PREGUNTAS DE TRABAJO ACADÉMICO:
Enviado por tomas • 3 de Mayo de 2018 • 2.579 Palabras (11 Páginas) • 303 Visitas
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el proceso al Juez que éste considera que es el competente; quien al recibir el proceso se declara también incompetente.
2. Investigue sobre las condiciones de la acción. (4 puntos ).
Para que la demanda sea admitida, debe cumplir con dos condiciones. De lo contrario, es declarada improcedente.
a) Legitimidad para obrar: Si no hay identidad entre las partes materiales (relación material) y las partes procesales (relación procesal), entonces no se pueden interponer una demanda. Cuando no hay identidad, hay falta de legitimidad para obrar. Puede ser:
• Activa (por la parte demandante) / pasiva (demandados, cuando estos no son a quienes se debe demandar).
• Por defecto (cuando faltan sujetos que intervengan en el proceso) / por exceso (cuando sobran sujetos en el proceso, se les ha interpuesto una demanda a personas que no estaban relacionados con el conflicto).
Para la legitimidad para obrar, no es relevante la representación; solo las partes materiales. Por ejemplo, la sociedad conyugal es un sujeto diferente de sus miembros, y por tanto ninguno de ellos independientemente puede actuar ejercer derechos propios de la sociedad conyugal; salvo que uno de ellos esté en representación de la sociedad. Puede darse el caso en que sí exista legitimidad para obrar, pero existen problemas de representación.
b) Interés para obrar: Se activa cuando el sujeto ha agotado todas las vías previas. Es la necesidad actual por el cual la persona no tiene otra alternativa para solucionar un conflicto de interés que acudir al Poder Judicial, e implica el hacer todas las gestiones previas para demostrar que se quiere resolver el conflicto. Dicha necesidad debe ser inminente o actual. Una excepción a esto se da en los supuestos de incumplimiento de contrato, ya que sí se puede demandar antes de que venza el plazo del contrato. Ejemplo de esto son los casos de desalojo anticipado. Así, se autoriza a demandar a pesar de que no se tiene interés procesal, muchas veces en virtud a una cláusula penal.
3. Precisar el fundamento filosófico de la impugnación e identifique los elementos del recurso impugnatorio. ( 5 puntos ).
Mediante los medios impugnatorios las partes o terceros legitimados solicitan que se anule o revoque, total o parcialmente, un acto procesal presuntamente afectado por vicio o error.
La impugnación se sustenta en la necesidad de disminuir la posibilidad de injusticia basada, principalmente, en el error judicial, el mismo que si no es denunciado, origina una situación irregular e ilegal, que causa agravio al interesado. Precisa que, la revisión de los actos que se encuentran afectados de vicio o error aparece a consecuencia de un perjuicio inferido al impugnante surgido como consecuencia de la inobservancia de las reglas procesales o de una errónea apreciación al resolver así como en el caso que exista una decisión arbitraria o una conducta dolosa. En tal sentido y con la finalidad de garantizar una resolución justa y la estricta aplicación de la ley resulta indiscutiblemente necesaria la impugnación de los actos procesales y la instancia plural.
El fundamento de la impugnación se sustenta en el hecho de que este constituye un acto humano y por tanto factible de error, por ello se otorga la posibilidad a los justiciables de utilizar determinado mecanismo a fin de que puedan ser revisadas tales decisiones y en caso de que se encuentre un error, o vicio se declare su nulidad o revocación, buscando de esta manera que las decisiones del órgano jurisdiccional sean lo más justas posibles.
Los medios impugnatorios constituyen todos aquellos instrumentos de los que se valen las partes con la finalidad de que puedan cuestionar la validez de un acto procesal, que presuntamente contiene un vicio o error que lo afecta, el mismo que debe ser corregido por el propio órgano que lo emite o por su superior.
Efectos de los medios impugnatorios.
Respecto de los efectos que origina se ha señalado que: “La interposición de un medios de impugnación produce diversos y variadas consecuencias, a saber: 1) interrumpe la concreción de la res judicata; 2) prorroga los efectos de la litispendencia; 3) en ciertos casos determina la apertura de la competencia del superior (efecto devolutivo); 4) imposibilita el cumplimiento del fallo (efecto suspensivo), y 5) limita el examen del ad quem en la medida de la fundamentación y del agravio.”
Elementos:
Jurídico
• Agravio / perjuicio Moral
Económico
• Vicio o error
4. Elabore un cuadro sobre los medios impugnatorios, y explique sobre los recursos impugnatorios existente en nuestra norma adjetiva civil.(5 puntos ).
RECURSOS
Para COUTURE “Recurso quiere decir, literalmente, regreso al punto de partida. Es un re-correr, correr de nuevo, el camino ya hecho. Jurídicamente la palabra denota tanto el recorrido que se hace nuevamente mediante otra instancia, como el medio de impugnación por virtud del cual se re-corre el proceso.”
Los recursos son los medios impugnatorios destinados a lograr la revisión de una resolución que se encuentra afectada por vicio o error sea esta de forma o de fondo, con la finalidad que sea anulada o revocada total o parcialmente por el propio órgano o por el superior jerárquico que emitió el acto cuestionado.
GOZAINI, al respecto precisa que, “el reconocimiento del derecho a impugnar la decisión, se viabiliza en la senda de los recursos, que son medios de transferir la queja expresiva de los agravios que son considerados presentes en la resolución cuestionada.”
Se ha señalado que esta revisión la puede realizar el propio órgano emisor, pero este es un caso excepcional toda vez que siempre es un superior el competente para reformar la resolución del A-quo, en principio, pero sólo en el recurso de reposición es dirigido ante el mismo Juez o colegiado que emitió el acto procesal cuestionado.
Resulta necesario poner a consideración lo señalado por MONROY para quien “Los recursos, a diferencia de los remedios, se utilizan con exclusividad para atacar a los actos procesales contenidos en resoluciones. Se trata de los medios impugnatorios por excelencia, (…) asimismo, con relación a la terminología
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