DERECHO DE LA SEGURIDAD SOCIAL ANTECEDENTES DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Enviado por tolero • 13 de Noviembre de 2018 • 7.116 Palabras (29 Páginas) • 523 Visitas
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Por otra parte y a través de la historia, es conocido de la evolución de la institución social los sistemas de asistencia social no pudieron solucionar los. Graves problemas que planteaba la clase asalariada, esta presiono al estado de prevención que amparara a los trabajadores y a sus beneficiarios.
PREVISION SOCIAL
Es un conjunto de principios norma e instituciones que buscan incansablemente la satisfacción de la necesidad presente no solo de los trabajadores considerados individualmente, sino también de la comunidad obrera y más aun de aquellas que únicamente cuentan con su fuerza de trabajo como patrimonio personal y familiar puede decirse que designa la manera de establecer medidas protectoras frente a las necesidades a que están expuestos los trabajadores y se integra fundamentalmente por los seguros sociales. Así entonces, con este contenido de la previsión social que se refiere única y exclusivamente a los trabajadores y que por ende forma parte del Derecho del Trabajo.
FINALIDAD DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Dentro de la colectividad o sociedad que formamos existe la necesidad de asegurar la convivencia pacífica, atendiendo a las normas establecidas en nuestro Derecho Mexicano, encontramos la reglamentación en materia de la seguridad social; sin embargo en estos momentos, sabemos que la finalidad del estudio de nuestra materia, es decir la seguridad social ya se encuentra asegurada dentro de la constitución y que es la igualdad del trabajador frente al patrón y viceversa lo que protege esta materia; así como la de garantizar al trabajador la seguridad y asistencia social, encontrándose dentro de esta los servicios médicos y prestaciones que la propia ley otorga. Atendiendo que con el paso del tiempo el trabajador tendrá el sustento de un derecho a una pensión.
SEGURO SOCIAL
Atendiendo a lo que establece la norma del IMSS, se dice que es el instrumento básico de la seguridad social, establecido como un servicio público de carácter nacional en los términos de la propia ley que lo rige, es decir, la ley del IMSS y su reglamento propio, sin perjuicio de los sistemas instituidos por otros ordenamientos.
Por otra parte es fundamental hacer mención su organización y administración del Seguro Social en los términos consignados en la propia ley del instituto, están a cargo del organismo publico descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio, de integración operativa tripartita, en razón de que la misma concurre los sectores publico social y privado, denominado Instituto Mexicano del Seguro Social, el cual tiene también el carácter de organismo Fiscal Autónomo.
OBLIGACIONES PATRONALES
Las obligaciones que tiene el patrón frente al trabajador es proporcionar el Seguro Social que es una extensión del salario que devenga el trabajador, de no realizarlo el patrón se estará a lo que estipula el artículo 88 de la L.S.S., sin importar la forma en que fue contratado, es decir, si fue por tiempo determinado, indeterminado por obra determinada, por periodo de prueba, esto atendiendo a lo que establece el artículo 35 de la L.F.T., tomando en cuenta que el patrón tiene un término legal para dar de alta al trabajador, la inscripción podrá realizarse el día hábil anterior al inicio de las relaciones laborales; en este caso, la obligación de prestar servicio institucionales será a partir de la fecha que como inicio de la relación laboral se señale en el formulario respectivo, esta disposición se encuentra en el artículo 45 del Reglamento de Afiliación de la L.S.S.
CUOTAS Y BASES DE COTIZACION
El Seguro Social es primordialmente público y como seguro tiene consecuencias jurídicas por el simple hecho de estar regulado como tal, ante esta situación corre con algunos riesgos por ser un asegurador y, debe tener capital suficiente que le apoye para salir al frente cuando un derechohabiente le demande los servicios a la institución, dicho de otra forma, podemos decir que los siniestros y la ocurrencia misma es algo que debe prever el Seguro Social como institución pública que es, de tal forma que los contribuyentes y aportaciones de los patrones y del Estado son de gran relevancia para la institución.
Por otra parte se debe decir que el IMSS establece en su misma Ley los tipos de seguro y que son REGIMEN OBLIGATORIO, VOLUNTARIO Y FACULTATIVO, mismo que se contemplan para cubrir las necesidades y en su caso alguna contingencia ya sea local, estatal o Nacional; por otra parte la Institución atiende los servicios de acuerdo a los regímenes antes mencionados, ya que contempla prestaciones en especie, en dinero, entre otras de acuerdo a las formas y condiciones previstas por la propia ley y el reglamento del propio instituto.
Ahora bien los derechohabientes para recibir o, en su caso para seguir disfrutando de las prestaciones que la ley otorga, debe cumplir con los requisitos establecidos en la misma y en su propio reglamento.
Para tal efecto, el Instituto expedirá a todos los derechohabientes un documento de identificación a fin de que puede ejercitar los derechos que la propia ley les confiere, según el caso.
Es de trascendencia hacer mención que las prestaciones que corresponden a los asegurados y a sus beneficiarios son inembargables, a excepción en los casos de obligaciones alimenticias a su cargo, pueden embargarse por la autoridad judicial las pensiones y subsidios hasta por el 50% por el monto.
Por otra parte de deben tener las disposiciones fiscales de la propia Ley del IMSS, la que establece cargas a los particulares y las que señalan excepciones a las mismas, así como las que fijan las infracciones y sanciones, son de aplicación estricta. Se considera que establece cargas las normas que se refiere a sujeto, objeto, base de cotización y tasa.
A falta de la norma expresa de la ley del instituto, se aplican supletoriamente las disposiciones de la ley federal del trabajo, del código o derecho común; en ese orden, cuando su aplicación no sea contraria a la naturaleza propia del régimen de la seguridad social, misma que establece la propia ley de IMSS.
RIESGO DE TRABAJO
Primeramente debemos partir en hacernos la pregunta ¿Qué SON LOS RIESGOS DE TRABAJO? Entendiendo por ellos que son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del desempeño del trabajo. El Maestra Báez afirma toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte producida
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