Análisis jurisprudencial. ASPECTO JURÍDICO CONSIDERADO
Enviado por Ensa05 • 4 de Julio de 2018 • 633 Palabras (3 Páginas) • 414 Visitas
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Corte Constitucional: NO
En su fallo, la Corte Constitucional confirma la decisión tomada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca al negar la acción de tutela de vulneración del derecho fundamental al debido proceso alegando que la cancelación de personería jurídica de Verde Oxígeno no vulnera los derechos fundamentales de Ingrid Betancourt.
También alega que los derechos fundamentales son inherentes a la persona humana, estos son individuales y personalísimos son propios de cada ciudadano, y por lo tanto la secuestrada Ingrid Betancourt, en su situación de ausente puede ser representada por un agente oficioso, en este caso el sujeto activo A, pero a pesar de esto, hay decisiones y medidas en las que la propia titular del derecho es quien debe decidir.
La Corte Constitucional establece las diferencias entre persona natural y persona jurídica para aclarar el caso concreto, y con ellas expresa que no hay ninguna conexión entre la cancelación de la personería jurídica del partido Verde Oxígeno y la supuesta vulneración al derecho al debido proceso de Ingrid Betancourt Pulecio.
En las consideraciones que da la corte, no hay vulneración del derecho al debido proceso, porque el motivo de cancelación del partido político Verde Oxígeno fue que en las elecciones realizadas en el 2002, este no obtuvo ninguna curul en la Cámara de Representantes, teniendo candidatos inscritos; obtener esto es un requisito constitucional que deben poseer los partidos políticos para mantener su personería jurídica.
En conclusión, la Corte Constitucional confirma el fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, con todos los alegatos presentados, estableciendo que el Consejo Nacional Electoral no vulnera el derecho fundamental al debido proceso de Ingrid Betancourt Pulecio.
ANÁLISIS CRÍTICO
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