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Contestación Juicio Ejecutivo Mercantil. CAPITULO DE DEFENSAS Y EXCEPCIONES

Enviado por   •  14 de Noviembre de 2018  •  1.103 Palabras (5 Páginas)  •  523 Visitas

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3.- TESTIMONIAL.- Con cargo de la C. ROSARIO SALAZAR BERNAL, quien funge como distribuidor 645 de la tienda B HERMANOS, sobre hechos con respecto al vale 2560000 expedido por la suscrita MARÍA ESTHER LÓPEZ VILLEGAS, la cual deberá ser citada a absolver posiciones que se le formularan el día y hora que se fije en este H. Juzgado, apercibida de ser declarada confesa en caso de no ocurrir sin justa causa y conforme al pliego de posiciones que se acompañara. Se ofrece en términos de los artículos 1211,1212 y 1214 del Código de Comercio.

4.- INFORME.- El que deberá rendir la moral denominada B HERMANOS, de esta ciudad, a través del cual deberá informar y exhibir a este H. Juzgado lo siguiente:

a).- Si la C. MARIA ESTHER LÓPEZ VILLEGAS cuenta con un adeudo en dicha tienda y si es así exhibir dicho monto, o estado de cuenta con respecto al vale 2560000, del distribuidor 645 ROSARIO SALAZAR BERNAL.

b).- El importe total de los pagos efectuados identificados con el nombre de la C. MARIA ESTHER LÓPEZ VILLEGAS, del crédito con respecto al vale 2560000, del distribuidor 645 ROSARIO SALAZAR BERNAL desde el mes de ABRIL DEL 2016 AL MES DE OCTUBRE DEL 2016, como fueron aplicados.

Esta probanza se ofrece para que esta parte demandada este en aptitud de conocer y para poder determinar si se aplicaron debida y correctamente los pagos efectuados a nombre de la C. MARIA ESTHER LÓPEZ VILLEGAS, si los pagos que se efectuaron coinciden perfectamente y se identifican con el documento base de la acción.

5.- LA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES.- Consistente en todas y cada una de las actuaciones que se integran en el expediente y que se deriven de las admitidas y efectuadas en autos, desde luego las que tienden a favorecerme en términos del artículo 1294 del Código de Comercio.

6.- LA PRESUNCIONAL.- Se hace valer en su triple aspecto, lógica, legal y humana, consistente en toda aquella presunción que se desprenda de los hechos admitidos expresa y tácitamente por la parte contraria y de los hechos que se demostraran en este juicio y que me favorezcan. Se ofrece en términos de los artículos 1277, 1278,1279 y 1306 del Código de Comercio.

EN GENERAL TODAS ESTAS PRUEBAS LAS RELACIONO CON TODOS Y CADA UNO DE LOS CONCEPTOS DE CONTESTACIÓN A LAS PRESTACIONES, A LOS HECHOS Y CON TODAS Y CADA UNA DE LAS EXCEPCIONES Y DEFENSAS QUE FORMAN EL ESCRITO DE CONTESTACIÓN A LA DEMANDA.

Por lo anteriormente expuesto y fundado,

A usted C. JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL, hago los siguientes PETITORIOS:

PRIMERO.- Se me tenga por presentando con este escrito, por dando contestación en tiempo y forma, a la demanda instaurada en mi contra. La cual se ventila en la vía ejecutiva mercantil, bajo el expediente número 508/2017.

SEGUNDO.- Tener por ofrecidas las pruebas relacionadas en este escrito, admitiéndolas en su oportunidad por encontrarse ajustadas a derecho.

TERCERO.- En su oportunidad y previos los tramites de ley, se dicte sentencia que absuelva del pago de las prestaciones reclamadas por la parte actora, por no ser procedentes conforme a derecho.

CUARTO.- El pago de gastos y costas que me genere la presente demanda obscura y temeraria interpuesta en mi contra sin motivo y sin fundamento.

PROTESTO LO NECESARIO

MARIA ESTHER LÓPEZ VILLEGAS

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