CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DE MEDIACION EN COMPRA VENTA INMOBILIARIA
Enviado por monto2435 • 9 de Marzo de 2018 • 1.345 Palabras (6 Páginas) • 478 Visitas
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TERCERA...- (PRECIO) “EL PROPIETARIO” SEÑALA QUE ES SU INTENCION VENDER EL INMUEBLE EN EL PRECIO Y CONDICIONES DE PAGO QUE HAN QUEDADO ESPECIFICADAS EN LAS DECLARACIONES “E1” Y “E2”, ESTANDO OBLIGADO “EL PROFESIONAL” A PASAR A SU CONSIDERACION TODAS LAS OFERTAS QUE SE LE PRESENTEN HASTA LA ACEPTACION DE ALGUNA DE ELLAS.
SOLO SE PODRAN MODIFICAR LAS CONDICIONES DE COMPRA VENTA CONSIGNADAS EN ESTE CONTRATO, POR ESCRITO FIRMADO DE CONFORMOMIDAD POR AMBAS PARTES,SIEMPRE Y CUANDO NO SE HUBIERE RECIBIDO UNA OFERTA BAJO LAS CONDICIONES DE COMPRA VENTA PACTADAS PREVIAMENTE.
CUARTA .- ( VIGENCIA) LA DURACION DEL PRESENTE CONTRATO SERA LA SEÑALADA EN LA DECLARACION “E3” . SI AL TERMINO DE DICHO PLAZO NO EXISTE MANIFESTACION EN CONTRARIO POR ESCRITO CON ACUSE DE RECIBO SE RENOVARA POR PERIODOS SUCESIVOS DE 60 DIAS NATURALES.
DURANTE LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO “EL PROFESIONAL” TENDRA CON CARÁCTER DE EXCLUSIVA LA INTERMEDIACION DE LA OPERACIÓN DE COMPRA VENTA DEL INMUEBLE POR LO QUE SI “EL PROPIETARIO” LO VENDE POR SI MISMO O CON LA INTERMEDIACION DE TERCEROS SE OBLIGA A PAGAR A “EL PROFESIONAL” LOS HONORARIOS ESTABLECIDOS EN ESTE DOCUMENTO.
AUN CUANDO “EL PROPIETARIO” DIERA POR TERMINADO ANTICIPADAMENTE EL PRESENTE CONTRATO O DECIDIERA EN FORMA UNILATERAL RETIRAR LA PROPIEDAD DEL MERCADO “EL PROPIETARIO” ESTARA OBLIGADO AL PAGO DEL 50% DE LOS HONORARIOS PACTADOS EN LA DECLARACION “E6” DE ESTE CONTRATO, TOMANDO COMO BASE PARA EL CALCULO EL P´RECIO ESTIPULADO EN LA DECLARACION “E1” DE ESTE MISMO INSTRUMENTO.
QUINTA.- (HONORARIOS) LAS PARTES CONVIENEN EN QUE “EL PROFESIONAL” COBRARA COMO HONORARIOS POR LOS SERVICIOS PRESTADOS ,LA CANTIDAD SEÑALADA EN LA DECLARACION “E6” MAS SU CORRESPONDIENTE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, EN ESTE CASO LOS GASTOS DE PUBLICITARIOS BASICOS CORRERAN POR CUENTA DE “EL PROPIETARIO” SIENDO REQUERIDO EL MONTO ESTANDAR DE $7000.00 SIETE MIL PESOS QUE SERAN RECUPERABLES AL MOMENTO DE LA FIRMA DE LA COMPRA VENTA.
EL PAGO DE LOS HONORARIOS DEBERAN SER CUBIERTOS EN LA PRIMERA EXHIBICION DE PAGO A LA FIRMA DE LA COMPRA VENTA.
EN CASO DE QUE “EL PROPIETARIO”NO CUBRA OPORTUNAMENTE A “EL PROFESIONAL” LOS HONORARIOS DEVENGADOS SEGÚN SE SEÑALA EN LA DECLARACION “E6” DEBERA PAGAR COMO INDENMIZACION EL 5% MENSUAL CALCULADO SOBRE EL TOTAL DE LOS HONORARIOS HASTA EL PAGO DE AMBOS CONCEPTOS. LA INDEMNIZACION NO PODRA SER MAYOR AL 100% DE LOS HONORARIOS.
SEXTA.- (EVENTUALIDADES) SI “EL PROPIETARIO” DECIDIESE RECHAZAR ALGUNA OFERTA DE COMPRA RECIBIDA POR ESCRITOPOR “EL PROFESIONAL” EN EL PRECIO Y CONDICIONES ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE CONTRATO ,O SE DESISTE DE LLEVAR ADELANTE Y CONTINUAR CON LA OPERACIÓN DE COMPRA VENTA UNA VEZ QUE HAYA ACEPTADO EXPRESAMENTE ALGUNA OFERTA DISTINTA ,PAGARA A “EL PROFESIONAL” LOS HONORARIOS CONVENIDOS EN ESTE INSTRUMENTO DE ACUERDO CON EL PRECIO DE VENTA SEÑALADO EN EL MISMO O EN BASE AL PRECIO DE COMPRA OFRECIDO EN EL SEGUNDO CASO.SI LLEGARA A NO REALIZARSE LA OPERACIÓN DE COMPRA VENTA UNA VEZ FIRMADO EL CONTRATO PRELIMINAR RESPECTIVO CON EL COMPRADOR “EL PROFESIONAL” TENDRA DERECHO A COBRAR SUS HONORARIOS POR LOS SEWRVICIOS PRESTADOS , NO IMPORTANDO CUAL DE LAS PARTES SEA LA RESPONSABLE DEL INCUMPLIMIENTO.
SEPTIMA.- (MANTENIMIENTO DEL INMUEBLE) SERA RESPONSABILIDAD DE”EL PROPIETARIO” LA LIMPIEZA ,LA CONSERVACION Y SEGURIDAD DE “EL INMUEBLE” ASI COMO EL PAGO DE TODO TIPO DE SERVICIOS COMO TELEFONO,Y ENERGIA ELECTRICA DURANTE TODO EL TIEMPO QUE ESTE VIGENTE EL PRESENTE CONTRATO Y HASTA LA ENTREGA DEL INMUEBLE AL COMPRADOR.
SI EL INMUEBLE SE ENCUENTRA DESHABITADO NO DEBERA CONTENER OBJETOS DE ALTO VALOR QUE PUDIERAN SER MOTIVO DE CONTROVERSIA.
OCTAVA.- (JURISDICCION) PARA LA INTERPRETACION Y CUMPLIMIENTO DE ESTE CONTRATO, LAS PARTES MANIFIESTANSU CONFORMIDADEN SOMETERSE A LA JURISDICCION DE LOS TRIBUNALES DE LA CIUDAD DE XALAPA,VERACRUZ RENUNCIANDO EXPRESAMENTE AL FUERO DE SU DOMICILIO PRESENTE O FUTURO,Y RECONOCE LA ATRIBUCION DE LA PROCURADURIA DEL CONSUMIDOR EN TERMINOS DEL ARTICULO 24,FRACCION XVI DE LA LEY QUE RIGE.
FIRMADO POR LAS PARTES EN SEÑAL DE CONFORMIDAD EN DOS TANTOS EN LA CIUDAD DE XALAPA,VERACRUZ,EN LA FECHA SEÑALADAEN LA DECLARACION “E4”.
“EL PROPIETARIO” “EL PROFESIONAL”
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------------------------------- Lic. Francisco Alvarado M.
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