Essays.club - Ensayos gratis, notas de cursos, notas de libros, tareas, monografías y trabajos de investigación
Buscar

DEMANDA DE USUCAPION

Enviado por   •  6 de Noviembre de 2018  •  5.106 Palabras (21 Páginas)  •  404 Visitas

Página 1 de 21

...

9.- Accedí a firmar ese convenio el 16 de agosto de 1978. Para el 25 de septiembre del mismo año, di cumplimiento al pago al que me había comprometido, consigné a favor de la inmobiliaria en el Juzgado la cantidad de $ 54,000.00 (CINCUENTA Y CUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.) por medio de billete de depósito No. 699384 expedido por Nacional Financiera a favor de inmobiliaria IPSA, S.A. más $ 240,120.00 (DOSCIENTOS CUARENTA MIL CIENTO VEINTE PESOS 00100 MN.) depositados en la Notaría Pública No. 28 de Tlalnepantla cuyo titular es el Lic. José Luis Masoy Kury también a favor de inmobiliaria IPSA, cantidades con las que quedaba cubierta la totalidad del adeudo que tenía contraída con la inmobiliaria.

10.- El 28 de noviembre de 1978, el Juez de la causa mediante resolución, manifestó que la suscrita había cumplido en tiempo y forma el convenio y por consecuencia el pago por parte de la demandada y ordenó a la actora recibir el importe de la operación celebrada.

11.- No obstante lo anterior, el 1° de diciembre de 1978 la parte actora apeló a la decisión del Juez, aludiendo que la demandada no había cumplido en tiempo y forma con el pago correspondiente, y el 8 de febrero de 1978 la 5° sala resolvió no admitir el recurso de apelación por tratarse de una cosa juzga y ejecutoriada ya que así fue solicitada por las partes en el convenio celebrado el 16 de agosto de 1978 y aprobada por el Juez de la causa según acuerdo de fecha 25 de agosto de 1978.

12.- Posteriormente el apoderado legal de la Inmobiliaria pidió al Juez de la causa se le endosara el billete de depósito que obraba el en seguro del juzgado, pero no hicieron nada para cancelar la hipoteca y recibir la cantidad depositada en la Notaría 28 de Tlalnepantla.

13.- Con el ánimo de agilizar los trámites, La demandada solicitó al FOVISSSTE el cambio de Notario, designándose al Notario 3 del Distrito Federal Lic. Felipe Carrasco Zanini para la cancelación de la multicitada hipoteca y la protocolización de la escritura.

14.- Nuevamente y por enésima ocasión, se le insistió a la inmobiliaria la entrega de las instrucciones para la cancelación de la hipoteca, sin resultado alguno.

El 12 de septiembre de 1980 le solicite al Juez de la causa instara a la parte actora para que de manera urgente hiciera la entrega al Notario No 3 del Distrito Federal de las multicitadas instrucciones para finiquitar la hipoteca.

El 18 de septiembre el Juez acordó en el sentido de dar un plazo de 3 días a la actora para que hiciera la entrega de las referidas instrucciones, apercibiéndole que de no cumplir con el ordenamiento sería sujeta de sanción.

15.- El 24 de septiembre de 1980 la actora dio cumplimiento a lo ordenado por el Juez pero solo de manera parcial, no entregó al notario la documentación completa por lo que no se pudo protocolizar la cancelación de la hipoteca.

16.- Nunca más tuve noticias de la Inmobiliaria IPSA ni de su representante legal, nunca terminaron de entregar al notario la documentación faltante, nunca más me pidieron el pago del saldo pendiente y tampoco hicieron nada por retirar de la Notaría la cantidad que a su favor obraba, con lo que inmobiliaria IPSA, S.A. y su representante legal demostraron un nulo interés jurídico para finiquitar la operación de compraventa del inmueble materia de este instrumento..

17.- En septiembre de 1981 el FOVISSSTE canceló el crédito que me había otorgado por no haber hecho uso de él.

18.- Cabe señalar, que tengo desde hace 36 años la posesión del multicitado inmueble a que la hago referencia en la primera parte de esta relatoría de hechos, la poseo a titulo de propietaria, de manera pacífica, de forma continua e ininterrumpida de manera pública y de buena fe.

PRUEBAS

- LA CONFESIONAL, a cargo de la demandada Inmobiliaria IPSA, S.A. que al tenor de las posiciones que contiene el pliego que en sobre cerrado se exhibirá en este juzgado en su oportunidad. Para el desahogo de esta prueba, pido a su Señoría se sirva mandar citar personalmente a la demandada a través de edictos, a efecto de que comparezca a este H. Juzgado a absolver las posiciones que se le articulen y sean previamente calificadas de legales, debiendo quedar apercibido de ser declarado confeso de las posiciones que se le articulen, para el caso de que no comparezca sin causa justificada, el día y hora que para el efecto su Señoría se sirva fijar.

Esta prueba se relaciona con los hechos: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 18 de la demanda.

Con esta prueba se pretende acreditar y se acreditará el hecho de que la demandada Inmobiliaria IPSA, S.A. ha demostrado un nulo interés jurídico

La razón por la que estimo que con esta prueba se acreditarán mis afirmaciones, lo es porque la confesión hace prueba plena.

- LA DOCUMENTAL PRIVADA: Consistente en el Contrato de Compra Venta, que acompaño como Anexo Uno a la presente demanda.

Relaciono esta prueba con los hechos 1, 2 y 3 de la Demanda

El objeto de esta prueba es acreditar a su Señoría que:

- la hoy demandada y el accionante celebramos Contrato de Compra Venta y que es traslativo de dominio del inmueble de referencia.

- Que tengo la posesión del el multicitado inmueble desde hace más de 36 años a titulo de propietaria, de buena fe, de manera continua e ininterrumpida, de forma pública.

- DOCUMENTAL PUBLICA: Consistente en copia certificada del expediente del juicio de recisión de contrato que entabló la hoy demandada en mi contra bajo el No. 2767/78 del juzgado Decimo Noveno de lo civil del Distrito Federal.

Relaciono esta prueba con los hechos 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 18 de la demanda.

El objeto de esta prueba es acreditar a su Señoría que la hoy demandada a mostrado a lo largo de los años un nulo interés jurídico en relación con el inmueble de referencia.

- LA CONFECIONAL: A cargo de las Sras. Cristina Hernández la cual puede ser notificada en las calles de Camino Real No. _____ e Isabel Estrada, la cual puede ser notificada en las calles de Herradura No.______, ambas en sección Alameda del Fraccionamiento Hacienda Ojo de Agua municipio de Tecámac C.P. 55770 Estado de México,

Esta prueba se relaciona con los hechos:

...

Descargar como  txt (31.3 Kb)   pdf (82.8 Kb)   docx (28.1 Kb)  
Leer 20 páginas más »
Disponible sólo en Essays.club