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Audiencia de control de legalidad de la detención

Enviado por   •  27 de Febrero de 2018  •  4.752 Palabras (20 Páginas)  •  394 Visitas

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Entonces termino de quitarle su pants, su calzón y luego le abrió las piernas y le metió su “cosa” entre las piernas, se la metió en su “cosita” por enfrente y cuando hizo eso le dolió mucho y grito fuerte pero él le puso la mano en la boca y ella estaba muy asustada, llorando de dolor y como paralizada, y empezó a decirle muchas cosas feas que estaba muy bonita y que había crecido mucho, entonces él se empezó a mover, fue cuando escucho a su abuelita que le grito y le dijo que ella iba para allá y este le dijo que se esperara tantito luego sintió mojado entre las piernas y él se quitó de encima de ella y le dijo “órale lárgate y pobre de ti que le digas a alguien lo que paso en este cuarto o que alguien me reclame porque mato a tu abuelita y nadie se va a dar cuenta porque ya está bien pinche vieja” y también le dijo ahí están las tijeras arriba del buro agárralas y lárgate; fue entonces cuando la menor se puso sus pants pero estaba tan asustada que no se puso los calzones porque se quería salir y en cuanto se puso los pants abrió la puerta del cuarto y salió corriendo sin las tijeras y solo oyó que le grito “se te están olvidando las tijeras babosa” pero ya no le hizo caso abrió la puerta para salir y se fue con su abuelita y en cuanto llego esta le pregunto que qué le había pasado porque había tardado tanto y porque traía el cuello tan rojo. La menor le dijo que cerrara la puerta bien fue entonces cuando la cerro y le dijo lo que le había pasado y lo que su tío le había hecho, entonces su abuelita, la SEÑORA ROSARIO, llamo a la policía y a la mama de la menor fue entonces cuando la policía llego y acudieron a la casa del ahora imputado, la SEÑORA ROSARIO le toco la puerta y el SEÑOR ENRIQUE salió y fue ahí cuando la menor le dijo a los policías que el era su tío el que la acababa de violar fue ahí cuando los policías lo detuvieron, luego llego la mama de la menor y le comento lo que le había pasado también hace saber que los calzones que traía puestos los dejo en la casa de su tio el SEÑOR ENRIQUE que son de color ROSA y que tienen dibujos de HELLO KITTY.

Como dato de prueba número uno, tenemos un calzón rosa con caritas de HELLO KITTY talla 12 doce, el cual fue entregado por la policía CINTHIA LOYA RA el 27/11/14 a las 11:15 horas y recibe MARIANA RODRIGUEZ CHAPA el 27/11/14 a las 11:15 horas. Como dato de prueba numero 2 dos, la descripción del objeto asegurado, tres muestras de exudado vaginal tomados en el cuerpo de la menor ELIZABETH ALVAREZ MEZA identificadas como “TRES HISOPOS DE EXUDADO VAGINAL DE ELIZABETH ALVAREZ MEZA, PUERTO VALLARTA, 24/11/14 CONSULTORIO MEDICO, UNIDAD DE SERVICIOS PERICIALES Y CIENCIAS FORENCES” siendo al persona que lo asegura y lo entrega la Doctora GUADALUPE RODRIGUEZ 27/11/14 a las 10:00 horas y recibe NIDIA ORTEGA RIOS 27/11/14 a las 10:00 horas está entregándolo a MARIANA RODRIGUEZ CHAPA 27/11/14 a las 11:00horas. Como dato de prueba número tres la AUTORIZACION DE EXTRACCION DE MUESTRA realizada al C.ENRIQUE MEZA LÒPEZ el cual está detenido en los separos de la UNIDAD DE CONTROL DE DETENIDOS y debidamente acompañado por el defensor de oficio en turno, LICENCIADO GONZALO EDUARDO LARIOS PALACIOS para que otorgue una muestra de sangre con la finalidad de obtener un perfil genético y cotejarlo con las muestras tomadas en la vagina de la menor victima toda vez que así lo autoriza el juez de control el cual fue hecho Q.B.P: NIDIA ORTEGA RIOS 27/11/14 11:20 horas e identificándola como “MUESTRA DE SANGRE DEL C.ENRIQUE MEZA LÒPEZ, Puerto Vallarta, SEPAROS DE LA UNIDAD DE CONTROL DE DETENIDO 27/11/14 recibido por MARIANA RODRIGUEZ CHAPA 27/11/14 A LAS 13:00 horas. Como dato de prueba número cuatro el informe en PSICOLOGIA realizado la menos ELIZABETH ALVAREZ MEZA de catorce años a la cual se le aplicaron varias pruebas proyectivas de personalidad en las cuales advierte que la menor SI presenta alteración en su contra por los hechos de los cuales fue objeto y que se advierte que la menor desde que vivió el suceso en el cual se refiere que su tío materno ENRIQUE MEZA LÒPEZ la violo, ha mostrado ataques de ansiedad, presentando cefalea, fatiga excesiva, irritabilidad afirmado por la LICENCIADA MYRNA FIERRO GUZMÀN, PSICOLOGA ADSCRITA A LA UNIDAD DE SERVICIOS PERICIALES Y ATENCIÒN A VICTIMAS. 27/11/14. Como dato de prueba número cinco el informe MEDICO DE AGRESION SEXUAL, siendo el MEDICO LEGISTA QUIEN LO REALIZA LA DOCTORA GUADALUPE RODRIGUEZ con cédula profesional numero 123456 motivo de la revisión médica VIOLACIÒN describiendo que la edad biológica clínica de la víctima coincide con la fecha de nacimiento que señalo; marcando como lesiones externas: que no se aprecian huellas de violencia en cabeza y cara, se le aprecia eritema y ligero edema en el cuello en la parte frontal no se aprecian huellas de violencia externa en el tórax ni abdomen y no se le aprecian huellas de violencia externa en las extremidades superiores e inferiores, se verifican los siguientes hallazgos: introito vaginal con edema y eritema, himen circular con desgarres recientes, ya que en los mismos se aprecia infiltrado hemático en el radio de las tres y las seis de la caratula del reloj y escotadura congénita en el radio de las diez, con los anteriores hallazgos se puede concluir que hay huellas de PENETRACION RECIENTE EN LA VAGINA DE LA VICTIMA.

Con estos datos de prueba y puesto a disposición al agente del ministerio público en los tiempos marcados por la legislación aplicable considerando el de la voz que se actualiza la inmediatez ya que se dio cumplimiento a lo que exige el marco constitucional de las 48 horas de conformidad con lo que establece el articulo 16 párrafo X de la constitución, por lo anterior su señoría se establece que la detención del imputado se llevó a cabo en estricto respeto a sus derechos constitucionales y procesales que le otorgan en este caso las leyes mexicanas y el apego a lo que establece el artículo séptimo segundo y tercero de la convención americana sobre derechos humanos así como el artículo noveno punto primero y segundo del pacto internacional de derechos civiles y políticos por lo que en fundamento con lo anteriormente invocado, la fiscalía solicita que se decrete de legal la detención realizada por los elementos de la comisaría de policía de investigación de esta ciudad, así como la detención que fue decretada por parte de la representación social respecto al ahora detenido el señor ENRIQUE MEZA LÒPEZ , es quanto su señoría.

JUEZ: Gracias licenciada, Por parte de defensa, alguna manifestación?

DEFENSA: Si su señoría, contrario a lo manifestado por los compañeros agentes del ministerio público esta defensa considera que se violaron diversas situaciones tanto procesales

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