en un juicio.
Funciones:
- Elaborar el acte de debate
- Guardar el sello del tribunal
- Supervisar los archivos y expedientes
- Preparar el acuerdo entre las partes
- Hacer certificaciones
- Compulsa documentos
- Interviene en los actos principales del juicio
- Lleva el libro diario del tribunal donde anota sin espacio en blanco, lo sucedido en el dia, y debe firmarlo con el juez.
- Señalar con la tablilla a primera hora los días que no hay despacho y audiencia, escribiendo en el libro diario.
Alguacil: es un funcionario permanente del tribunal que cadyuva con el juez y el secretario como subalterno para administrar la justicia es decir, que se encarga de practicar las citaciones y notificaciones en los términos establecidos en el Codigo de Procedimiento Civil.
Funciones:
- Practica las citaciones y notificaciones de las partes
- Esta encargado de cumplir y ejecutar las ordenes del juez y del secretario
- Dentro del recinto del tribunal cumple labores de orden y seguridad, podría aplicarse a labores de policía.
- Su papel es importante en las citaciones, la fecha y la hora son señaladas por el alguacil, las cuales en las boletas harán fe de las citaciones.
Auxiliares de justicia:
Funcionarios permanentes: escribientes y archivistas
Funcionarios ocasionales: perito, depositario y relatores.
Partes en el proceso:
Demandante
demandado
Conclusión
Luego de lo ya planteado se puede afirmar que los sujetos procesales son todos aquellos funcionarios que se encuentran directamente inmersos en el proceso, bien sean principales o auxiliares y que desempeñan una función que permite la celeridad procesal. Es necesario aclarar que estos sujetos son en su mayoría de carácter imprescindible en el desarrollo del proceso, aunque existen ciertos funcionarios que pueden ser sustituidos.
Cabe destacar que los sujetos procesales son todas las personas naturales y jurídicas que intervienen en el proceso penal, cualquiera sea su rol o grado de participación. Estos pueden de acuerdo a su importancia, estar clasificados en: Fundamentales; Connaturales y Eventuales.
Los principios procesales como ya anteriormente se ha mencionado son los parámetros, reglas o normas inviolables en el desarrollo del proceso. Su principal función es garantizar el desarrollo cabal de cada parte del acto procesal, velar por el cumplimiento de los derechos y deberes de los involucrados en el proceso.
Bibliografía
http://derechoprocesalpenal.page.tl/40-.-_-Organizaci%F3n-estructural-y-funciones-de-los-%F3rganos-jurisdiccionales-en-el-Proceso-Penal-Venezolano-.-.htm
http://www.drleyes.com/page/internacional/documento/11/27/342/Venezuela/Codigo-Organico-Procesal-Penal/Sujetos-Procesales/
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