Ambito de aplicacion al apartado 123 Constitucional
Enviado por poland6525 • 14 de Diciembre de 2017 • 1.784 Palabras (8 Páginas) • 524 Visitas
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X.- Los trabajadores tienen derecho a asociarse para defender sus intereses comunes, hacer uso del derecho de huelga, cumpliendo los requisitos legales.
XIII.- Los militares, marinos, personal del servicio exterior, agentes del M.P, peritos y los miembros de las instituciones policiales, se regirán por sus propias leyes.
XIV.- Las leyes determinarán los cargos que serán considerados de confianza. Las personas que los desempeñen disfrutarán de las medidas de protección al salario y gozaran de los beneficios de la seguridad social.
(CONCEPTOS DE TRABAJADOR, TRABAJO, PATRON)
(DERECHOS Y OBLIGACIONES DE TRABAJADORES Y PATRONES)
El artículo 8 de la Ley Federal del Trabajo, Trabajador es la persona física que presta a otra, física o moral, un trabajo personal subordinado.
Se entiende por trabajo toda actividad humana, intelectual o material, independientemente del grado de preparación técnica requerido por cada profesión u oficio.
Patrón:
El Artículo 10 de este mismo ordenamiento jurídico, el Patrón es la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores.
OBLIGACIONES DE LOS PATRONES
El artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo impone las siguientes obligaciones a los patrones:
· “Cumplir las disposiciones de las normas de trabajo aplicables a sus empresas o establecimientos, tales como salubridad, higiene ambiental, protección de riesgos de trabajo.
Pagar a los trabajadores los salarios e indemnizaciones.
Proporcionar oportunamente a los trabajadores los útiles, instrumentos y materiales necesarios para la ejecución del trabajo, debiendo darlos de buena calidad, en buen estado y reponerlos tan luego como dejen de ser eficientes, siempre que aquéllos no se hayan comprometido a usar herramienta propia.
Mantener el número suficiente de asientos o sillas a disposición de los trabajadores en las casas comerciales, oficinas, hoteles, restaurantes y otros centros de trabajo análogos.
Guardar a los trabajadores la debida consideración, absteniéndose de maltrato de palabra o de obra.
Poner en conocimiento del sindicato titular del contrato colectivo y de los trabajadores de la categoría inmediata inferior, los puestos de nueva creación, las vacantes definitivas y las temporales que deban cubrirse.
Colaborar con las Autoridades del Trabajo y de Educación, de conformidad con las leyes y reglamentos, a fin de lograr la alfabetización de los trabajadores.
Proporcionar capacitación y adiestramiento a sus trabajadores
Cumplir las disposiciones de seguridad e higiene que fijen las leyes y los reglamentos para prevenir los accidentes y enfermedades en los centros de trabajo y disponer en todo tiempo de los medicamentos y materiales de curación indispensables que señalen los instructivos que se expidan, para que se presten oportuna y eficazmente los primeros auxilios; debiendo dar, desde luego, aviso a la autoridad competente de cada accidente que ocurra.
Fijar visiblemente y difundir en los lugares donde se preste el trabajo, las disposiciones conducentes de los reglamentos e instructivos de seguridad e higiene.
Hacer las deducciones que soliciten los sindicatos de las cuotas sindicales ordinarias, conforme a ley.
· Permitir la inspección y vigilancia que las autoridades del trabajo practiquen en su establecimiento para cerciorarse del cumplimiento de las normas de trabajo y darles los informes que a ese efecto sean indispensables, cuando lo soliciten. Los patrones podrán exigir a los inspectores o comisionados que les muestren sus credenciales y les den a conocer las instrucciones que tengan.
Proporcionar a las mujeres embarazadas la protección que establezcan los reglamentos.
OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES
Ya conocimos las obligaciones y prohibiciones de los patrones, ahora veremos el papel que debe desempeñar el trabajador en su fuente laboral, de lo contrario si éste se niega a cumplirlas, el patrón tiene todo el derecho de rescindirlo de su empleo, las cuales se enlistan en el artículo 134 de la Ley Federal del Trabajo, y son:
“Cumplir las disposiciones de las normas de trabajo que les sean aplicables.
Observar las medidas preventivas e higiénicas que acuerden las autoridades competentes y las que indiquen los patrones para la seguridad y protección personal de los trabajadores.
Desempeñar el servicio bajo la dirección del patrón o de su representante, a cuya autoridad estarán subordinados en todo lo concerniente al trabajo.
Ejecutar el trabajo con la intensidad, cuidado y esmero apropiados y en la forma, tiempo y lugar convenidos.
Dar aviso inmediato al patrón, salvo caso fortuito o de fuerza mayor, de las causas justificadas que le impidan concurrir a su trabajo.
Restituir al patrón los materiales no usados y conservar en buen estado los instrumentos y útiles que les haya dado para el trabajo, no siendo responsables por el deterioro que origine el uso de estos objetos, ni del ocasionado por caso fortuito, fuerza mayor, o por mala calidad o defectuosa construcción.
Observar buenas costumbres durante el servicio.
Someterse a los reconocimientos médicos previstos en el reglamento interior y demás normas vigentes en la empresa o establecimiento,
para comprobar que no padecen alguna incapacidad o enfermedad de trabajo, contagiosa o incurable.
Poner en conocimiento del patrón las enfermedades contagiosas que padezcan, tan pronto como tengan conocimiento de las mismas.
Guardar escrupulosamente los secretos técnicos, comerciales y de fabricación de los productos a cuya elaboración concurran directa o indirectamente, o de los cuales tengan conocimiento.
CONCLUSIÓN
Como equipo podemos concluir que se nos hizo muy interesante conocer lo que nos dice el artículo 123 constitucional ya que aprendimos los derechos y obligaciones que debemos de tener ya sea como empleados o como patrones., Además de que cuando nos graduemos nos gustaría formar parte una empresa o de una organización y con todo lo que aprendimos
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