DEMANDA DE NULIDAD DE ESCRITURA.
Enviado por tolero • 25 de Marzo de 2018 • 5.891 Palabras (24 Páginas) • 640 Visitas
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99174, partida 4521 de compraventa, volante 11911, de fecha 31 de Octubre del 2013, en el Instituto Registral del Estado de Tabasco, de la zona registral de Cárdenas, Tabasco, que contiene la compra-venta celebrada entre mi esposo, ANDRES MIRANDA MORALES y la señora RUTH SANCHEZ TORRES.
b).- La cancelación de la inscripción de fecha 31 de octubre de 2013, volante 11911, de compraventa, bajo el folio real 99174, partida 4521, en el Instituto Registral del Estado de Tabasco, de esta Ciudad.
Del C. JORGE LUIS ESCOBAR VILLANUEVA, reclamo las siguientes:
a) La nulidad del contrato de compra venta, celebrado entre la C. RUTH SANCHEZ TORRES y el señor JORGE LUIS ESCOBAR VILLANUEVA, en fecha 30 de Enero de 2014, e inserto en el volumen 102 (CIENTO DOS) DEL PROTOCOLO ABIERTO, mediante escritura pública número 3,609 (TRES MIL SEISCIENTOS NUEVE, ante la fe del LICENCIADO MARCO ANTONIO BUENDÍA BURGOS, en su carácter de Notario Público Sustituto de la Notaría Pública Número 30 (treinta), con ejercicio en el Estado y adscripción al Municipio de Centro, sede en Villahermosa, Tabasco, e inscrita de manera definitiva bajo el folio real número 99174, partida 10410, de compraventa, inscripción de fecha 06 de Agosto de 2014, en el Instituto Registral del Estado de Tabasco, de esta Ciudad.
b) La nulidad del contrato de mutuo con interés y garantía hipotecaria, así como la nulidad de la constitución de garantía hipotecaria, celebrados entre el señor JORGE LUIS ESCOBAR VILLANUEVA, y el INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO A TRAVÉS DE SU FONDO DE LA VIVIENDA, en fecha 30 de Enero de 2014, e insertos en el volumen 102 (CIENTO DOS) DEL PROTOCOLO ABIERTO, mediante escritura pública número 3,609 (TRES MIL SEISCIENTOS NUEVE), ante la fe del LICENCIADO MARCO ANTONIO BUENDIA BURGOS, en su carácter de Notario Público Sustituto de la Notaría Pública Número 30 (treinta), con ejercicio en el Estado y adscripción al Municipio de Centro, sede en Villahermosa, Tabasco, e inscrita de manera definitiva bajo el folio real número 99174, partida 10411, de mutuo, inscripción de fecha 06 de Agosto de 2014, en el Instituto Registral del Estado de Tabasco, de esta Ciudad.
c) La cancelación de la inscripción de fecha 06 de Agosto de 2014, volante 23975, de compraventa y mutuo, bajo el folio real 99174, partidas 10410 y 10411 respectivamente, en el Instituto Registral del Estado de Tabasco, de esta Ciudad.
d) El pago de los gastos y costas judiciales que se originen en el presente juicio.
Del “INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO” A TRAVÉS DE SU FONDO DE LA VIVIENDA, reclamo las siguientes:
a) La nulidad del contrato de mutuo con interés y garantía hipotecaria, así como la nulidad de la constitución de garantía hipotecaria, celebrados entre el señor JORGE LUIS ESCOBAR VILLANUEVA, y el INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO A TRAVÉS DE SU FONDO DE LA VIVIENDA, en fecha 30 de Enero de 2014, e insertos en el volumen 102 (CIENTO DOS) DEL PROTOCOLO ABIERTO, mediante escritura pública número 3,609 (TRES MIL SEISCIENTOS NUEVE), ante la fe del LICENCIADO MARCO ANTONIO BUENDIA BURGOS, en su carácter de Notario Público Sustituto de la Notaría Pública Número 30 (treinta), con ejercicio en el Estado y adscripción al Municipio de Centro, sede en Villahermosa, Tabasco, e inscrita de manera definitiva bajo el folio real número 99174, partida 10411, de mutuo, inscripción de fecha 06 de Agosto de 2014, en el Instituto Registral del Estado de Tabasco, de esta Ciudad.
b) La cancelación de la inscripción de fecha 06 de Agosto de 2014, volante 23975, de mutuo, bajo el folio real 99174, partida 10411, en el Instituto Registral del Estado de Tabasco, de esta Ciudad.
Del Notario Público Sustituto de la Notaría Pública Número 30 (treinta), de Villahermosa, Tabasco, LICENCIADO MARCO ANTONIO BUENDÍA BURGOS, reclamo las siguientes:
a).- La nulidad de la escritura pública número 3,609 (tres mil seiscientos nueve) de fecha 30 (treinta) de Enero de 2014 (dos mil catorce) volumen 102 (ciento dos) del Protocolo Abierto, inscrita en forma definitiva bajo el Folio Real número 99174, partida 10410 de Compraventa y partida 10411 de Mutuo, volante 23975, de fecha 06 de Agosto del 2014, en el Instituto Registral del Estado de Tabasco, de la zona registral de Cárdenas, Tabasco, que contiene la compra-venta celebrada entre la C. RUTH SANCHEZ TORRES y el señor JORGE LUIS ESCOBAR VILLANUEVA; el contrato de mutuo con interés y garantía hipotecaria celebrado entre el INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO A TRAVÉS DE SU FONDO DE LA VIVIENDA y el señor JORGE LUIS ESCOBAR VILLANUEVA; y, la constitución de garantía hipotecaria que otorga en primer lugar y grado el señor JORGE LUIS ESCOBAR VILLANUEVA a favor del INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO A TRAVÉS DE SU FONDO DE LA VIVIENDA.
b).- La cancelación de la inscripción de fecha 06 de Agosto de 2014, volante 23975, de compraventa y mutuo, bajo el folio real 99174, partidas 10410 y 10411 respectivamente, en el Instituto Registral del Estado de Tabasco, de esta Ciudad.
DEL C. ENCARGADO DEL INSTITUTO REGISTRAL DEL ESTADO DE TABASCO DE ESTA CIUDAD, reclamo las siguientes:
a).- La nulidad de la escritura pública número 22,561 (VEINTIDOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y UNO), de fecha 11 de Octubre de 2012, volumen 485 (CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO), inscrita en forma definitiva bajo el Folio Real número 99174, partida 4521 de compraventa, volante 11911, de fecha 31 de Octubre del 2013, en el Instituto Registral del Estado de Tabasco, de la zona registral de Cárdenas, Tabasco, que contiene la compra-venta celebrada entre mi esposo, ANDRES MIRANDA MORALES y la señora RUTH SANCHEZ TORRES.
b).- La cancelación de la inscripción de fecha 31 de octubre de 2013, volante 11911, de compraventa, bajo el folio real 99174, partida 4521, en el Instituto Registral del Estado de Tabasco, de esta Ciudad.
c) La nulidad de la escritura pública número 3,609 (tres mil seiscientos nueve) de fecha 30 (treinta) de Enero de 2014 (dos mil catorce) volumen 102 (ciento dos) del Protocolo Abierto, inscrita en forma definitiva bajo el Folio Real número 99174, partida 10410 de Compraventa y partida 10411 de Mutuo, volante 23975, de fecha 06 de Agosto del 2014, en el Instituto Registral del Estado de Tabasco,
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