Convenio de colaboración entre empresas vinculantes
Enviado por Rebecca • 23 de Noviembre de 2018 • 1.257 Palabras (6 Páginas) • 297 Visitas
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TERCERA. BIS. CONFIDENCIALIDAD. En caso de contravenir la cláusula anterior se obliga a la parte que la incumpla al pago de daños y perjuicios que se llegaren a originar.
CUARTA. DEL PRESENTE CONVENIO. Las partes convienen que del presente convenio no se crea relación laboral alguna, por lo tanto no podrá ser sometido el presente convenio ante las juntas locales de Conciliación y Arbitraje competentes en la región para dirimir controversias por razones de prestaciones, horarios, salario, y demás relativas a la Ley Federal del Trabajo, así mismo sólo acuerdan someterse a las presentes clausulas, y aquello que no esté previsto en el presente convenio se procederá conforme a la cláusula segunda, o lo que las partes convengan según sus intereses.
QUINTA. PROPIEDAD INTELECTUAL. La titularidad de los derechos de autor corresponderá en su totalidad, en su aspecto patrimonial a MINT IT MEDIA, dando el debido reconocimiento moral y a quienes hayan intervenido en la realización del mismo. C4 TECHNOLOGIES, únicamente podrá solicitar información de los instrumentos que se gestionan en el presente convenio para fines comerciales, de distribución y publicidad, que deriven de la cláusula primera.
SEXTA. SACIONES POR INCUMPLIMIENTO. Cuando alguna de las partes suscritas por medio de sus representantes, incumpla con alguna de las cláusulas presentes, o no pueda contribuir debidamente con la finalidad del objeto que se suscribe, pedirá que se subsane en un tiempo breve, y de no subsanarlo, la parte agravada podrá invalidar el presente convenio, en perjuicio que de no hacerlo, no será culpable la parte que lo incumple.
SÉPTIMA. RESPONSABILIDAD CIVIL. De manera expresa queda pactado en el presente convenio que las partes no tendrán responsabilidad civil por los daños y perjuicios que puedan causarse por caso fortuito o de fuerza mayor. Y en ningún caso se procederá a reconocer huelgas, toda huelga declarada a partir de suscribir y aceptar dicho convenio se declarará nula e inexistente, y se procederá conforme a la cláusula anterior.
OCTAVA. VIGENCIA DEL CONVENIO. El presente instrumento que se acuerda tendrá su vigencia a partir de la firma de ambas partes, y será por terminación de obra, prorrogable en términos iguales, previa evaluación de los resultados por escrito de ambas partes si así consienten ambos.
NOVENA. RESCICIÓN Y TERMINACIÓN ANTICIPADA. Cualquiera de las partes podrá rescindir en cualquier momento el presente convenio, sin necesidad de una declaración judicial, cuando medie incumplimiento de los compromisos aquí suscritos.
Las partes podrán de mutuo acuerdo terminar anticipadamente el presente convenio, sin que medie incumplimiento, sólo por así convenir a sus propios intereses.
DÉCIMA. MODIFICACIONES. El presente Convenio podrá ser modificado o adicionado por voluntad de las partes; mediante la firma del Convenio Modificatorio respectivo, dichas modificaciones o adiciones obligarán a los signatarios a partir de la fecha de su firma, misma que no anulará el presente convenio, a menos que se estipule uno con nueva vigencia que las partes señalen y así consientan en los mismos términos del presente convenio.
DÉCIMA PRIMERA. INTERPRETACIÓN Y CUMPLIMIENTO. Las partes convienen que el presente instrumento es producto de la buena fe, por lo que toda controversia e interpretación que se derive del mismo, respecto de su operación, formalización y cumplimiento, será resuelta por ambas partes de común acuerdo.
Leído que fue el presente instrumento y enteradas las partes de su contenido y alcances, lo firman por C4 TECHNOLOGIES, la C. KARLA AZPEITIA GONZALEZ, y por MINT IT MEDIA, el C. ALEJANDRO ROMO MARTINEZ, en la ciudad de Tijuana Baja California, a los 16 días del mes de Agosto del 2011.
KARLA AZPEITIA GONZALEZ. ALEJANDRO ROMO MARTINEZ.
C4 TECHNOLOGIES S. DE R. L. DE C. V. MINT IT MEDIA
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