ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN PARA EL CONTROL DE RESIDUOS SÓLIDOS EN LA CENTRAL DE CORABASTOS
Enviado por Albert • 27 de Marzo de 2018 • 5.693 Palabras (23 Páginas) • 365 Visitas
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- Programa para la gestión de los residuos sólidos orgánicos para la ciudad de Bogotá, D. C.versión 2. Marzo 2010.
El objetivo del documento es reducir o minimizar la cantidad de residuos sólidos orgánicos generados en Bogotá, a través de la formulación e implementación de estrategia so líneas de acción encaminado a un aprovechamiento viable. Entre los puntos a tratar están las plazas de mercado.
- Corporación de Abastos de Bogotá. Problemática de los residuos agropecuarios.
Este documento presenta parte de la historia de Corabastos, sus problemas, la situación actual y tratamiento de los residuos orgánicos.
4.2 Avances que propone el proyecto
Este proyecto no solo pretende abarcar una problemática de afectación a la calidad de vida en Bogotá a través de las basuras, sino además crear una solución interdisciplinar entre una temática ambiental y una solución a través de software. Se busca trabajar en una población específica, obteniendo múltiples beneficios ya que esta aprovecha la capacidad del uso de tecnologías diferentes para analizar la información. Obteniendo un mejor entendimiento de cómo separar en la fuente los residuos sólidos y como se haría un adecuado aprovechamiento de estos a través del reciclaje. Reduciendo así en un pequeño porcentaje la generación de basuras diarias y creando un avance en la forma de educar y crear una conciencia ecológica a través de la educación ambiental.
- LEGISLACIÓN Y NORMATIVIDAD
En CORABASTOS los residuos se disponen en las vías internas, y se acopian en una de ellas. No existen cadenas organizadas para el reciclaje; el aprovechamiento de los residuos con algún valor comercial como cárnicos, cajas de madera, plásticos, papel, cartón, vidrio y metales se hace de manera informal.
Para disminuir la importación de desechos, el PGIRS (Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos) contempla la implementación de tres programas: 1) utilización de empaques reutilizables siguiendo las normas técnicas del ICONTEC, con lo cual se disminuye la generación de residuos de lenta degradabilidad como papel, cartón, plásticos y madera; 2) aplicación en CORABASTOS de las normas de calidad para los productos que ingresan a la ciudad; y 3) aplicación de normas de transporte para reducir las pérdidas de productos alimenticios. Para disminuir la generación de desechos en los centros de comercialización, el PGIRS plantea la incorporación de recipientes de almacenamiento, ampliación y mejoramiento de los sitios de acopio transitorio, e incorporación de equipos de transporte.
Posteriormente se muestran la normatividad correspondiente al manejo de residuos sólidos a nivel de industria y plazas de mercado para Bogotá D.C.
SECRETARIA DISTRTAL DE DESARROLLO ECONÓMICO
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
2561 de 2008
PLAZAS DE MERCADO DISTRITO CAPITAL - Servicios Públicos
El titular del derecho de dominio de las plazas de mercado es la Nación y en general de las entidades Estatales correspondientes, que para el caso particular del Distrito Capital es el Instituto para la Economía Social -IPES en calidad de persona jurídica y entidad de derecho público con la competencia especial de administración de las plazas de mercado del distrito quien tiene el derecho de dominio de las mismas. El Instituto para La Economía Social -IPES en su calidad de administrador de las plazas de mercado ostenta la facultad legal para cancelar las deudas por concepto de servicios públicos originadas con anterioridad a lo ordenado en el artículo 79 del Acuerdo 257 de 2006, siempre y cuando se repita el pago de los mismos contra los responsables y se obtenga la asignación de recursos por la Dirección Distrital de Presupuesto para tal efecto.
SECRETARIA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C
No. Concepto ó Radicación
Descriptor
18161 de 2001
PLAZAS DE MERCADO DISTRITO CAPITAL - Reglamentación
Se señala que, el reglamento para la administración de la Plaza de Mercado, debe regular los aspectos operativos, administrativos y de funcionamiento, y en tal virtud, puede señalar obligaciones y prohibiciones, como reglas de funcionamiento, de cuyo cumplimiento responderá ante la Alcaldía Local el concesionario. la Alcaldía Local no puede facultar al concesionario para imponer sanciones como las referenciadas, sin perjuicio, de comprometerse a prestarle la colaboración necesaria para la aplicación de las medidas de policía a que haya lugar, tal como se estableció en el contrato de concesión.
79 de 2004
SISTEMAS DISTRITALES - Sistema Distrital de Plazas de Mercado
Si se armonizan las competencias contractuales de la Ley 80 de 1993 y el Decreto Distrital 854 de 2001, con lo normado en el Acuerdo Distrital 96 de 2003, se tiene que, si bien la coordinación al sistema de plazas de mercado, corresponde a la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos, la contratación de éstas corresponde actualmente por delegación del Alcalde Mayor a las Alcaldías Locales. En este sentido el artículo 5 del Acuerdo 96 de 2003 que se refiere a la facultad de la UESP para contratar la administración de las plazas, debe entenderse como una disposición indicativa, más no obligatoria para la Administración Distrital. En efecto, el tema contractual hace parte de las esferas competenciales de la Administración Distrital, regulables a través de la asignación o delegación de funciones y no del Concejo Distrital.
44 de 2007
BOGOTA DISTRITO CAPITAL - Convenios Interadministrativos, de Asociación, Colaboración y/o de Cooperación
Los convenios interadministrativos que se restringen en el parágrafo del artículo 38 de la Ley 996 de 2005, son aquellos en que se dispone la ejecución de recursos públicos y es así para salvaguardar los recursos del Estado y evitar que mediante la suscripción de convenios interadministrativos los mismos se comprometan con fines políticos o partidistas. El traspaso de los bienes muebles y
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