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ADMINISTRACIÓN DESEMPEÑO LABORAL.

Enviado por   •  7 de Noviembre de 2017  •  1.228 Palabras (5 Páginas)  •  454 Visitas

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ARTÍCULO 99

El Presidente del Jurado será designado por el Comité Académico del programa. El presidente del jurado es la máxima autoridad durante la presentación del Trabajo de Investigación y velará por el cumplimiento de todos los requisitos previos al acto.

ARTÍCULO 100

Si un miembro del jurado se inhibe o no asiste a la presentación, deberá ser reemplazado por el miembro suplente, en caso contrario se suspenderá el acto.

Dicha suspensión deberá quedar asentada en acta que será firmada por todos los integrantes del jurado presentes incluyendo el expositor. De ocurrir la suspensión del acto debe asignarse una nueva fecha en la semana inmediata posterior a la fecha de la suspensión.

ARTICULO 101

El Presidente del Jurado es la máxima autoridad durante el acto de presentación deberá revisar todos los instrumentos de evaluación elaborados como actividad previa al acto de presentación (Formato DI-VAC/II-09, anexo II). Tiene la responsabilidad de cumplir y hacer cumplir las normas establecidas para estos actos tanto por parte del Jurado, del aspirante, como del público en general durante la exposición. Durante el desarrollo del acto velará por la no intervención de personas diferentes a los miembros del jurado.

ARTÍCULO 107

Se informara por escrito (Formato DI-VAC/II-08, anexo II) a los profesionales seleccionados, de su designación como miembros del jurado evaluador (incluyendo al suplente) y les enviara con quince (15) días de anticipación los ejemplares del Trabajo Especial de Grado de la Especialización.

Parágrafo Primero: Como se menciona en el artículo 107, los miembros del

Jurado Evaluador deben recibir con quince (15) días de anticipación, el ejemplar (rústico) del correspondiente Trabajo Especial de Grado a evaluar, con el fin de que pueda ser leído y revisado cuidadosamente. Si el ejemplar presenta observaciones de tal magnitud que no podrán ser subsanadas antes de la fecha acordada para la presentación, el Presidente del Jurado deberá

enviar por escrito un informe al Decano del Núcleo en donde le solicite postergar la defensa por el plazo estimado por los miembros del Jurado. Si las observaciones al Trabajo Especial de Grado son efectuadas durante el acto de presentación del mismo, éstas serán acatadas por el alumno, el Jurado asignará una calificación definitiva y se fijará un lapso no mayor de diez (10) días hábiles para la entrega del tomo corregido. De no cumplir el alumno con este requisito, la calificación no será procesada ante el Departamento de

Control de Estudios y se elevará el caso ante el Consejo de Decanato del núcleo a fin de que sea tomada una decisión en cuanto a plazo para una nueva entrega del Trabajo de Investigación.

Parágrafo Segundo: Para la evaluación del Trabajo Especial de Grado como se menciona en el artículo 98 el Jurado Evaluador estará compuesto por un (1) Presidente, dos (2) Miembros Principales y un (1) Miembro Suplente quien asistirá a la presentación en caso de ausencia de uno de los Miembros Principales.

Parágrafo Tercero: El Presidente del Jurado puede suspender el acto cuando faltase alguno de los miembros del Jurado y suplente no asistiera.

ARTÍCULO 109

La presentación oral del Trabajo Especial de Grado deberá ser una síntesis del trabajo escrito. Durante la misma no podrá intervenir otra persona que no sea el alumno. El tiempo de exposición estará en función del tema y de las demostraciones, y en ningún caso deberá ser inferior a quince (15) minutos ni mayor de treinta (30) minutos y el Jurado debe velar porque esto se cumpla pues, el/la alumno (a) debe demostrar su capacidad de síntesis y eso debe incidir en la evaluación cuantitativa. Concluida la presentación, el Jurado Evaluador podrá hacer sus preguntas. Este período no tendrá límite de tiempo y serán contestadas única y exclusivamente por el alumno. El tutor puede aclarar o completar alguna información, si lo desea y deberá manifestarlo al período de preguntas solicitando la autorización respectiva al

Presidente del Jurado.

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