Condiciones Generales de contratacion.
Enviado por Ensa05 • 19 de Febrero de 2018 • 2.369 Palabras (10 Páginas) • 513 Visitas
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8.- ADJUDICACIONES
La prestación de los servicios será adjudicada al oferente cuya oferta -a solo criterio de OILSTONE ENERGIA S.A - resulte la más conveniente a los intereses de ésta. Por lo tanto, el rechazo de las ofertas o el dejar desierta la licitación no dará derecho al oferente para reclamar daños y perjuicios ni OILSTONE ENERGIA S.A estará obligada, de manera alguna, a informar los motivos de su decisión.
La adjudicación será comunicada por OILSTONE ENERGIA S.A de la manera que ésta última considere más conveniente.
9.- PLAZOS
Todos los plazos -salvo indicación en contrario- se entenderán siempre referidos a días y horas corridos. Según lo indicado por el proveedor en su documento “cotización”.
10.- Entrega de elementos / bienes
El contratista deberá informar en su documento “Cotización” detalles sobre la entrega del bien; transporte, fechas y horarios. Sera responsable hasta la entrega del mismo en almacenes OILSTONE ENERGIA S.A – El seguimiento del estado “en tránsito” del bien será responsabilidad del proveedor / contratista
11.- FACTURACIÓN
Las facturas deben enviarse / entregarse en oficinas de OILSTONE ENERGIA S.A
Calle Principal Saez 792, Cutral Co.
De lunes a viernes de 9 a 16:30hs
o por correo electrónico a sduran@oilstone.com.ar ; hcapobianco@oilstone.com.ar
En denominación deberá decir: "OILSTONE ENERGIA S.A”
Debe contener el N° de C.U.I.T.: 30-71173275-2
No podrá presentarse facturas que incluyan órdenes de compras diferentes.
Cada factura debe referenciar a una orden de compra.
El número de orden de compra indicado en la factura debe coincidir con el indicado en la certificación. No se recibirán factura que no posean el certificado correspondiente.
12.- PAGO
La moneda de pago de todas las facturas será siempre en pesos.
Si la moneda de contratación es dólar estadounidense, habiendo confirmado esto mediante la cotización y la aceptación de la misma por parte de OILSTONE ENERGIA S.A, el proveedor deberá facturar en dólares estadounidenses, indicando en la factura su valor en letras y aclarar la moneda. La factura debe contener la leyenda: "A efectos impositivos, el tipo de cambio tomado es de U$S1=$***, para lo cual se debe tomar de la página web del Banco Nación Argentina la cotización del dólar estadounidense,
referenciada en "Cotización Divisas”, tipo de cambio Vendedor, del día anterior a la fecha de emisión de la factura.
Se aceptara la emisión de notas de débito y/o crédito por diferencia de cambio, solo en el caso que la diferencia en la cotización del dólar estadounidense, tipo de cambio vendedor del BNA, supere en un 5% el valor de la factura original y el monto de la diferencia generada en pesos sea superior a $ 500.
El plazo de pago es de 30 días desde la fecha de la recepción de facturas.
13- SITUACIÓN IMPOSITIVA LEGAL
Es responsabilidad del proveedor la presentación de la documentación impositiva y/o legal necesaria para su alta en OILSTONE ENERGIA S.A así como la integración de los formularios que se soliciten.
14.- PENALIDADES
En la ejecución del presente el régimen de penalidades, salvo que OILSTONE ENERGIA S.Adetermine o complemente con otro régimen específico en el Pliego de Cláusulas Particulares, será el que más abajo se detalla:
- Si por causas imputables a EL CONTRATISTA, y por negligencia de este no comenzara con la prestación de los servicios, demorara el inicio de tareas o la terminación de las mismas, o el servicio prestado se ve afectado en calidad, OILSTONE ENERGIA S.A descontara un monto equivalente al 5 % (cinco por ciento) del monto total de la oferta indicada en la OC (Orden de compra), por cada semana de demora (Hábil cinco días), hasta alcanzar un máximo del 20 % (veinte por ciento) del monto total de la oferta.
- Si EL CONTRATISTA no cumpliere con cualquiera de las disposiciones referidas a la Seguridad y al Medio Ambiente vigentes en el lugar donde se llevarán a cabo los trabajos establecidas en: los anexos del presente; la normativa Nacional, Provincial o Municipal que regula la materia, OILSTONE ENERGIA S.A podrá aplicarle una multa equivalente al 5% del valor total de la oferta.
- Cuando por incapacidad operativa, EL CONTRATISTA no pudiese cumplir con un servicio ordenado por OILSTONE ENERGIA S.A, esta última lo efectuará por sí o por terceros con cargo a EL CONTRATISTA con más un veinte por ciento (20 %) por gastos administrativos.
- En caso de pérdida o extravío de materiales entregados por OILSTINE ENERGIA S.A, EL CONTRATISTA deberá abonar a OILSTONE ENERGIA S.A su valor de reposición.
- El cinco por ciento (5 %) de la facturación total autorizada del mes que corresponda su aplicación, por cada día de atraso en el cumplimiento de una Orden de Servicio, hasta alcanzar un máximo del veinticinco por ciento (25 %) de la facturación total autorizada del mes que corresponda.
- Por falta de entrega de los Partes Diarios en los términos establecidos, o por suministrar información incorrecta, el dos por ciento (2 %) de la facturación total del mes en que corresponda su aplicación, cada vez que ello ocurriera hasta alcanzar un máximo del veinte por ciento (20 %) de la facturación total autorizada del mes que corresponda.
15.- Materiales especiales
La responsabilidad del transporte, traslado, movimiento de los materiales identificados como “especiales” tanto por sus medidas como por su naturaleza, es del proveedor hasta la entrega en instalaciones de OILSTONE ENERGIA S.A, así como su identificación, declaración y
16.- RESOLUCION ANTICIPADA
a) - En caso de incumplimiento del CONTRATISTA de cualquiera de las obligaciones a su cargo, OILSTONE ENERGIA S.A intimará al CONTRATISTA para que en un plazo razonable según la naturaleza del servicio y las necesidades operativas de OILSTONE ENERGIA
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