EL ESTADO LIBERAL. La revolución inglesa (1640-1660)
Enviado por Stella • 23 de Noviembre de 2017 • 2.060 Palabras (9 Páginas) • 526 Visitas
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Con John Stuart Mill, afirma Vallespín, donde encontramos una mayor espiritualización del principio de utilidad y es uno de los mayores defensores de la libertad individual, y diferencia la utilidad que puede poseer un bien y su valor objetivo real. Este criterio distingue entre los placeres superiores e inferiores y se apoya en la preferencia decidida de aquellos completamente familiarizados con los dos.
El principio de la libertad de J.S. Mill suscita la necesidad de incorporar este principio a la organización social, y este afirma que “la única parte de la conducta por la cual es responsable ante la sociedad es aquella que afecta a los otros. En la que únicamente le afecta a él su independencia es, de derecho, absoluta”. La individualidad es una categoría social y debe ser reconocida por el derecho. Este mismo énfasis conduce al individuo a propugnar un orden constitucional que les permita el acceso a los intereses superiores, que puedan familiarizarse con los placeres superiores.
Mill insiste también en la necesidad de una reforma educativa que permita el desarrollo de las potencialidades de la persona, gracias a esto nace el liberalismo igualitarista que sostiene que toda persona debe ser libre de imposiciones externas sobre cómo debe vivir y subraya la necesidad de hacer efectiva una libertad frente al mundo de la necesidad.
Por otro lado, Kant emprende la transformación conceptual necesaria para permitirnos hablar de otro paradigma epistemológico liberal, de ahí se dice que el derecho solo puede ser legitimado a partir de su determinación por una ley estrictamente general. El fin del Estado se ve referido a la garantía del derecho y la idea se ajusta a tres principios a priori del derecho:
- La libertad de cada miembro de la sociedad en cuanto persona.
- La igualdad de todos entre sí en cuanto súbditos.
- La autonomía en cuanto ciudadanos de cada miembro de la sociedad.
El núcleo económico es el cambio de mentalidad al que aludíamos al comienzo, así como al cambio de perspectiva que introduce la ideología liberal en el ámbito de la producción. “Surge la búsqueda de la riqueza como fin en sí mismo a medida que la sanción religiosa va dejando paso a una sanción puramente dirigida a satisfacer las necesidades individuales”. La producción sin barreras y abierta a nuevas posibilidades de experimentación. Weber califica a los procesos de diferenciación social como “esferas de valor”; derecho, moral, política, economía.
Montesquieu señala que el comercio potencia la tolerancia y acostumbra a los ciudadanos a relacionarse con otros de modo imparcial e impersonal. La interpretación de los autores utilitaristas observa algunas de las falacias de este planteamiento del liberalismo originario. Bentham desarrolla determinadas medidas dirigidas a conseguir mayores efectos redistributivos.
Bajo la influencia de la filosofía liberal y la presión de importantes grupos sociales, comenzaron a aparecer las declaraciones de derechos y también medidas dirigidas a evitar las tendencias absolutistas de la Corona inglesa. Los pactos fueros e incluso las Cartas Generales se referían siempre a una parte de la población, como en el artículo 1 de la Declaración Francesa donde decía que: “los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derecho”, o en la Declaración de Independencia de los Estados Unidos donde se establecía que los derechos del hombre son evidentes en sí mismo y el gobierno es garantía de estos. Se caracterizan con tres rasgos:
- Universales e individuales.
- Son reconocidos por el Estado.
- Los derechos humanos son derechos morales y jurídicos y están sujetos a variabilidades históricas dependientes.
La división de poderes de Montesquieu es un modelo puramente racionalista y sus ideas básicas eran las siguientes:
- Las principales funciones del Estado se atribuyen cada uno a un distinto poder dentro del Estado: legislativo al Parlamento, ejecutivo al gobierno y judicial a los tribunales de justicia.
- Se relacionan entre sí a través de un sistema de correctivos, vetos y fiscalización de la actividad de otros.
Hoy existen dos grandes modelos de organización de la división de poderes:
- Presidencialista: división rígida, ejemplo: Constitución americana de 1787 (la más antigua del mundo, sigue en vigor), se establece una estricta división entre las funciones de los distintos órganos.
- El presidente, designa o sustituye directamente sus ministros o secretarios.
- Legislativo, integrado por la Cámara de Representantes y el Senado, constituyen el Congreso.
- Judicial.
- Parlamentaria: separación de poderes flexible, intima dependencia entre poder legislativo y ejecutivo.
- El gobierno forma parte del Parlamento.
- El Parlamento tiene cierta autonomía.
- Estado de derecho: institución que presupone e incorpora a las otras dos. La incorporación de los derechos fundamentales a la figura del Estado de derecho se reconoce fuera de la elaboración doctrinal, en declaraciones formales. Otorga al Estado la forma y las medidas necesarias para permitir al ciudadano la capacidad de prever sus actuaciones y orientar su propia acción en el ámbito público y privado. Elementos del Estado de derecho:
- Primacía de la ley, remite al principio de legitimidad democrática.
- Legalidad de la Administración, sometimiento de la Administración a la ley mediante un sistema jerárquico de normas, permite realizar un control judicial de la amplia y heterogénea capacidad normativa de la administración.
- La independencia del poder judicial: decisiva, y se concreta en su total autonomía a la hora de dictar sentencia, limitada por su conformidad a las disposiciones legales.
- Examen de constitucionalidad de las leyes: permite mantener la prioridad de la constitución sobre la ley, frena los abusos del legislativo o ejecutivo.
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