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Comienzo desde la concepción

Enviado por   •  27 de Noviembre de 2018  •  1.400 Palabras (6 Páginas)  •  255 Visitas

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La Convención interamericana contra toda forma de discriminación contra la discapacidad. Ley 25280

La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Ley 26.378

los Estados Partes tomarán todas las medidas que sean pertinentes y efectivas para garantizar el derecho de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, a ser propietarias y heredar bienes, controlar sus propios asuntos económicos y tener acceso en igualdad de condiciones a préstamos bancarios, hipotecas y otras modalidades de crédito financiero, y velarán por que las personas con discapacidad no sean privadas de sus bienes de manera arbitraria

Frente a este panorama el Código Civil y Comercial incorpora en su artículo 31 una serie de principios generales ajustados a los postulados convencionales y la legislación interna vigente:

. La capacidad de ejercicio se presume.

. Las limitaciones son excepcionales

. La intervención estatal es interdisciplinaria.

. La persona tiene derecho a recibir información con medios y tecnologías adecuadas para su comprensión.

. La Persona tiene derecho a participar en todo proceso que lo involucre con asistencia letrada.

. Deben priorizarse las alternativa terapéuticas menos restrictivas.

Restricción judicial de la capacidad para persona. Mayor de 13 años. Art. 32

Adicción o alteración mental permanente o prolongada grave de modo tal que pueda resultar un daño para su persona o bienes.

Se le designa apoyos (art 43).

Por excepción si está absolutamente imposibilitada de interaccionar con su entorno y expresar su voluntad de cualquier modo, y el sistema de apoyos resulta ineficaz hay declaración de incapacidad y designación de curador.

LEGITIMADOS:

Propio interesado.

Cónyuge o conviviente

Parientes, 4° grado consanguíneos 2° de afinidad.

Art. 34 Medidas cautelares para garantizar durante el proceso sus derechos personales y patrimoniales.

Art. 35 Entrevista personal con asistencia del Ministerio Público y en letrado que los asista.

Art. 36. Intervención del interesado en el proceso. Participación con abogado.

Sentencia de incapacidad

Contenido:

a. diagnóstico y pronóstico.

b. época en que la situación se manifestó.

c. recursos personales y familiares existentes.

d. mayor autonomía posible

Es imprescindible el dictamen de un equipo interdisciplinario.

Alcances:

Extensión y alcance y actos que se limitan.

Una o más persona de apoyo o curadores.

Condición de validez de los actos sujetos a restricción.

Art. 39. Registración de la sentencia en el Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas.

Art. 40. Revisión.

En cualquier momento por pedido del interesado.

En un plazo no mayor de tres años.

Art. 41 Internación sin consentimiento

Fundada por un equipos interdisciplinario

Existencia de riesgo inminente para sí o para terceros

Recurso terapéutico de carácter restrictivo.

Debido proceso.

Especificar finalidad, duración y periodicidad de la revisión.

Art. 42 Traslado.

La autoridad pública puede disponer el traslado a un centro de salud, cuando su estado no admite dilaciones y se encuentra en riesgo cierto e inminente de un daño para sí o para terceros.

APOYOS Art. 43

Medida de carácter judicial o extrajudicial que facilite la toma de decisiones para dirigir su persona y administrar sus bienes.

Promover la autonomía y facilitar la comunicación.

El interesado propone una o más personas de su confianza.

El juez debe evaluar los alances de la designación y evitar eventuales conflictos o influencia indebida.

Se inscribe ser necesario

Actos.

Posteriores. (nulos los que contrarían la sentencia)

Anteriores.

Pueden se declararse nulos si:

La enfermedad era ostensible

Quien contrató era de mala fe

El acto es a título gratuito.

Cese

Se decreta por el juez que la declaró previo examen de un equipo interdisciplinario.

Inhabilitados

Art. 48 Pródigos.

Gestión de sus bienes que exponga a cónyuge, conviviente hijos menores o con discapacidad a la pérdida del patrimonio.

Alteración funcional permanente y o prolongada, física o mental que en relación a su edad y medio social implica desventajas considerables para su integración familiar social educacional o laboral.

Acción: cónyuge, conviviente, ascendientes y descendientes.

Designación de un apoyo que debe asistir al inhabilitado en el otorgamiento de actos de disposición entre vivos y en los demás actos que fije el juez de la sentencia.

Cese

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