DERECHO CIVIL IV GENERALIDADES DEL NEGOCIO JURÍDICO
Enviado por Helena • 9 de Enero de 2018 • 7.780 Palabras (32 Páginas) • 522 Visitas
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17. Explique la forma de Negocio Jurídico Contractual, sistema de contratación?
La formalidad tiene en el contrato históricamente un valor de garantía de la seriedad del acto y de la seguridad de la relación jurídica que mediante él se crea.
El artículo 1574 código Civil establece: Toda persona puede contratar y obligarse por:
- Escritura pública
- Por documento privado o por acta levantada ante el alcalde del lugar
- Por correspondencia
- Verbalmente.
18. Explique los efectos del Negocio Jurídico?
Artículos 1534 al 1537 del código Civil: Los que celebren un contrato están obligados a concluirlo y a resarcir los daños y perjuicios resultantes de la inejecución o contravención por culpa o dolo.
19. Cual es el efecto del contrato entre las partes?
El artículo 1530 del código Civil: desde que se perfecciona un contrato obliga a los contratantes al cumplimiento de lo convenido.....
20. Efectos del contrato en relación a terceros?
Artículo 1530 del código Civil: se puede prometer por el hecho de un tercero con cargo de indemnización si éste no cumple...........
21. Explique la ejecución forzosa y resolución por incumplimiento?
El cumplimiento forzoso tiene por objeto que la obligación, aunque tardíamente sea cumplida. Primordialmente en la forma pactada o bien según lo estipulado entre las partes.
Previniendo el incumplir del deudor, o lo dispuesto en la ley.
22. Explique la interpretación del Negocio Jurídico Contractual?
Artículo 1592 al 1604 del código Civil
- Interpretar: significa desentrañar el sentido de una expresión de voluntad. Para este efecto existen dos teorías:
- Escuela de Derecho Natural e Individualista: sostiene que para aplicar a un contrato, el interprete debe penetrar la intención de las partes, descubrir cual ha sido ésta y hacerla predominar
- Escuela Histórica, postula que deben prevalecer la voluntad exteriorizada.
Nuestro ordenamiento jurídico se inclina por la teoría de la voluntad real o interna. A este respecto el artículo 1593 dice: Cuando los términos o conceptos del contrato son claros y no dejan lugar a duda sobre la intención de los contratantes, se estará al sentido literal de sus cláusulas. Si las palabras fueren diferentes o contrarias a la intención de los contratantes, prevalecerá esta sobre aquellas.
El articulo 1602 expone: la duda favorece al obligado....
INEFICIENCIA DEL NEGOCIO JURÍDICO CONTRACTUAL
23. Explique la acción paulina?
Es una modalidad de la rescisión; persigue el pago y subsidiariamente la invalidación.
24. Explique la nulidad absoluta?
El artículo 1301 expone: Hay nulidad absoluta en un negocio jurídico cuando su objeto sea contrario al orden público o a las leyes prohibitivas expresas y por la ausencia o no concurrencia de los requisitos esenciales para su existencia.
- Los negocios que adolecen de nulidad absoluta no producen efecto ni son revalidables por confirmación.
25. Explique la Nulidad Relativa?
El artículo 1303 explica: El negocio jurídico es anulable:
- Por incapacidad relativa de las partes o de una de ellas
- Por vicios del consentimiento.
El artículo 1304 dice: Los negocios que adolecen de nulidad relativa pueden revalidarse confirmándolos expresamente o dando cumplimiento a la obligación, a sabiendas del vicio que los hace anulables.
26. Explique la Rescisión de los Contratos?
El artículo 1579 expone: Los contratos validamente celebrados, pendientes de cumplimiento pueden rescindirse por mutuo consentimiento o por declaración judicial en los casos que establece el código civil.
El artículo 1585 dice: La acción para pedir la rescisión dura un año desde la fecha de la celebración del contrato.
27. Explique la Resolución?
Significa deshacer o destruir un contrato, en virtud que su cumplimiento resulta excesivamente oneroso.
El artículo 1581 del código civil establece: La condición resolutoria convenida por los contratantes deja sin efecto el contrato desde el momento en que se realiza, sin necesidad de declaración judicial.
El artículo 1582 dice: La resolución de un contrato por efecto de la condición resolutoria implícita, debe ser declaradas judicialmente.
28. Explique la Revocación?
Manuel Ossorio explica. En una acepción general es dejar sin efecto un acto.
El artículo 1290 expresa: Todo acreedor puede pedir la revocación de los negocios celebrados por el deudor en perjuicio o fraude de sus derechos.
29. Enumere y explique la clasificación del negocio jurídico contractual?
Regulado en los artículos del 1587 al 1592 del código civil:
- Unilaterales: si la obligación recae solamente sobre una de las partes contratantes.
- Bilaterales: si ambas partes se obligan recíprocamente.
- Consensuales: cuando basta el consentimiento de las partes para que sean perfectos.
- Reales: cuando se requiere para su perfección la entrega de la cosa.
- Principales: cuando subsisten por sí solos.
- Accesorios: cuando tienen por objeto el cumplimiento de otra obligación.
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