Como se da una buena Demanda de compensación
Enviado por Albert • 7 de Enero de 2019 • 3.407 Palabras (14 Páginas) • 411 Visitas
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es en razón de su papel determinado por el rol asumido por cada uno de ellos y en beneficio de los hijos, es por eso los criterios de la Primera sala de más Alto tribunal, es y fue la finalidad de crear un mecanismo compensatorio que esta aceptado en nuestro código.
3- Este heho es porque la Suprema corte hiso notorio el mismo, esta transcrito lo publicado en el periódico : CIUDAD DE MÉXICO, 27 de septiembre.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es legal compensar hasta con el 50 por ciento de los bienes adquiridos en el matrimonio al cónyuge que se hubiera dedicado al hogar y a los hijos durante el tiempo que duró la relación.
El fallo fue emitido por la primera sala de la Corte al negar un amparo a un hombre que argumentó era ilegal la disposición del Código Civil para el Distrito Federal en su artículo 267 fracción I, la cual prevé beneficiar hasta con la mitad de los bienes generados durante el matrimonio a quien se haya dedicado a las labores domésticas durante el matrimonio.
El quejoso sostenía que dicha fracción era retroactiva y por ello violaba sus derechos jurídicos.
Sin embargo, los ministros de la primera sala del alto tribunal estimaron que dicho argumento no era correcto, ya que el mecanismo compensatorio que contempla la ley tiene como fin "resarcir el perjuicio económico causado al cónyuge que vio mermadas sus posibilidades de desarrollarse" con igual tiempo, intensidad y diligencia en una actividad en el mercado laboral convencional para dedicarse a labores de casa y de cuidado, en caso de que haya hijos.
BIBLIOGRAFÍA. BRENA SESMA, Ingrid; Derechos del hombre y de la mujer divorciados, “Colección Nuestros Derechos”; H. Cámara de Diputados, LVIII Legislatura, Universidad Nacional Autónoma de México; México 2000; Biblioteca Jurídica Virtual, en www.juridicas.unam.mx. BRENA SESMA, Ingrid; “Reformas al Código Civil en materia de matrimonio”, Revista de Derecho Privado número 1, Biblioteca Jurídica Virtual, en www.juridicas.unam.mx.
PENSIÓN COMPENSATORIA PARA DESPUÉS DEL DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO.
4- También la Primera Sala en el libro 22, de septiembre del 2015 Tomo I tesis: 1ª. CCLXX/ 2015 pag. 322 Decima Epoca. indica : TRABAJO DEL HOGAR PARA ESTABLECER EL MONTO DE LA COMPENSACION PREVISTA EN EL ARTICULO 267, FRACCION VI , DEL CODIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL, EL JUEZ DEBE CONSIDERAR SUS DIVERSAS MODALIDADES.
Dada la multiplicidad de las actividades de las tareas del hogar, tanto del mismo como fuera de, son y deben ser compensadas porque así el otro cónyuge que es el proveedor , pueda cumplir su parte sabiendo que la familia estará bien , y que las condiciones sean idénticas para ambos cónyuges, por asi determinarlo la propia Ley, para evitar la eventual desproporción del perjuicio económico a resistir cualquiera de ellos, y no transgrede los principios de legalidad y de justicia garantizados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
5-Dejando claro dos criterios, uno del porcentaje del valor y el segundo de ser en la demanda de divorcio o posterior, no hay impedimento legal que lo impida, vinculándolo con los Derechos humanos y la convención Americana sobre los mismos, además no hay compensación si no hay divorcio.
6-Como se aprecia en las copias certificadas de la sentencia del divorcio, me case en 1986 y el divorcio fue en 2009, 23 años de casada dedicada al hogar y a la educación de mis tres hijos por lo cual es justo y entendible mi derecho a la compensación asi como la igualdad de prerrogativas y responsabilidades de ambos cónyuges derivados de la disolución del vinculo matrimonial y de el detrimento de una justicia distributiva.
7- El requisito esencial exigido por la ley es que uno de los cónyuges por causa del divorcio sufra un menoscabo económico. El cual podrá devenir en la mayoría de los casos de la dedicación del cónyuge al hogar, este menoscabo económico, en la mayor parte de los casos, será consecuencia de haberse dedicado el cónyuge beneficiario al cuidado de los hijos y/o a las labores propias del hogar común y no haber podido desarrollar una actividad remunerada o lucrativa durante el matrimonio, o haberlo hecho en una menor medida de lo que podía y quería y al haberme privado de ello , es por lo que no tengo ningún bien y por eso recurro a Usted, porque el objeto de la compensación económica es remediar la disparidad derivada de la carencia de medios que provoca la terminación del matrimonio y así evitar que se materialice un empeoramiento futuro previsible para el acreedor. Luego entonces el fin es se le conceda una suma de dinero que le servirá de base para rehacer mi vida .
8-Finalmente, debemos dejar claro que la compensación económica no corresponde al valor de lo que habría podido obtener el cónyuge actor en el presente, de haber trabajado o de haberlo hecho en mayor medida, y de allí que no proceda examinar los montos de cotizaciones previsionales de ambos cónyuges, ya que a través de esta institución no se trata de indemnizar la pérdida de una ganancia que pudiera darse, es decir, su objetivo no es restituir lo perdido por su equivalente exacto, sino que sólo busca mitigar la situación económica desmedrada que afecta a quien tiene derecho a ella.
9- Como lo indica los tribunales colegiados en diversas tesis, transcribo una de ellas, porque es mi caso planteado en la presente que busco:…. ”resarcir el perjuicio económico sufrido por el cónyuge que, en aras del funcionamiento del matrimonio, asumió determinadas cargas domésticas y familiares sin recibir remuneración económica a cambio. En este sentido, aquella persona que durante el tiempo que duró el matrimonio reportó costos de oportunidad que generaron un efecto desequilibrador en su patrimonio, tendrá derecho a exigir un resarcimiento por ello.” Lo cual es de justicia y equidad por lo trabajado en el hogar y que aún lo sigo realizando, con mi hijo que vive conmigo porque estudia todavía.
10- Puedo demostrar con mis vecinos, amigos y mis hijos, lo aquí manifestado , porque es obvio que sus testimonios son lo que vivieron conmigo y pudieron darse cuenta de los trabajos que realizamos tanto mi exesposo como su servidora en la familia en el papel, asi como estar orgullosa del estado actual de los hijos por la labor hecha aceptada voluntariamente y de mutuo acuerdo.
11- Jurídicamente la compensación económica no está catalogada específicamente de responsabilidad civil o de una obligación alimenticia y podría adaptarse mejor como un tipo de indemnización por afectación legal de derechos (en este caso, la asistencia económica del estatuto matrimonial). El requisito
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