CAPÍTULO IV PRINCIPIOS BÁSICOS DE LA ADMINISTRACIÓN
Enviado por Kate • 9 de Febrero de 2018 • 4.186 Palabras (17 Páginas) • 536 Visitas
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El control está ubicado en la última etapa del Proceso Administrativo.
Esto nos indica que cierra el ciclo del proceso, a la primera etapa que es la planeación (primera etapa teórica, estática), por el lado izquierdo, tenemos la Dirección (primera etapa dinámica, de ejecuciones del proceso).
4.2. PLANEACIÓN
La planeación o planificación es un principio básico de la administración, tanto pública como privada y de cualquier tipo de Estado o empresa que pretendan obtener éxito en el desarrollo de sus actividades.
De esta se derivan varias definiciones
"Agustín REYES PONCE. La planeación consiste en fijar el curso concreto de acción que ha de seguirse, estableciendo los principios que habrán de orientarlo, la secuencia de operaciones para realizarlo, y la determinación de tiempo y números necesarios para su realización".
"Elementos del concepto.
Objetivo. ¿Qué es lo que se quiere?).
- Cursos alternos de acción. Determinar diversos caminos, formas de acción o estrategias, para conseguir los objetivos.
- Elección. Implica la determinación, el análisis y la selección.
- Futuro. Prever situaciones futuras y de anticipar hechos inciertos.
"La determinación de los objetivos y elección de los cursos de acción para lograrlos, con base en la investigación y elaboración de un esquema detallado que habrá de realizarse en un futuro".
La palabra planificación procede de los vocablos planers y facere, que significa hacer, acción.
El término planeación no corresponde exclusivamente a la actividad socioeconómica del Estado, sino que ha sido utilizado con éxito evidente en la iniciativa privada,
Tanto en la actividad estatal como en la privada para conseguir el éxito es indispensable seguir estos tres pasos fundamentales: pensar, decidir y actuar en consecuencia con ello.
Es entender el objetivo, evaluar la situación, considerar diferentes acciones que pueden realizarse y escoger la mejor".
La planificación es el proceso consciente de selección y desarrollo del mejor curso de acción para lograr el objetivo, abarcando dentro del mismo todos los pasos esenciales para conducir normalmente una operación y evaluar
La planificación o planeación se lleva a cabo tanto en la administración pública, como en la privada, y debe aceptarse que en ambos campos
La planificación se ha clasificado según los análisis, propósitos y fines en: a) planificación administrativa u operativo, b) planificación económica y social, y e) planificación física o territorial. Es obvio que ninguna de estos tres tipos de planificación excluye a los dos restantes, pues en muchas ocasiones se presentan combinadas,
La planificación se ha clasificado en planificación a corto, mediano y largo plazo.
Como es sabido la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, se aleja de la concepción liberalista, para ubicarse dentro de la tesis que inicia, a la que se denominó constitucionalismo social, por las razones expuestas en páginas anteriores. Los artículos 27 y 28 de la Constitución en cita, contenían las bases para la determinación de la rectoría de Estado en materia económica y para la adecuación de la planeación.
La planeación o planificación ha estado presente en México, aun cuando con éxito discutible, pues no se ha llevado a su cabal cumplimiento. Apenas iniciada la década 1930-1940 se promulgó la Ley General de Planeación de la República que pretendía incrementar el desarrollo de México en forma armónica y dentro del bienestar individual y colectivo, y cuya ley establecía la necesidad de la elaboración del Plan Nacional de México. Durante el período presidencial de 1958-1964, la planeación económica fue una pauta importante para el gobierno, creándose la Secretaría de la Presidencia para cumplir con los propósitos planteados, dotándosele de las atribuciones que en seguida sintetizo: Elaborar el Plan General de Gasto Público e Inversiones del Poder Ejecutivo; El párrafo segundo del artículo 25 constitucional comentado, tipificando claramente la planeación estatal, estipula: "El Estado planeará, conducirá, coordinará y orientará la actividad económica nacional, y llevará a cabo la regulación y fomento de las actividades que demande el interés general en el marco de libertades que otorga esta Constitución".
El artículo 26 constitucional, reformado en la fecha citada establece: "El Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la Nación". "Los fines del proyecto nacional contenidos en esta Constitución determinarán los objetivos de la planeación. La planeación será democrática. Mediante la participación de los diversos sectores sociales recogerá las aspiraciones y demandas de la sociedad para incorporarlas al plan y los programas de desarrollo. Habrá un plan nacional de desarrollo al que se sujetarán obligatoriamente los programas de la Administración Pública Federal".
"La ley facultará al Ejecutivo para que establezca los procedimientos de participación y consulta popular en el sistema nacional de planeación democrática, y los criterios para la formulación, instrumentación, control y evaluación del plan y los programas de desarrollo.
"En el sistema de planeación democrática, el Congreso de la Unión tendrá la intervención que señale la Ley".
A la Secretaría de Hacienda y Crédito Público corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
1. Proyectar y coordinar la planeación nacional del desarrollo y elaborar, con la participación de los grupos sociales interesados, el Plan Nacional correspondiente".
También a la Secretaría de Desarrollo Social se le asignaron algunas de las atribuciones que en materia de planeación tenía la Secretaría de Programación y Presupuesto. En efecto, el artículo 32 de la Ley comentada, establece:
"A la
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