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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA

Enviado por   •  15 de Marzo de 2018  •  1.656 Palabras (7 Páginas)  •  481 Visitas

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Dicho pago se efectuará en el mes siguiente al que la arrendadora le entregue copia del recibo a la arrendataria, mediante ingreso en efectivo o transferencia bancaria a la cuenta de la entidad bancaria LA CAIXA anteriormente citada.

Además quedará obligado al pago de cualquier otro servicio o suministro que se pudiese individualizar mediante contador individual por acuerdo de la Junta de Propietarios legalmente adoptado.

Los gastos de la comunidad correspondientes a la vivienda son por cuenta del arrendador.

QUINTA.- DESTINO.

La vivienda objeto de este contrato se destinará única y exclusivamente al alojamiento u hogar del arrendatario, sin que bajo ningún concepto pueda cambiarse el destino.

Que el subarriendo o cesión total o parcial de la vivienda dará lugar a la resolución del contrato. No podrá ejercerse en la vivienda arrendada ninguna actividad profesional sin autorización expresa por escrito del arrendador. El incumplimiento de esta prohibición facultará al arrendador para resolver el contrato de arrendamiento.

SEXTA.- CONSERVACIÓN Y OBRAS.

Las partes se someten a lo establecido en el artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, en cuanto a las obras que deban realizarse para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad.

El arrendatario no podrá ejecutar las obras de reforma en la vivienda que se arrienda sin que medie para ello autorización expresa y por escrito del arrendador. Cuantas obras y mejoras efectuase, quedarán a la expiración de este contrato, en beneficio del arrendador, sin que venga obligado a entregar cantidad alguna en concepto de indemnización, pudiendo ésta exigir al arrendatario a reponer la vivienda a la situación en que fue arrendada.

Cuando en la finca objeto de este contrato hayan de realizarse obras por cuenta de la propiedad o de la Comunidad de Propietarios, el arrendatario queda obligado a permitir la entrada en la vivienda arrendada, al personal técnico y obrero encargado de realizarlas, siempre que sea dentro de las horas habituales para el trabajo.

Queda expresamente prohibida la tenencia de animales en cohabitación en la vivienda objeto de este contrato, excepto los enjaulados.

SÉPTIMA.- FIANZA.

En garantía del pago de la renta estipulada así como del exacto cumplimiento de las demás obligaciones asumidas en mérito del presente contrato y de los daños que pudiera ocasionar a la vivienda, el arrendatario abona en este acto el importe de la fianza con arreglo a las disposiciones legales vigentes por la cantidad de CUATROCIENTOS SESENTA EUROS (460 €), que el arrendador declara recibir, sirviendo el presente documento como la más eficaz carta de pago, y que le serán devueltos una vez haga entrega de la posesión de la vivienda y haya cumplido con todas las obligaciones contractuales a su cargo y siempre que no existan responsabilidades por desperfectos imputables al arrendatario, o cantidades pendientes de compensar.

Asimismo, el arrendatario hace entrega, en este acto, en concepto de garantía del cumplimiento de las obligaciones que este contrato le impone, de un aval bancario ejecutable a primer requerimiento en las condiciones que figuran en el mismo, que garantiza el importe de CINCO MIL QUINIENTOS VEINTE EUROS (5.520 €), correspondientes a doce mensualidades. El aval entregado podrá ser ejecutado por el arrendador en el supuesto de que el arrendatario no abone cualquiera de las rentas mensuales estipuladas en el presente contrato. Dicho aval tendrá una vigencia de DOCE MESES. Quince (15) días hábiles antes de dicho vencimiento, el arrendatario deberá entregar un nuevo aval al arrendador en las mismas condiciones y plazo que el anterior. La falta de entrega de dicho aval será considerado un incumplimiento grave del presente contrato y facultará a la parte arrendadora a ejecutar el aval vigente. Se adjunta fotocopia del aval Como Anexo II.

OCTAVA.- ENAJENACIÓN DE LA VIVIENDA.

Queda aceptado expresamente por el arrendatario, que el arrendador se reserva la facultad de vender libremente, y en cualquier momento, el inmueble objeto de este contrato, a cualquier persona física ó jurídica, sin causar alteración alguna en las condiciones y efectos de este contrato. En este caso, la parte arrendataria tendrá prioridad igualando la mejor de las ofertas.

NOVENA.- VISITAS.

El arrendatario permitirá el acceso a la vivienda objeto de este contrato, del arrendador, su administrador, o de cualquier otra persona que les represente a ellos, para inspeccionar el funcionamiento de cualquier servicio, o para la comprobación del cumplimiento de las obligaciones contractuales del arrendatario, o para cualquiera otra gestión. Ello con la debida coordinación para no distorsionar la actividad en el inmueble.

DÉCIMA.- DERECHO APLICABLE.

El presente contrato se regirá por las condiciones que en el mismo se establecen, en su defecto por lo dispuesto en el Título III de la Ley de Arrendamientos Urbanos 29/1994 y, supletoriamente por lo dispuesto en el Código Civil.

DÉCIMOPRIMERA.- JURISDICCIÓN.

Las partes haciendo renuncia al Fuero que pudiera corresponderles, se someten expresamente a la jurisdicción de los juzgados y tribunales de Santander para cualquier divergencia que pudiera surgir sobre la interpretación o ejecución del presente contrato.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, ambas partes firman el presente documento, por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha “ut supra” indicados.

EL ARRENDATARIO EL ARRENDADOR

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