Articulo 1. La ley federal del trabajo es de observancia general en toda la república y rige las relaciones de trabajo las cuales se hablan en el artículo 123, apartado A de la constitución..
Enviado por John0099 • 24 de Abril de 2018 • 2.336 Palabras (10 Páginas) • 666 Visitas
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Artículo 33. El trabajador no puede renunciar a prestaciones ni salarios.
Artículo 34. En los convenios entre sindicatos y patrones que puedan afectar los derechos de los trabajadores, regirán únicamente para el futuro, mo puede afectar las prestaciones ya dadas.
CAPITULO II
Duración de las relaciones de trabajo
Articulo 35. Las relaciones de trabajo pueden ser para obra de terminada, por temporada o por tiempo indeterminado.
Articulo 36. Una obra determinada puede estipularse cuando lo exija su naturaleza.
Articulo 37. Un tiempo determinado puede estipularse únicamente cuando su naturaleza lo exija o cuando se necesita sustituir algún empleador.
Articulo 38. Las relaciones de trabajo para explotación de minas pueden ser por tiempo u obra determinada.
Articulo 39. Si vencido el término que se hubiese fijado subiste la materia del trabajo, la relación quedara prorrogada por todo el tiempo que persiste dicha circunstancia.
Articulo 40. Los trabajadores no serán obligados a prestar sus servicios a más de un año.
Articulo 41. La sustitución de patrón no afectara las relaciones de trabajo de la empresa o establecimiento, se darán 6 meses a partir del aviso para que el patrón anterior termines sus responsabilidades después de eso subsistirá la responsabilidad del nuevo patrón.
CAPITULO III
Suspensión de los efectos de las relaciones de trabajo
Artículo 42. Enfermedades contagiosas, arresto del trabajador, incapacidad temporal, etc. Son causas de suspensión temporal de obligaciones de prestar servicio y pagar el salario, sin responsabilidad para el trabajador y patrón.
Artículo 43. Dependiendo el motivo de suspensión temporal se tomara diferentes decisiones.
Artículo 44. Cuando los trabajadores sean llamados para alistarse y servir en la guardia nacional de conformidad en el artículo 31, fracción III, de la constitución, el tiempo de servicios se tomaran en consideración para determinar su antigüedad.
Artículo 45. El trabajador deberá regresar al siguiente dia que termine la causa de suspensión.
CAPITULO IV
Rescisión de las relaciones de trabajo
Artículo 46. El trabajador o el patrón podrán rescindir de la relación de trabajo por causa justificada.
Artículo 47. Son causas de recisión de la relación de trabajo, sin responsabilidades para le patrón como engañar al patrón con falsos documentos, actos de insolencia o malos tratamientos en contra del patrón, cometer actos inmorales, etc.
Artículo 48. El trabajador podrá solicitar a la JCA que se le reinstale en el trabajo que desempeñaba.
Artículo 49. El patrón no tendrá obligación de reinstalar al trabajador cuando tenga menos de un año, sea trabajador de confianza o cuando se trata de trabajadores eventuales.
Artículo 50. Las indemnizaciones consisten cuando es por tiempo indeterminado será una cantidad igual al importe de los salarios de la mitad del tiempo de sus servicios prestados.
Artículo 51. Son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el trabajador como engaño del patrón hacia el trabajador, no pagar el salario acordado, hostigamiento, acoso sexual, etc.
Artículo 52. El trabajador podrá separarse de su trabajo a los 30 días siguientes de la fecha en la que se de cualquiera de las causas mencionadas anteriormente y tendrá derecho a que el patrón lo indemnice en los términos del artículo 50.
CAPITULO V
Terminación de las relaciones de trabajo
Artículo 53. Algunas causas de terminación de la relación de trabajo son la muerte del empleado y el mutuo consentimiento de las partes.
Artículo 54. si la incapacidad proviene de un riesgo no profesional, el trabajador tendrá derecho a que se le pague un mes de salario y doce días por cada año de servicios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 162, o de ser posible, si así lo desea, a que se le proporcione otro empleo compatible con sus aptitudes.
Artículo 55. Si en el juicio correspondiente no comprueba el patrón las causas de la terminación, tendrá el trabajador los derechos consignados en el artículo 48.
TITULO TERCERO
Condiciones de Trabajo
CAPITULO I
Disposiciones generales
Artículo 56. Las condiciones de trabajo basadas en el principio de igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en ningún caso podrán ser inferiores a las fijadas en esta Ley y deberán ser proporcionales a la importancia de los servicios e iguales para trabajos iguales, sin que puedan establecerse diferencias y/o exclusiones por motivo de origen étnico o nacionalidad, sexo, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, condiciones de embarazo, responsabilidades familiares o estado civil, salvo las modalidades expresamente consignadas en esta Ley.
Artículo 56 Bis. Los trabajadores podrán desempeñar labores o tareas conexas o complementarias a su labor principal, por lo cual podrán recibir la compensación salarial correspondiente.
Artículo 57. El trabajador podrá solicitar de la Junta de Conciliación y Arbitraje la modificación de las condiciones de trabajo, cuando el salario no sea remunerador o sea excesiva la jornada de trabajo o concurran circunstancias económicas que la justifiquen.
CAPITULO II
Jornada de trabajo
Artículo 58. La jornada de trabajo es el tiempo en que el trabajador está a disposición del patrón.
Artículo 59. El trabajador y el patrón acuerdan cuanto será el tiempo de la jornada laboral y el trabajador podrá hacer horas extras según el patrón permita.
Artículo 60. Jornada diurna es la comprendida entre las seis y las veinte horas. Jornada
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