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UNIDAD VII DERECHO Y ESTADO

Enviado por   •  26 de Enero de 2018  •  2.729 Palabras (11 Páginas)  •  427 Visitas

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3. TEORÍA DEL SUJETO FIN O DESTINATARIO DEL DERECHO DE PROPIEDAD.

Formulada por Rodolfo Von Jhering. Se apoya en distintas clases de propiedad que según existen, distinción para la cual se atiende al sujeto titular de la propiedad. Las clases son:

Propiedad Pública. El titular es el Estado. Surge el Derecho Público

Propiedad Colectiva. El titular es la Colectividad. Surge el Derecho Colectivo

Propiedad Privada. El titular es un Particular. Surge el Derecho Privado.

OBSERVACIONES.

-Propone una división tripartita.

-La Teoría está formulada fundándose en la propiedad privada y no es suficiente para explicar todas las clasificaciones que pueden hacerse del derecho.

-La distinción que hace del Derecho de Propiedad es extraña a la tradición jurídica. En la propiedad colectiva no se precisa quien es el sujeto titular de la propiedad colectiva, pues nos hace pensar que su titular es el Estado o algún otro órgano del mismo, representante de la colectividad.

4. TEORÍA DE LAS NORMAS DE COORDINACIÓN Y SUBORDINACIÓN.

Propuesta por Jorge Jellinek, a comienzos del siglo.

-Derecho Público. Una norma donde los sujetos implicados en la relación jurídica se sitúan en un plano de desigualdad. Cuando hay desigualdad hay subordinación de un sujeto respecto a otro.

-Derecho Privado. Una norma donde los sujetos implicados en la relación jurídica se sitúan en un plano de igualdad. Cuando hay igualdad hay una relación de coordinación entre ellos.

Jellinek pensó que: en la relación del Estado con los ciudadanos hay una relación de desigualdad y subordinación y cuando entablan relaciones propias del Derecho Privado se sitúan en un plano de igualdad.

CRITICA. Es insuficiente, ya que existen relaciones que se dan en un plano de igualdad que no pertenecen al ámbito privado. Ejemplo: Las relaciones entre Estados y que hay relaciones típicas del Derecho Privado que se dan en un plano de desigualdad. Ejemplo: Acreedor - deudor, Padre – hijo.

CONCLUSIÓN:- Derecho Público. Conjunto de normas políticas que regulan la actuación de los individuos frente al Estado, las relaciones de los estados entre sí y las funciones de los poderes.

Clasificación: Derecho Constitucional, Administrativo, Penal, Procesal, Del Trabajo, Agrario, Internacional Público.

-Derecho Privado. Conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones de los individuos en su carácter particular, además, establece las situaciones jurídicas y las relaciones recíprocas de los particulares, sin sentir potestad soberana.

Clasificación: Derecho Civil, Mercantil, Internacional

UNIDAD XI. DISCIPLINAS JURÍDICAS ESPECIALES Y AUXILIARES

Derecho público(RAMAS o Disciplinas)

- DERECHO CONSTITUCIONAL. Define Gabriel Amunategui: Conjunto de normas jurídicas que organizan el Estado y los poderes públicos determinando las atribuciones del gobierno y garantizar el ejercicio de los derechos individuales.

-Materias:

LA CONSTITUCIÓN.

BASES DE LA INSTITUCIONALIDAD.

GARANTÍAS INDIVIDUALES O DERECHOS FUNDAMENTALES DE LAS PERSONAS.

PODERES DEL ESTADO Y SUS ATRIBUCIONES.

PROCEDIMIENTOS DE REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN.

- DERECHO POLÍTICO. Define Alejandro Silva Bascuñan: Estudia las reglas que rigen la organización y funcionamiento de las autoridades y el comportamiento recíproco de gobernantes y gobernados.

-Materias:

TEORÍA DEL ESTADO.

FORMAS DE ESTADO.

FORMAS DE GOBIERNO.

TEORÍA DE LA CONSTITUCIÓN.

- DERECHO ADMINISTRATIVO. Define Guillermo Varas: Regula las relaciones entre la autoridad y los ciudadanos. Aquellas normas o Principios Jurídicos que regulan las relaciones entre las instituciones públicas y entre los particulares.

-Materias:

ESTADO Y LA ADMINISTRACIÓN.

LA ORGANIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO Y SU ACTIVIDAD JURÍDICA.

LA FUNCIÓN PÚBLICA.

CONTROL JURÍDICO DE LA ADMINISTRACIÓN.

RESPONSABILIDAD DEL ESTADO POR SU ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA.

- DERECHO PROCESAL. Estudia la organización de los Tribunales de Justicia, señala las atribuciones y competencias y determina las normas de procedimiento a que deben someterse los Tribunales y las Personas que concurren ante ellos planeando pretensiones procesales.

-Materias:

CUESTIÓN CONTROVERTIDA.

RESOLUCIÓN DE LAS CONTROVERSIA O LO DEBATIDO.

PRUEBA DE LOS HECHOS.

ACTIVIDAD DE LAS PARTES Y DEL TRIBUNAL.

- DERECHO PENAL. Enrique Cury: Conjunto de normas que regulan la potestad punitiva del Estado, asociado a ciertos hechos legalmente determinados, una pena o medida de seguridad o corrección como consecuencias, con el objeto de asegurar el respeto de los valores elementales sobre los cuales descansa la convivencia humana pacífica.

-Materias:

EL DELITO

EL DELINCUENTE.

LA PENA.

- DERECHO ECONÓMICO. Es el conjunto de principios y normas que regulan la organización y funcionamiento de la economía, la actividad de los agentes económicos, en relación a la posible solución del problema económico colectivo.

-Regula Materias de:

Derecho Público: ART. 19 Nº 21,22,23,Y 24 DE LA CONSTITUCIÓN Derecho Privado: TODO LO CONCERNIENTE AL DINERO, PRÉSTAMO DE BANCOS, REGULACIÓN DE LA ECONOMÍA DE MERCADO SISTEMAS

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