CIVIL POSESIÒN Y PROPIEDAD
Enviado por monto2435 • 23 de Abril de 2018 • 2.573 Palabras (11 Páginas) • 423 Visitas
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Derivativa: surge cuando existe un poseedor anterior que interviene a través de la tradición o entrega de la cosa
Tradición: Consiste en la entrega de una cosa para trasladar a quien recibe la posesión de la misma, la cual puede producir algunos efectos jurídicos que pueden confundirla, pero es necesario que reúna ciertas características para la producción de dichos efectos.
Formas de hacer tradición:
a) La tradición puede hacerse mediante la entrega efectiva, material o corporal de la cosa.
b) La tradición consensual consiste en un acuerdo donde el adquiriente se encuentra en una situación que le permita poder ejercer su poder sobre la cosa, pero debe ser de igual forma un acto real. Donde reine fundamentalmente la entrega y ocupación de la cosa entregada consensualmente, con la voluntad del precedente poseedor. (Ejemplo: el arrendamiento de una tienda)
c) Existe otra forma de hacer tradición que puede ser denominada simbólica o fingida, la cual consiste en no hacer entrega efectiva de la cosa, pero le ofrece la posibilidad de poseer esa cosa de forma segura.
CAPACIDAD PARA ADQUIRIR LA POSESIÓN.
Las personas físicas o de existencia visible tienen capacidad reconocida por la ley para adquirir la posesión.
PÉRDIDA DE LA POSESIÓN.
1° La pérdida de la posesión puede ocurrir de tres maneras: por desaparición simultánea del "animus" y del "corpus", por pérdida del "corpus" sólo o por la pérdida del "animus" sólo.
2° Casos típicos de la pérdida de la posesión por desaparición de ambos elementos son el abandono de la cosa por el poseedor, su enajenación seguida de la tradición de la cosa y el perecimiento total de la cosa.
3° Se pierde la posesión por desaparición de sólo el "corpus" cuando la cosa cae en el dominio público o cuando un tercero se apodera de ella.
EFECTOS DE LA POSESIÓN.
Toda posesión está jurídicamente por medio de las acciones interdictales y, en algunos ordenamientos además, por la autodefensa o acción directa.
La aplicación de la disposición consagrada en el artículo 775 del Código Civil.
En igualdad de circunstancias es mejor la condición del que posee
LA COPOSESIÓN: es la situación producida por la concurrencia de varios sujetos en una misma posesión, esta pluralidad de poseedores sobre una misma cosa o derecho hace imprescindible la indivisión
ELEMENTOS DE LA COPOSESIÓN:
Pluralidad de sujetos
Objeto único
Homogeneidad de posesiones
Limitación reciproca de actuación posesoria
Defensa de la posesión
La protección posesoria se lleva a cabo mediante acciones que se tramitan en un procedimiento especifico, como los interdictos, al lado de los cuales se encentra la acción publiciana, denominada también acción plenaria de posesión , mediante la cual se protege la posesión considerada en si misma o en su caso, teniendo en consideración el vigor del título o el derecho del demandante o del demandado. En la protección posesoria, la posesión se muestra como un hecho, que la protección eleva a derecho, pues el poseedor ha de ser respetado y en caso de perturbación, ser mantenido o repuesto en la posesión. Por eso, la posesión se integra en la estructura de los derechos al otorgársele una protección similar a la de estos, pues como señala la doctrina, el derecho se deja impulsar por el hecho de la posesión.
TEMA 2
PROPIEDAD
Concepto
Poder Jurídico que una persona ejerce en forma directa, inmediata, absoluta, exclusiva y perpetua sobre una cosa para gozar y disfrutar de ella
Basamento Legal
(C.R.B.V. Art. 115 / C.C.V. 545)
Contenido
Uso: facultad de usar el libre aprovechamiento de la cosa
Goce: Facultad de goce, de percibir los frutos de la cosa
Disposición facultad de disponer ya sea materialmente o jurídicamente.
Elementos
Sujeto: Toda persona natural o jurídica
Objeto: Propiedad de bienes destinado al consumo. Propiedad de bienes de producción
Características
1 Absoluto (te permite disfrutar y usar de cualquier forma la cosa)
2 Exclusivo (es exclusivo de una persona)
3 Perpetuo (Dominio sobre la cosa subsiste mientras perdure la cosa)
4 Enajenable o transmisible (Poder disponer de la propiedad y enajenar cuando se decida)
5 Elástico. Se encuentra al margen de todo gravamen
MODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD
Son aquellos hechos o negocios jurídicos que producen la radicación o translación de la propiedad en un patrimonio determinado, este modo de adquirir la propiedad se le llama también títulos los cuales se clasifican en:
A título universal y particular: cuando la propiedad se transfiere constituyendo un activo y un pasivo esta adquisición solo puede tener lugar por causa de la muerte ejemplo: la herencia
A título particular: cuando son transmitido personalmente (por medio de contratos)
A título oneroso: cuando se paga cierta cantidad de dinero a cambio del bien que se recibe
A título gratuito: se adquiere el bien sin pagar el precio por el
A título originario: es cuando se es el primer dueño de la cosa
A
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