Memorial de apertura a juicio
Enviado por mondoro • 1 de Junio de 2018 • 8.138 Palabras (33 Páginas) • 359 Visitas
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V RAZONAMIENTOS QUE INDUCEN A LOS JUZGADORES A CONDENAR O ABSOLVER después de realizada la deliberación por los juzgadores con forme al artículo 386 del código procesal penal en base a los principio de la sana critica razonada. La lógica, el sentido común, la experiencia y la psicología y las pruebas aportadas y producidas en el debate. Sin pasar inadvertidas las posiciones asumidas por los sujetos procesales y en atención al principio de seguridad jurídica desarrollados en el artículo 1 y 2 de la Constitución Política de la República de Guatemala…………………………………………………………..……. VI ANALISIS Y VALORACION DE LA PRUEBA APORTADA: PRUEBA TESTIMONIAL a) DE CARGO: A1) KARLA PIEDAD CIFUNETES CUC, declaro que cuando eran a las veintidós horas de la noche, más o menos, yo me encontraba dormida cuando mi esposo LUIS EFRAIN BARILLAS CHAVEZ llego con efectos de licor, tocando de manera violenta la puerta de la residencia de mis abuelos, al oír los golpes en la puerta yo me dirigí a abrir la puerta y le pregunte en donde había estado, y en eso el me respondió; a voz que putas te importa donde estuve es mi vida y yo hago lo que quiero, voz a mí no me podes cuestionar, yo le conteste: de plano que con esa chava que es tu amante estuviste, entonces el me respondió; como ella si es mujer trabaja no como voz mantenida, le dije: voz y yo estamos iguales de pelados, entonces el me respondió; yo si tengo billete de lo que trabajo te artas, no vales la pena, la otra chava si me cumple no como voz que ya estas toda vieja y no me rendís en la cama. Luego el con su mano derecha me empujo cayendo sobre el piso, y con sus ambos pies me empezó a patear en ambas piernas luego con su mano derecha me jalo del pelo sacándome de la casa y con la otra mano me dio un puñetazo en el ojo izquierdo, yo lloraba y le decía que ya no me golpeara. A2)DANIEL MATIAS MAZARIEGOS VASQUEZ informa que el día de uno de junio del dos mil dieciséis, cuando eran a las veintidós horas de la noche, más o menos, yo me encontraba en la banqueta de mi residencia antes mencionada platicando con unos amigos, cuando vimos que el señor LUIS EFRAIN BARILLAS CHAVEZ se encontraba discutiendo con su esposa a tal punto que empezó a agredirla físicamente, entonces decidí junto con otro vecino separarlos y llamar a la policía la cual se encontraba haciendo patrullaje en ese mismo lugar y procedieron a detenerlo. JUEZ: Pase adelante, al lado del fiscal: Don Daniel usted fue citado como testigo en agravio a la señora Karla Piedad Cifuentes Cuc, los testigos, tal como usted están obligados y tienen el deber de decir la verdad, si el testigo miente, comete el delito de Falso Testimonio, que es penado con prisión y multa, entendió las advertencias. TESTIGO: Si entendí. JUES: Muy bien póngase de pie, usted promete decir la verdad ante su conciencia y ante el pueblo de Guatemala. TESTIGO: SI. JUEZ: Siéntese señor, señor fiscal proceda por favor. FISCAL: relate a los jueces lo que presencio ese día. TESTIGO: Buenas noches honorables juzgadores, recuerdo que esa noche era tres de junio eran como las ocho, ocho y media o nueve de la noche no recuerdo bien la hora, me encontraba en mi casa de habitación cenando con mi familia cuando comenzamos a escuchar gritos en la calle, en ese momento me asomo por la ventana y observo hacia la calle y veo a la señora KARLA PIEDAD y al señor LUIS BARILLAS discutiendo fuertemente bajo las gradas de mi casa y lo primero que hago es llamar a la policía y luego salgo a la calle, pero cuando salgo veo a la señora Karla en el suelo y el señor Luis le tomaba de las manos no sé si la intentaba levantar o la estaba agrediendo, en ese momento junto con otros vecinos los separamos y los retuvimos hasta que llego la policía e hizo su trabajo, solamente señor juez. FISCAL: Como se percató de los hechos que estaba ocurriendo. TESTIGO: por los gritos de la vecina. FISCAL: Al escuchar los gritos cual fue su reacción. TESTIGO: al ver a la ventana y percatándome de los hechos, tome el teléfono y llame a la policía. FISCAL: Después de llamar a la PNC, usted tuvo otra intervención entre las partes. TESTIGO: si, fui a separarlos, con la ayuda de otro vecino, y luego llego la PNC. FISCAL: Usted se percató que el señor Luis agredió a la Señora Karla. TESTIGO: Yo vi que estaba alegando, y al salir de la casa la señora estaba en el suelo, y don Luis no sé si la intentaba levantar, o la estaba agrediendo, nosotros únicamente los separamos. FISCAL: Únicamente honorables Juzgadores. JUEZ: se le corre audiencia al ABOGADO DEFENSOR. DEFENSA: Conoce usted al señor Luis Barillas y a la señora Karla Cifuentes Cuc. TESTIGO: Si los conozco porque somos vecinos. DEFENSA: Que tipo de relación mantiene con las personas ya mencionadas. TESTIGO: únicamente somos vecinos, y cuando nos vemos en la calle solo nos saludamos. DEFENSA: Ve usted que el señor Luis Barillas golpeaba a la señora Karla Cifuentes. TESTIGO: yo lo único que vi señora juzgadora, fue que ellos forcejeaba y que ellos agarraba sus manos, y ella gritaba tirada en el suelo, y no me percate si la estaba levantando o la estaba pegando. DEFENSA: Aproximadamente que horas eran cuando sucedieron los hechos. TESTIGO: eran como a las 9 o 9:30 de la noche más o menos DEFENSA: Únicamente honorable juzgadora. JUEZ: Su declaración termino Don Daniel Matías, Puede retirarse y gracias por haber venido, que tenga un buen Día. A3) SANTOS JONAS RAMOS XILOJ informa que el día de uno de junio del dos mil dieciséis, cuando eran a las veintidós horas de la noche, más o menos, yo me encontraba en la banqueta de la residencia de un vecino platicando con unos amigos, cuando vimos que el señor LUIS EFRAIN BARILLAS CHAVEZ se encontraba discutiendo con su esposa a tal punto que empezó a agredirla físicamente, entonces decidimos junto con otro vecino separarlos y llamar a la policía la cual se encontraba haciendo patrullaje en ese mismo lugar y procedieron a detenerlo. A4) EDGAR OBED BARRIOS ITZEP agente de Policía Nacional Civil informa que el día de uno de junio del dos mil dieciséis, cuando eran a las veintidós horas de la noche, más o menos, yo me encontraba realizando el patrullaje respectivo, cuando recibimos junto con otro agente, una llamada donde nos informaban sobre un hecho delictivo y acudir a la 14 avenida 1O-31 de la zona 3, al llegar al lugar mencionado decidimos aprehender al señor LUIS EFRAIN BARILLAS CHAVEZ ya que en efecto se encontraba golpeando a su esposa. JUEZ: Usted fue llamado aquí como testigo del MP. PNC: si JUEZ: Los testigos tienen que decir la verdad PNC: Si. JUEZ: Si los testigos miente cometen el delito de Falso testimonio, y ese delito tiene pena de prisión y con multa, usted comprende lo que le que le acabo de decir. PNC: Si JUEZ: Muy bien póngase de pie, usted promete decir la verdad ante su conciencia
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