AMBITOS DE LA APLICACION DE LA TERMINOLOGIA JURIDICA
Enviado por Ninoka • 10 de Abril de 2018 • 6.310 Palabras (26 Páginas) • 5.363 Visitas
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El ius romano abarcaba el ius civile y el ius gentium, es decir, el derecho del ciudadano y el derecho de los gentiles o no ciudadanos. Gracias a esos derechos, se fueron creando las instituciones y figuras jurídicas que heredaron al mundo y gran parte de la terminología que se emplea en la actualidad.
Al romanizarse las legislaciones en los distintos países, se fueron incorporando particularidades propias de sus sociedades a sus distintos sistemas jurídicos y también términos jurídicos nuevos. Este fenómeno se ha multiplicado en la actualidad, pues la vida moderna demanda del derecho nuevas instituciones, nuevas figuras jurídicas y, con ellas, nuevos términos que respondan a las nuevas formas de actuación, tanto licita como ilícita.
El foro, entendido como el lugar o esfera de resolución de controversias, abarca tres distintos ámbitos: los federales, los locales y el judicial.
3.1.1 FEDERALES
De conformidad con la organización política de nuestro país, podemos reconocer las distintas clases de foros federales, esto es, los foros pertenecientes al poder federal o a los poderes de la federación: poder ejecutivo, poder legislativo y poder judicial, los cuales forman y emplean su propia terminología jurídica según las materias de su competencia.
De esta manera, como lo veremos más adelante, se producen términos jurídicos propios de los tres poderes mencionados. Es evidente que el mas prolijo en la producción y el uso de terminología jurídica es el poder judicial, porque, en realidad, es en los órganos de administración de justicia donde, a fin de cuentas, se ventilan todo tipo de controversias y de todas las materias jurídicas.
3.1.2 LOCALES
En lo que respecta a los foros locales, solo diremos que la forma de organización del estado mexicano, de acuerdo con nuestra carta magna, es una federación constituida por los distintos estados de la republica que, a su vez, reproducen en sus poderes la estructura del gobierno federal. Esto es, en estas entidades también existen tres poderes: el ejecutivo estatal, el legislativo estatal (legislatura estatal o local) y el judicial estatal (Tribunal Superior de Justicia del Estado), los cuales también producen terminología jurídica y constituyen los ámbitos para la aplicación de esta.
En lo que se refiere a las distintas materias jurídicas que construyen y emplean su propio léxico, el cual, al fin de cuentas, impacta en los distintos foros que en nuestro derecho, siguiendo la tradición romanista, se dividen en derecho público y derecho privado.
El derecho público, recordemos un poco, se refiere a toda la legislación correspondiente a la organización del Estado y se ocupa de regular la actuación del estado como poder soberano. Ahora bien, esta actuación, en principio, se puede dar de tres formas:
- Actuación del estado soberano frente a otro estado igualmente soberano.
- Actuación de un órgano de un estado soberano frente a otro órgano de ese mismo Estado soberano.
- Actuación de un Estado soberano en su calidad de Estado frente a los particulares.
En el derecho privado, encontramos las normas que regulan las relaciones jurídicas entre los particulares, es decir, entre sujetos que se encuentran colocados, por la norma jurídica, en un plano de igualdad.
Sin embargo, cabe señalar que esta distinción entre derecho público y derecho privado, muy socorrida para fines pedagógicos, es omitida por las teorías modernas, debido a que en la realidad todo derecho es público.
La división ha sido útil para los juristas, sobre todo porque permite explicar la gran cantidad de ramas del derecho, las cuales han aparecido conforme se se ha complicado la relación social y han surgido nuevas necesidades que el sistema jurídico necesita reglamentar.
Por lo anterior, se habla de distintas ramas del derecho. Si bien, en algunos casos es discutible su autonomía, lo importante es que, con o sin ella, son un ámbito para la aplicación de la terminología jurídica y cada una es productora de su propio léxico jurídico. Estas ramas, entre otras, son
- Derecho constitucional
- Derecho administrativo
- Derecho pena
- Derecho procesal
- Derecho mercantil
- Derecho civil
- Derecho concursal
- Derecho del trabajo
- Derecho de la seguridad social
- Derecho económico
- Derecho bursátil
- Derecho bancario
- Derecho internacional publico
- Derecho internacional privado
- Derecho marítimo
- Derecho ecológico
- Derecho empresarial
- Derecho sucesorio
- Derecho familiar
- Derecho fiscal
- Derecho tributario
- Derecho de seguros y fianzas
- Derecho corporativo
- Derecho informático
El panorama que acabamos de ver, tanto de los distintos foros como de las distintas materias, nos ayuda a comprender la dificultad de una persona para conocer los términos jurídicos empleados en el quehacer jurídico.
De acuerdo con lo anterior, se pueden identificar, al menos, los foros siguientes:
- Foro judicial. En él se lleva a cabo la administración de la justicia a través de las instancias establecidas en la ley y de acuerdo con la organización que la propia ley ordena.
- Foro legislativo. En él se aprueban las leyes mediante los procedimientos que indica la constitución, además de abrogar y derogar preceptos y otras funciones que la ley le asigna.
- Foro administrativo. Aquí se dirimen las controversias que afectan a los particulares, derivadas de la actuación de las autoridades administrativas y de conformidad con la constitución política de los estados unidos mexicanos y con las facultades que la ley le otorga a las dependencias del poder
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