CONVENIO DE RESCISION DE ARRENDAMIENTO
Enviado por Mikki • 9 de Febrero de 2018 • 1.441 Palabras (6 Páginas) • 358 Visitas
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SEGUNDA.- En virtud del presente convenio, “LA SEGUNDA PARTE” reconoce a la señora LUZ BERTHILA PEREA FIERRO como arrendataria primitiva de los respectivos contratos de arrendamientos celebrados sobre los locales comerciales y casa-habitación descritos en el presente convenio.
TERCERA.- Al momento de la firma del presente convenio, la señora LUZ BERTHILA PEREA FIERRO entrega en propiedad y como dación en pago a ”LA SEGUNDA PARTE” una “Traila” o Móvil-home color plata con franjas doradas, de aproximadamente 3 pies de largo por 08 pies de ancho, con placas de Arizona número T 21239, serie número 7RTF-S428; así como los bienes muebles consistentes en menaje de dicha “Traila”, así como todos los muebles usado o nuevos que se encuentren dentro o en el patio trasero o delantero del domicilio ubicado en Avenida Mar Bermejo 350 del Puerto de San Felipe, Baja California por concepto de pago total de adeudo por rentas de los Locales comerciales y casa-habitación ubicados en el domicilio mencionado, asimismo incluye el pago de los daños causados en la Barda Posterior del multicitado domicilio. Como consecuencia del pago que se realice, se tendrá a ”LA SEGUNDA PARTE” otorgando el más amplio finiquito que en derecho proceda a favor de “LA PRIMERA PARTE”, por la cantidad antes descrita debida y totalmente cubierta, teniéndose en dicho acto por total y absolutamente pagado el adeudo referido, sin que “LA SEGUNDA PARTE”, se reserve acción y/o derecho alguno por ejercitar en contra de “LA PRIMERA PARTE” por dicho concepto, ni presente ni futuro; lo anterior para todos los efectos legales a que haya lugar.
CUARTA.- En virtud del presente convenio, las partes dan por terminado todo relación contractual o de cualquier índole relacionada con los Locales comerciales y casa-habitación ubicados en Avenida Mar Bermejo 350 del Puerto de San Felipe, Baja California, sin reservarse acción legal alguna al respecto.
QUINTA.- Al momento de la firma del presente convenio, “LA PRIMERA PARTE” hace entrega física y material a la “SEGUNDA PARTE”, de los Locales comerciales y casa-habitación ubicados en Avenida Mar Bermejo 350 del Puerto de San Felipe, Baja California, mismo que desde este momento se reconoce que se encuentra en buenas condiciones, sin daño o deterioro alguno.
SEXTA.- En virtud de lo anterior, si cualquiera de las partes lo consideran necesario, ambas Partes en este acto, se obligan a comparecer ante EL JUEZ MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN SAN FELIPE BAJA CALIFORNIA, a efecto de ratificar el presente convenio.
SEPTIMA.- Ambas partes en este acto acuerdan que quedan compensados los saldos adeudados, sin limitación o restricción alguna, y por ello, se otorgan el más amplio y eficaz finiquito que en derecho proceda. No reservándose acción legal alguna de cualesquier índole relacionado con el inmueble aquí descrito o con las consecuencias del mismo.
OCTAVA.- Ambas partes manifiestan que en el presente convenio de finiquito no existe dolo, error, lesión y/o cualquier otro vicio del consentimiento que pudiera invalidar el presente convenio manifestando de igual forma ambas partes que tampoco sufren lesión o menoscabo en su patrimonio, no teniéndose nada que reclamarse mutuamente sobre este particular.
NOVENA.- Para cualquier controversia a que de lugar el presente convenio, las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los tribunales de la ciudad de Mexicali, Baja California, renunciando a cualquier otro domicilio que pudiera corresponderles, por razón de sus domicilios presentes o futuros, o por cualquier otra causa.
Leído que fue el presente convenio, explicando su valor y fuerza legal a las partes cuya identidad y capacidad se comprobaron, los otorgantes firman el presente convenio finiquito, el día 06 de abril de 2010.
“LA PRIMERA PARTE” ”LA SEGUNDA PARTE”
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LUZ BERTHILA PEREA FIERRO ANGELINA MEZA ORDUÑO
TESTIGOS
_______________________________ __________________________________ JOSE GUADALUPE RANGEL ALCALA VÍCTOR MANUEL TRUJILLO MOSQUEDA
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