CONTRATO DE ADMINISTRACION DE INMUEBLE DESTINADO A VIVIENDA
Enviado por Sara • 4 de Agosto de 2018 • 1.481 Palabras (6 Páginas) • 408 Visitas
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QUINTA: COMISION. La comisión por los servicios de arrendamiento para EL ADMINISTRADOR, de acuerdo con el presente contrato será de CINCUENTA DOLARES CON 00/100 (US$50.00) del canon mensual de arrendamiento, dicho pago será realizado por el PROPIETARIO a cuenta que designe el ADMINISTRADOR, una vez recibido el pago del arriendo mensual acordado con los arrendatarios del inmueble. Dicho pago no aplicará cuando el inmueble no se encuentre arrendado.
SEXTA: FIJACION DE CANON.- El precio acordado con EL PROPIETARIO, por el cual se arrendará el inmueble será de MIL NOVECIENTOS DOLARES MENSUALES, y remitidos a la cuenta de ahorro No_________________________ del Banco ____________________, a nombre de TATIANA LUIS HERNANDEZ.
SÉPTIMA: GASTOS DE COMERCIALIZACION.- Los gastos de mercadeo y promoción del inmueble serán sufragados por EL PROPIETARIO previa autorización por el mismo.
OCTAVA: TERMINO DEL CONTRATO.- El presente contrato tendrá una duración de doce (12) meses y una vez arrendado, se supeditará su iniciación, terminación y prórroga, al contrato suscrito con los arrendatarios. Vencido este término si alguna de las dos partes no lo da por terminado mediante aviso escrito, comunicado mediante correo certificado con treinta (30) días de anticipación, se entenderá prorrogado por igual período. No obstante ello, Las partes podrán darlo por terminado en cualquier tiempo y de común acuerdo, siempre y cuando el inmueble no este arrendado, notificando a la otra parte su decisión por escrito y con sesenta (60) días de antelación, y de manera unilateral bajo causa justificada. a) Si estuvieren contratos de arrendamiento vigente, y EL PROPIETARIO deberá notificar su intención de terminarlo con noventa (90) días de antelación, para lo cual EL ADMINISTRADOR deberé incluir esta forma de terminación dentro de las relaciones contractuales correspondientes a los arrendatarios. b) Si EL ADMINISTRADOR lo diera por terminado, una vez haya notificado a EL PROPIETARIO y vencido el término del contrato o su prórroga, cesarán sus obligaciones y no podrá ser responsabilizado por hecho alguno que ocurra después de haber manifestado su deseo de terminar el contrato. PARÁGRAFO: El término del presente contrato se prorrogará automáticamente cuando quede en algún saldo a cargo de EL PROPIETARIO y a favor de EL ADMINISTRADOR, hasta cuando dicho cargo sea totalmente cubierto, aun cuando EL PROPIETARIO haya manifestado su deseo de darlo por terminado.
NOVENA: RESPONSABILIDADES.- EL ADMINISTRADOR no será responsable por robo ó daños que puedan ocurrir en el inmueble de que trata este documento, ni por destrucción del inmueble por asonadas, actos de terrorismo, incendios, terremotos y demás hechos de fuerza mayor o caso fortuito.
DÉCIMA: MERITO EJECUTIVO.- Este contrato presta mérito ejecutivo para exigir el cumplimiento de todas las obligaciones contraídas entre las partes. Las partes renuncian expresamente a los requerimientos para el pago de las obligaciones derivadas del mismo.
DECIMA PRIMERA: FALLECIMIENTO DEL PROPIETARIO.- En caso de muerte de EL PROPIETARIO, EL ADMINISTRADOR suspenderá la entrega de los arrendamientos hasta tanto el Juzgado ó la Notaría donde se esté tramitando la respectiva sucesión, le oficie sobre el destino de dichos valores.
DÉCIMA SEGUNDA: CESIÓN DEL CONTRATO: El presente contrato y los derechos y deberes que de él emanan podrán no podrá ser cedido por EL ADMINISTRADOR, bajo ninguna circunstancia sin la autorización expresa y escrita de EL PROPIETARIO.
DECIMA TERCERA: NOTIFICACIÓN: Para efectos judiciales y extra judiciales las partes se notificarán en las siguientes direcciones:
ADMINISTRADOR: _______________________________________________________.
EL PROPIETARIO: ________________________________________________________.
En caso de cambio de dirección, las partes se comprometen expresamente a informar a la otra el nuevo sitio de notificación a través del servicio postal autorizado.
Como constancia del acuerdo de voluntades se firma el presente documento en dos ejemplares del mismo tenor, en la Ciudad de Panamá, a los dos (02) días del mes de noviembre de 2016.
EL PROPIETARIO EL ADMINISTRADOR
TATIANA LUIS HERNANDEZ SUSANA ELENA JURADO CHEN DE PEREZ
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