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Demanda de escritura pública

Enviado por   •  24 de Diciembre de 2018  •  1.826 Palabras (8 Páginas)  •  452 Visitas

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Ambas normas establecen el derecho del comprador de requerir al vendedor se cumpla con una formalidad convenida.

VI.- MONTO DEL PETITORIO

Por no implicar la pretensión el pago de monto dinerario alguno, no es cuantificable en dinero.

VII.- VÍA PROCEDIMENTAL

A la presente demanda le corresponde la vía del proceso SUMARÍSIMO, conforme a lo previsto en el Artículo 1412 del Código Civil que establece “(…) La pretensión se tramita como proceso sumarísimo, salvo que el título de cuya formalidad se trata tenga la calidad de ejecutivo, en cuyo caso se sigue el trámite del proceso correspondiente.”

VIII.- MEDIOS PROBATORIOS:

1.- En mérito a la Copia legalizada de la Minuta de Compra y venta de fecha 21 de Febrero del año 2014, del Bien Inmueble Inscrito en el Código Registral N° P01276777 del Registro de Predios de la SUNARP-Lima, con lo que se acredita la existencia de un contrato y el acuerdo de elevar a escritura pública por parte de los vendedores.

2.- En merito a la Copia certificada del Acta de Conciliación de inasistencia a dos sesiones de conciliación, con lo que acreditamos haber cumplido con este requisito de solución alternativa del conflicto.

3.- En merito a la copia certificada de la ficha Registral del Inmueble materia de Litis, inscrita en el Código Registral N° P01276777 del Registro de Predios de la SUNARP-Lima, en la que se especifica los medidas perimétricas, linderos y medidas del inmueble materia de Litis así como que las demandadas son titulare (propietarias), del citado inmueble.

4.- En merito a la copia legalizada de la Boleta de venta N° 0453676 de fecha 21/02/14, por concepto de pago por Derechos Notariales por la suma de N/S 300.00 y copia del recibo de pago N° 040982 de fecha 21/02/14, por concepto de tramites Registrales por la suma de N/S 50.00,(son Cincuenta con 00/100 Nuevos soles),con la cual se demuestra que el día de la suscripción de la minuta esta se ingresó conjuntamente

las demandas tuvieron pleno conocimiento del ingreso a la Notaria la presente Minuta al haberse suscrito en la misma Notaria e ingresado en la misma fecha.

5.- En merito a la copia legalizada del recibo por honorarios profesionales N° 005449 de fecha 21/02/14, expedida por la Abogada de la Notaria Dra. Roxana Esmeralda Sigueñas Méndez con registro del colegio de Abogados N° 28282, con la cual se acredita la presencia de las demandadas en la Notaria en la que firmaron la Minuta y que quedaron citadas para retornar a firmar la escritura pública conforme a Ley.

6.- En merito a la copia legalizada del acta de Declaratoria de Herederos de la sucesión Intestada de Luis Blanquillo Coroquilla y ficha Registral de Inscripción de sucesión Intestada a Favor de María Elena Terrones Flores viuda de Blanquillo Y Carmen Rosa Blanquillo Terrones.

7.- Certificado de Inscripción del RENIEC y, copias de los DNIs de las demandadas, con la cual probamos las direcciones domiciliarias de las demandadas.

IX.- ANEXOS:

1-A.- 2 Copia de mi Documento Nacional de Identidad de las demandantes.

1-B.- Copia Legalizada de la Minuta de compra y venta de fecha 21 de febrero del año 2014, del bien Inmueble inscrita en el código Registral N° P01276777 del registro de predios de la SUNARP-Lima.

1-C Copia certificada del Acta de Conciliación de fecha 07 de Enero del año 2015, con inasistencia a dos sesiones de conciliación de parte de las demandadas.

1-D.- Copia Certificada de la Ficha Registral del Inmueble materia de Litis, la que se encuentra inscrita en el código Registral N° P01276777 del Registro de predios de la SUNARP-Lima.

1-E.- Copia Legalizada de la Boleta de venta N° 0453676 de fecha 21/02/14, por concepto de pago por Derechos Notariales por la suma de N/S 300.00.

1-F.- Copia del recibo de pago N° 040982 de fecha 21/02/14, por concepto de tramites Registrales por la suma de N/S 50.00.

1-G.- Copia legalizada del recibo por honorarios profesionales N° 005449 de fecha 21/02/14, expedida por la Abogada de la Notaria Dra. Roxana Esmeralda Sigueñas Méndez con registro del colegio de Abogados N° 28282.

1-H.- Copia Legalizada del Acta de Declaratoria de Herederos de la sucesión Intestada de Luis Blanquillo Coraquillo.

1-I.-Cicha Registral de Inscripción de la sucesión Intestada a favor de María Elena Terrones Flores d Blanquillo y Carmen Rosa Blanquillo Terrones.

1-J.- 2 Certificados de Inscripción del Reniec de las demandadas.

1-K.- 2 Copias de DNIs de las demandas.

1-L.- Papeleta de Habilitación Profesional.

POR LO EXPUESTO:

A UD. Pido admitir a trámite la presente demanda.

PRIMER OTROSI DIGO: Que delegamos las facultades generales de representación, a que se refiere el artículo 80° del código Procesal civil, al letrado que autoriza la presente demanda, declarando estar instruidos acerca de sus alcances: En cuanto al domicilio de los representados, requisito para la representación Judicial por abogado, señalamos que se encuentra indicados en la parte introductoria de la presente demanda.

SEGUNDO OTROSI DIGO: Que me reservo el derecho de las acciones procesales previstas en el primer párrafo del artículo 428 del Código procesal Civil.

TERCER OTROSI DIGO: Que, acompañamos tasa judicial por Concepto de Ofrecimiento de pruebas, cedulas de Notificación y copias para el emplazamiento a las demandadas.

Lima, 20 de Octubre del 2015

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