Toda actividad física o intelectual que se desarrolla de manera libre, licita, remunerada y subordinada.
Enviado por monto2435 • 14 de Septiembre de 2018 • 4.062 Palabras (17 Páginas) • 426 Visitas
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- Las formas de hacer jurisprudencia:
- Reiteración de criterios. Emisión de 5 resoluciones a favor y ninguna en contrario.
- Por contradicción de tesis. Existen dos tesis; ambas tesis se conforman de 5 sentidos.
- Costumbre.
Uso reiterado de una conducta reconocida por un grupo social y que puede convertirse en fuente de derecho.
- Normas de OIT.
El Organismo Internacional del Trabajo es un organismo multinacional que nació con el tratado de Versalles posterior a la segunda guerra mundial como parte de la ONU.
**Lo que busca este organismo es crear normas o disposiciones que estandaricen las leyes del trabajo en todos los países miembros buscando circunstancias de igualdad entre ellos.
- Naturaleza jurídica del Derecho del Trabajo.
**La Naturaleza Jurídica del Derecho del Trabajo es una parte del Derecho Social**
- Artículo 123 constitucional.
Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la Ley.
~Es decir, regirá las relaciones de trabajo que se da entre particulares y entre los particulares y el Estado.
- Apartados A y B.
Apartado A. Nos habla sobre la relación de trabajo que hay entre los obreros, jornaleros, empleados domésticos, artesanos y de una manera en general.
~Por lo tanto el apartado A nos habla de la relación de trabajo que hay entre los particulares, que es la donde se enfocara el Derecho Laboral.
Apartado B. Entre los Poderes de la Unión el Gobierno del Distrito Federal y sus trabajadores.
~En el apartado B es a la relación de particulares y Estado, el cual estará en disposición de normas en términos Administrativos.
- Autoridades Laborales.
Una autoridad es todo aquel ente público o particular que puede hacer cumplir sus propias determinaciones.
**Autoridad (en el ámbito Laboral): Son aquellos entes encargados de aplicar y hacer valer las normas de trabajo en el ámbito de su competencia.
De acuerdo al artículo 523 LFT la autoridad laboral a quienes compete la aplicación de la norma, son:
- La Secretaría de Trabajo y Previsión Social.
- SHCP y de Educación Pública (por la capacitación de sus trabajadores)
- A las autoridades de las Entidades Federativas, y a sus Direcciones o Departamentos de Trabajo (porque es materia federal)
- Procuraduría de la Defensa del Trabajo.
- Servicio Nacional de Empleo.
- Inspección de Trabajo (verifica que todas las normas del trabajo se cumplan).
- Comisión Nacional de Salarios de los Salarios Mínimos.
- Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.
- Derogada.
- Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (entidad que forma parte de la administración encargada de resolver los problemas laborales)
- Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje.
- Jurado de Responsabilidades.
- RELACIONES INDIVIDUALES DE TRABAJO Y SU DURACIÓN.
- Concepto de relación de Trabajo.
La relación de trabajo es la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona mediante el pago de un salario.
- Contrato individual de Trabajo.
El contrato individual de Trabajo es el acto que le da origen a la relación de trabajo, de cualquiera que sea su forma o denominación.
- Duración de la relación laboral.
- Por tiempo determinado.
El señalamiento de un tiempo determinado puede únicamente estipularse cuando lo exija su naturaleza, cuando tenga por objeto sustituir temporalmente a otro trabajador.
~Por ejemplo si existe sobredemanda en el tiempo a laboral (usualmente en temporada navideña)
- Por tiempo indeterminado.
Usualmente las relaciones de trabajo son con este tipo de duración a falta de estipulaciones expresas, o cuando exceda de 180 días
Además podrá establecerse un período a prueba el cual no podrá de exceder de 30 días, con el único fin de verificar que el trabajador cumple con los requisitos y conocimientos necesarios para desarrollar el trabajo que solicita.
- Por obra.
Cuando se realiza algo que tiene un fin, es decir, que por su naturaleza el trabajo se concluye cuando sea realizado en su totalidad.
~Por ejemplo las construcciones son un claro ejemplo.
- Prórroga del contrato.
Si venció el término que hubiese fijado subsiste la materia del trabajo, la relación quedara prorrogada por todo el tiempo que perdure dicha circunstancia.
- Sujetos que intervienen en la relación individual de Trabajo.
- Trabajador – Clases de Trabajadores.
Trabajador. Persona física que presta a otra, física o moral, un trabajo personal subordinado.
Clases de trabajadores.
- Trabajador de confianza. Depende de la naturaleza de las funciones desempeñadas y no de la designación que se dé al puesto.
Son funciones de confianza las de dirección, inspección, vigilancia y fiscalización,
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