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ANALISIS ARTICULO 7 DEL CODIGO CIVIL ECUATORIANO

Enviado por   •  4 de Marzo de 2018  •  4.089 Palabras (17 Páginas)  •  6.533 Visitas

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Si Román ha cometido alguna falta en su función cera sancionado según la ley anterior, pero si lo hace a partir de la nueva ley se le sancionara según ella

9a.- Todo derecho real adquirido según una ley, subsiste bajo el imperio de otra nueva; pero en cuanto al goce y cargas, y en lo tocante a la extinción, prevalecerán las disposiciones de la ley posterior. En caso de adquirir poder real de alguna posesión segura con su gobierno aun después que se cambie esta, pero ya tendrá que regirse a lo que mande la nueva ley y limite sus funciones.

El Rey Ricardo II en sucesión de su padre tomo el trono cuando él tenía el poder absoluto sobre su pueblo un año más tarde el pueblo elije un mandatario del pueblo el Rey seguirá gobernando pero sus poderes ya serán limitados.

10a.- La posesión adquirida según una ley anterior no se retiene, pierde o recupera bajo el imperio de una ley posterior, sino por los medios, o con los requisitos prescritos en ésta. que ninguna posesión será obligatoria su retención aun antes o después del obtenerla.

Yo compro un terreno en 1000 dólares cuando en la ley solo se pagaba el 12% del IVA, ahora decido venderlo en 2500 con el 14% del IVA ninguna ley me lo prohíbe o mande que no pueda realizar esta venta.

11a.- Los derechos concedidos bajo una condición que, según la nueva ley, debe considerarse fallida si no se realiza dentro de cierto plazo, subsistirán por el tiempo que hubiere señalado la ley precedente, a menos que excediere del plazo fijado por la posterior, contado desde la fecha en que ésta principie a regir; pues, en tal caso, si dentro de él no se cumpliere la condición, se mirará como fallida. En caso que adquirir algún bien por medios que ante la ley no son correctos en la ley nueva tendrán un tiempo específico para demandar este caso.

Amanda chantajea a Mariela para que la haga socia de un restaurante ella toma el poder absoluto dejando a Mariela totalmente un lado Amanda lleva una mala administración que en la ley anterior no revisaban ahora con la nueva ella tiene que rendir cuentas al SRI donde comunican a la duela oficial Mariela que no están cumpliendo con lo requerido a ella de dan un cierto plazo para arreglar ese problema y si no lo ase pude perder el negocio.

12a.- Siempre que una nueva ley prohíba la constitución de varios usufructos sucesivos, y expirado el primero antes que ella empiece a regir, hubiere empezado a disfrutar la cosa alguno de los usufructuarios subsiguientes, continuará éste disfrutándola bajo el imperio de la nueva ley, por todo el tiempo para el cual le autorice su título; pero caducará el derecho de los usufructuarios posteriores, si los hubiere. Para que una persona siga gozando de los usufructos tendrá que hacerlo contar ente la ley que será mientras viva para que así no pierda su derecho.

Los padres de Salome deciden estando vivos darle a su hija una finca y reservan el poder de usufructos para José su hijo enfermo pero no estipulan en la ley hasta cuando lo aran y muere sus padres José pierde los Usufructos porque ninguna ley lo ampara para el goce de ellos.

La misma regla es aplicable a los derechos de uso o habitación sucesivos, y a los fideicomisos. Esta de la misma manera tendrá que someterse a las nuevas disposiciones.

13a.- Las servidumbres válidamente constituidas bajo el imperio de una ley se sujetarán a la posterior, en cuanto a la conservación y ejercicio. Ninguna orden podrá quitar el derecho real temporal o perpetuo sobre algún inmueble ajeno, en el cual puede gozar de él.

Britania compra un terreno en medio de otros sin que tengo por donde pueda pasar ella pide, a Jamileth le conceda paso pero Jamileth se niega Britania acode ante la ley donde a Jamileth de mandan conceder paso perdiendo ella parte de su terreno y Britania asiendo goce de no que no compro.

14a.- Las solemnidades externas de los testamentos se sujetarán a la ley que regía al tiempo de su otorgamiento; pero las disposiciones contenidas en ellos se subordinarán a la que estuviere vigente cuando falleciere el testador. Un testamento no podrá ser alterado bajo ninguna circunstancia pero después de la muerte del testador. Los herederos tendrán que sujetarse a como la ley mande para su distribución.

Héctor realiza su testamento 2 años antes de su muerte, al pasar esos dos años su testamente se le dará lectura conforme él lo ha dicho, pero los herederos se sujetaran a lo que mande la ley vigente en cuanto a sus posesiones adquiridas y el goce de las mismas

En consecuencia, prevalecerán sobre las leyes anteriores a la muerte del testador las que reglen la incapacidad o indignidad de los herederos o legatarios, las legítimas, mejoras, porción conyugal y desheredaciones. Darán prioridad a los rangos consanguinidad para heredad.

15a.- Si el testamento contuviere disposiciones que no debían llevarse a ejecución, según la ley bajo la cual se otorgó, se cumplirán, sin embargo, siempre que ellas no se hallen en oposición con la ley que estuviere vigente al tiempo de la muerte del testador. Que mientas el testador haya estado con viva los herederos no cumplieran con lo que después en el testamento del testaron mande ellos tendrán derecho ya que se lo realizo aun cuando el testador vivía.

Daniela se casa con Martin aun cuando sus padres Vivian y en el testamento los padres mandan que si Daniela se casa antes de cumplir sus 25 años no gozara de los bienes pero esta no se regirá ya que el padre vivía cuando ella contrajo matrimonio.

16a.- En las sucesiones forzosas o intestadas, el derecho de representación de los llamados a ellas se regirá por la ley que estuviere vigente al tiempo de la muerte del intestado. En caso de que los herederos legales también conocimos como forzosos o como cambien de los intestadas que son los te el testador quiere dejar parte de su patrimonio será vigente hasta la muerte de este.

Danilo es un heredero forzoso por ser hijo de Mónica, pero ella decide dejarle parte de su patrimonio a su hermana Naomi siendo ella una heredera intestada tendrá goce de la misma posesión durante la vida de ella y perderá todo derecho después de su muerte.

Pero si el fallecimiento sucediere bajo el imperio de una ley, y en el testamento otorgado bajo el imperio de otra se hubiere llamado voluntariamente a una persona que, faltando el asignatario directo, suceda en el todo o parte de la herencia por derecho de representación, se determinará esta persona por las reglas a que estaba sujeto ese derecho, según la ley bajo la cual se otorgó el testamento.

17a.- En la adjudicación y partición de una herencia o

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