El Sistema de Educación, Los docentes y su Aspecto Disciplinario
Enviado por Jillian • 29 de Septiembre de 2017 • 1.278 Palabras (6 Páginas) • 554 Visitas
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Por su parte el Reglamento de Ejercicio de la Profesión Docente, publicado en Gaceta Oficial Numero N° 5.496 de Fecha 4 de Octubre de 2000, cuyo artículo 1 establece que el objetivo de la misma es establecer normas que regulen el ejercicio de la docencia y lo relativo al ejercicio laboral de la misma estableciendo el ingreso, reingreso , retiro , traslados, promociones, ubicación, ascensos, estabilidad, remuneración, perfeccionamiento, profesionalización, licencias, jubilaciones y pensiones, vacaciones, previsión social, régimen disciplinario y demás aspectos que impliquen el ejercicio de esta profesión.
Este Reglamento en su artículo 2 nos tipifica lo que es un profesional docente según nuestro legislador, su definición es la siguiente: “. Se entiende por personal docente, quienes ejerzan cualesquiera de las funciones señaladas en el artículo 77 de la Ley Orgánica de Educación, bien sea en la condición de personal ordinario o personal interino. Asimismo, se entiende por profesional de la docencia a los que se refiere el aparte de ese artículo. Quienes posean títulos profesionales docentes obtenidos conforme al régimen de la Ley de Educación anterior, conservarán el derecho a ejercer la docencia en la misma forma que les garantizaban las normas derogadas, según lo dispuesto en la Ley Orgánica de Educación.
Dependiendo del ejercicio de esta profesión los educadores podrán ser sancionados de diversas maneras, tales como: Amonestación oral (Articulo 154), Amonestación escrita (Articulo 156), Separación temporal del cargo y la Destitución (Articulo 159) e inhabilitación para el ejercicio de la profesión docente.
CONCLUSIÓN.
La educación como proceso de socialización de los individuos se encuentra regulada no solo por nuestra constitución como Derecho Humano, sino de igual forma en la Ley de Educación, considerándose como un derecho inalienable, intransferible y de obligatoria protección, procurando la misma el desarrollo del hombre y su crecimiento para ser verdaderamente útil a la sociedad, la misma deberá tomar a la familia como célula fundamental de la sociedad implementando los valores inculcados por ésta, su estructura y funcionamiento estará ejercido por profesionales que ejerzan la docencia los cuales procuraran la transmisión de sus conocimientos guiando a quienes reciben los mismos a convertirse en los profesionales del futuro, la conocida “Generación de Relevo” cabe destacar que la base para la creación del hombre sano, culto, crítico y apto para convivir en una sociedad democrática, justa y libre según lo establece el artículo 3 de la Ley Orgánica de Educación deberá ir siendo guiado para formarse como tal por su grupo familiar.
Cabe destacar que la Docencia como toda profesión deberá ser remunerada, de igual manera el docente deberá percibir sus beneficios laborales lo cual según lo establece el Artículo 1 del el Reglamento de Ejercicio de la Profesión Docente será esta la disposición legal que regule estos, por otra parte según publicaciones periodísticas en Venezuela es salario de los Docentes es el más criticado de todos.
REFERENCIAS.
- Constitución de La Republica Bolivariana de Venezuela, Vigente
Publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria N° 5.908
De Fecha, Jueves 19 de Febrero de 2009.
- La Orgánica De Educación , Vigente
Publicada en Gaceta Oficial N°5.929
De Fecha, 15 de agosto de 2009.
- Reglamento de Ejercicio de la Profesión Docente, Vigente
Publicado en Gaceta Oficial Numero N° 5.496
De Fecha 4 de Octubre de 2000.
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