DEFINITIVO NORMAS DE CONVIVENCIA PDL 2016-2017 ESCUELA POLITA DE LIMA.
Enviado por Antonio • 2 de Julio de 2018 • 21.687 Palabras (87 Páginas) • 388 Visitas
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Numero de Instituciones por circuito y numero del mismo.
Las instituciones que conforman el circuito son tres: Liceo Bolivariano Tacuato, Escuela Primaria Bolivariana El Taque NER 190 y Escuela Primaria Bolivariana Polita D Lima. Circuito # 19.
Estructura Organizativa
La Escuela Primaria Bolivariana Polita D' Lima actualmente cuenta con:
Dos Subdirectores. Primaria (E) - Inicial
Diecisiete docentes de aula primaria.
Ocho docentes de aula inicial convencional.
Tres docentes de atención educativa no convencional.
Dos asistentes de aula.
Un coordinador SAE.
Dos coordinadores de Formación Inicial Pedagógica.
Dos secretarias.
Dos servidores de centro de recurso del aprendizaje.
Un tutor CBIT-
Siete aseadores del nivel primaria.
Dos aseadores del nivel de Inicial
Un jardinero.
Un vigilante escolar con licencia sindical.
Un vigilante diurno del nivel de inicial
Once cocineras de la Patria SAE.
Consejo Educativo Escolar.
Límite Espacial.
El personal directivo y docente son responsables de los niños y niñas mientras permanezcan en horario de clase, por lo que deben velar por su integridad física y mental. Por ningún motivo se debe permitir la salida de los estudiantes antes de culminar la jornada sin la debida autorización de su representante legal.
La responsabilidad del docente del nivel de educación inicial, sobre el niño o niña termina una vez que su representante legal o el transporte escolar lo retira del plantel culminada la jornada.
En el nivel de educación primaria la institución se responsabiliza de la actuación de los estudiantes siempre y cuando el evento fortuito ocurra en el perímetro de 100mts; y debe auxiliar o amonestar al estudiante de acuerdo al caso que se presente, después de ese límite es responsable el padre, madre o representante legal de los o las estudiantes. Los docentes de guardia entregan a los niños hasta 15 minutos de la hora de salida, a sus respectivos transportes privados tanto para la básica como para inicial.
CAPITULO II
Fundamentación Legal
Las presentes normas de convivencias Se fundamentan legalmente en:
- Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.
- Ley Orgánica de Educación y su Reglamento General.
- Ley orgánica para la Protección del Niño, Nina y Adolescente.
- Reglamento del ejercicio de la Profesión Docente.
- Ley del Estatuto de la Función Publica.
- Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia.
- Ley Orgánica del Trabajo, Trabajador y Trabajadora.
- Ley Orgánica del Deporte, Actividad Física y Educación Física.
- Ley Nacional de la Juventud.
- Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos.
- Ley de procedimientos especiales en materia de protección de Familia, Niño, Niña y Adolescente.
- Ley para las personas con Discapacidad.
- Ley Especial contra los Delitos Informáticos.
- Ley Orgánica del Poder Popular.
- Ley Orgánica de los Consejos Comunales.
- Todas aquellas Resoluciones, Decretos y Circulares emanadas por el MPPE.
Visión
- Proponemos ser una Institución Educativa responsables de la transformación del quehacer educativo que genere conocimientos; respetando las individualidades de los niños, niñas y adolescentes, con actitudes solidarias, afectivas y creativas, es por ello que queremos ser referencia regional haciendo énfasis en la responsabilidad social del docente para dar respuesta efectivas, institucionales y comunitarias a los problemas del educando.
- Proponemos ser docentes creativos, flexibles, integrados pertinentes con sentido de equidad; que ayuda a afrontar cada contexto educativo y genere perfectos proyectos pedagógicos que permitan integrar equipos interdisciplinarios y las fuerzas vivas de la comunidad.
Misión
Somos un ente institucional que agrupa a niños y niñas de Educación Inicial y Primaria, con un equipo de profesionales auto- motivados, actualizados y comprometidos con la transformación del ser pensante, del hacer, del conocer y convivir en los valores; así como el estudio de aquellos factores de riesgo que colocan al niño en desventaja educacional que limita su desarrollo cognitivo.
Objetivos a alcanzar.
Este documento constituye los acuerdos de las normas de convivencia escolar y comunitaria que regirá el funcionamiento de la Escuela Bolivariana y Centro de Educación Inicial Polita D’ Lima, con el propósito de sistematizar la acción en el ámbito escolar. El cumplimiento de estos acuerdos es de carácter obligatorio, con el fin de una mejor convivencia entre todos los integrantes de la comunidad y garantizar a todos los y las estudiantes una educación integral, de calidad y permanente que contribuya al conocimiento y estudio de la constitución, el amor a la patria, en especial en lo dispuesto en la constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Ley Orgánica de Educación, Ley Orgánica de Protección del niño, niñas y adolescentes, en el título V, artículos 54,55,56 y 57 de la Ley Orgánica del Poder Ciudadano, Ley del Trabajo, Reglamentos, Resoluciones y circulares emanadas del Ministerio del Poder
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