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Analisis de los principios del derecho internacional

Enviado por   •  18 de Enero de 2018  •  4.806 Palabras (20 Páginas)  •  491 Visitas

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ABSTENCION DE LOS ESTADOS DE RECURRIR A LA AMENAZA O AL USO DE LA FUERZA EN FORMA INCOMPATIBLE CON LOS PROPOSITOS DE LAS NACIONES UNIDAS.

Este principio se encuentra estipulado en las cartas de las naciones unidas en el artículo 2.4, establece que todos los estados se deben abstener de amenazas, agresiones y el uso de las fuerzas en contra de la integridad territorial o la independencia política de un estado, de no abstenerse atentarían en contra del propósito de las naciones unidas, mantener la armonía, paz y seguridad internacional. Históricamente el poderío empleado para vender la idea de legitimidad y continuar con la utilización de las fuerzas armadas como instrumento de política exterior, ha cambiado gracias a la concepción de guerra en el derecho internacional y a la búsqueda de un modus operandi efectivo. En agosto 27 de 1928 se firma el pacto Brian Kellogg en Paris siendo a su vez aprobado por Colombia en el año 1930 gracias a la ley 29. Este contempla condenar el recurso de guerra para el arreglo de las diferencias internacionales y renunciar a ella como instrumento de política nacional en las relaciones reciprocas.

El ejercicio de la agresión según la resolución 3314 (XXIX) es el uso de la fuerza armada contra un estado para vulnerarle su derecho a la soberanía, la independencia política y la integridad del territorio lo que generaría una responsabilidad internacional. En esta misma resolución en el artículo tercero establece algunos actos que constituyen la agresión tales como: la invasión o el ataque armado, el bloqueo de los puertos y la utilización de fuerzas armadas. Este principio se encuentra regulado en el tratado de asistencia recíproca (TIAR) que fue suscrito en Rio de Janeiro el 02 de septiembre de 1947 y aprobado por Colombia en la ley 52 de 1957.

El principio de abstención de los estados para recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contempla dos excepciones; la primera es la acción coercitiva por parte del concejo de seguridad, el cual consiste en las decisiones sobre el uso de la fuerza para mantener un orden internacional y el segundo es el derecho a la legitima defensa, el cual es ejercido en caso de un ataque armado tratándose de un ejercicio provisional y ante ataques inminentes. BROTONS califica a la legítima defensa como una única excepción para recurrir a las fuerzas armadas la cual está constituida por una institución imprescindible, este derecho es caracterizado por la provisionalidad, proporcionalidad y la subsidiaria por esta razón debe ser utilizada en proporción a la naturaleza del ataque y debe ser dirigido con el propósito de confirmar las reglas destinadas a la perseverancia de la paz.

En el desarrollo del cumplimiento de este principio se han presentado algunos desacuerdos con respecto a temas tales como los diferentes medios de presión o regulación del uso de la fuerza por parte de los estados; las represalias (acción de respuesta ante un ataque militar ilegal, se encuentran prohibidas en la carta de naciones unidas y en el articulado de la responsabilidad internacional de los estados); la legitima defensa preventiva, no es permitida en el derecho internacional, ya que es el ejercicio del derecho de legítima defensa antes que ocurra un ataque armado; por último la intervención humanitaria este es uno de los temas de mas controversia, ya que no se encuentra contemplada en la carta de las naciones unidas como una excepción al uso de las fuerzas armadas pues ha sido utilizada como medio para esconder la voluntad de intervenir en los asuntos de otro estado y lograr objetivos políticos para el derrocamiento de un gobierno.

Como conclusión plantearíamos, que no todas las formas del uso de fuerzas atentarían en contra de este principio, ya que algún uso de fuerza por parte de un estado para defender su soberanía, independencia política y la integridad territorial del mismo será catalogado como ejercicio al derecho de legítima defensa. Este principio tiene por objetivo plantear límites a la tiranía por parte de los estados y establecer una colectividad en las decisiones de la misma por medio de la ONU.

Principio de que los estados arreglan sus controversias internacionales por medios pacíficos.

Este principio es un instrumento con el cual se genera el arreglo de controversias que no encontraban solución por otras vías, siendo la guerra históricamente utilizada como único instrumento de solución a controversias de carácter internacional; por ende, la regla de la prohibición del uso de la fuerza solo será respetada por los estados si las funciones que tenía la guerra en la sociedad internacional son efectuadas por otros medios.

El artículo 33 de la carta de las naciones señala como instrumentos de solución pacífica de conflictos internacionales:

- La conciliación: se involucra en el conflicto a un tercero, pero este no lo compone sino que su función es acercar a las partes para tratar de dirimir el conflicto.

- El arbitraje: las partes confieren por medio de un pacto, poder al árbitro para que este formule un juicio y emita una dedición vinculante para ellas.

- El arreglo judicial: un órgano permanente, independiente e imparcial resuelve con carácter obligatorio los litigias que les son sometidos.

- El recurso a organismos u otros medios pacíficos de su elección.

Lo importante del sistema interamericano en materia de diplomacia preventiva y de solución pacífica de controversias internacionales, es que la OEA, tiene como propósito afianzar la paz y la seguridad del continente, por otra parte, en el marco de la conferencia internacional americana se suscribió el pacto de Bogotá, en el que se define cada uno de los procedimientos acordados para la solución de medios pacíficos para la solución de controversias no solo constituye el cumplimiento de una obligación internacional, sino que también el reflejo de una actitud social positivista.

Del anterior principio se puede concluir que, el propósito del principio de solución pacífica de controversias internacionales es garantizar la paz, seguridad internacional y la justicia, incentivando una actitud social positiva de colaboración y cooperación de las partes al momento de defender sus ponencias lo hagan conforme al principio de la buena fe, procurando la justicia y la observancia del derecho internacional.

El principio de que los estados cumplirán de buena fe las obligaciones contraídas por ellos, de conformidad con la carta

Este principio busca la convivencia y el buen trato

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