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EL SISTEMA NACIONAL DE COMPETENCIAS

Enviado por   •  24 de Noviembre de 2018  •  2.752 Palabras (12 Páginas)  •  391 Visitas

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Al proponer cambios profundos en la organización territorial del Ecuador, un país con una cultura centralista y escasamente integradora; el COOTAD tendrá muchos inconvenientes en el camino de su implementación que deberán ser superados sobre la marcha, tomando las decisiones más acertadas según el caso.

Uno de sus principales inconvenientes será el de la organización de la transferencia de competencias a los gobiernos autónomos descentralizados por parte del Consejo Nacional de Competencias, ya que a pesar de que el proceso está regulado en el COOTAD haría falta organizar un cronograma de transferencia que regule el paso de las peticiones de transferencia por las distintas etapas del proceso para asegurar la organización y transparencia en su consecución.

Otro inconveniente de este proceso es el cambiar la visión de las autoridades locales acerca de la labor que realizan en beneficio de sus respectivos territorios, se debe ir más allá de considerar como una administración exitosa a aquella que inaugura más obras y empezar a desarrollar una visión territorial donde las autoridades tomen liderazgo local y hagan prevalecer objetivos de desarrollo local equitativo en varios aspectos y no solo en infraestructura.

Se debe trabajar en el cambio de mentalidad que tienen que experimentar los representantes de las autoridades locales, administrar la autonomía de la que gozan actualmente en beneficio de sus territorios; y al mismo tiempo poder asumir de la 121 mejor manera los retos que se les presentan, al ser partes de un proceso mayor de desarrollo nacional; debido a que sus acciones no solo van a incidir en el ámbito de su territorio, sino que deben proyectarse a lograr objetivos más grandes de progreso de las circunscripciones cercanas a ellas, y a su vez de todo el país.

Sin embargo, todo lo que pueda decirse en las leyes sobre la descentralización no abarca la multiplicidad de situaciones que pueden darse en la práctica, en especial, por la complejidad del proceso. Es por esta razón que deben establecerse políticas y programas claros en el marco de un Sistema de Competencias eficiente que direccionen los procesos descentralizadores hacia sus objetivos primigenios sin permitir que se desvirtúen con el tiempo.

Al redefinir las relaciones entre lo nacional y lo local en sentido de doble vía, se logrará hacer realidad los principios de solidaridad y corresponsabilidad entre los distintos niveles de gobierno y de esta manera conseguir el fortalecimiento del Estado desde el aporte de las particularidades de cada uno de sus territorios.

Podrían aplicarse distintas políticas para lograr este objetivo entre ellas: difusión de los derechos de ciudadanía y buen vivir, al mismo tiempo se podría dar a conocer a la ciudadanía los mecanismos que les asisten para exigir el cumplimiento de esos derechos en el marco de las competencias de las autoridades locales; y mecanismos de compensación para equiparar las realidades de los GAD´S mediante redistribución de bienes y recursos públicos.

A través del COOTAD, se crea el Sistema Nacional de Competencias, el cuales concebido como el conjunto integrado y ordenado de responsabilidades que asume el Estado.

Este sistema está compuesto por Competencias, Constitucionales exclusivas y concurrentes, adicionales y residuales Competencias son las capacidades de intervención de un nivel de gobierno en un sector. Se ejercen a través de facultades (Art. 113 COOTAD)

Las facultades son atribuciones para el ejercicio de una competencia por parte de un nivel de gobierno (rectoría, planificación, regulación, control, gestión)

Tipos de Competencias

Competencias exclusivas. - cuya titularidad corresponde a un nivel de gobierno (Art. 114 COOTAD)

Competencias concurrentes. - cuya titularidad corresponde a varios niveles de gobierno (Art.115 COOTAD)

Competencias adicionales. - son partes de los sectores comunes (Art. 112), no asignadas en la Constitución y COOTAD, y que serán transferidas de manera progresiva y bajo el principio de subsidiariedad (privilegiar la gestión de servicios, competencias y políticas públicas por parte de los niveles de gobierno más cercanos a la población) por el Consejo Nacional de Competencias, conforme procedimiento y plazo señalado en COOTAD (Art. 149)

Competencias residuales. - que no están asignadas en la Constitución, no forman parte de los sectores estratégicos, competencias privativas o exclusivas del gobierno central (Art. 150).

El Sistema Nacional de Competencias será el encargado de regular los procedimientos, lineamientos, etc., para la atribución y ejecución de las competencias de los diferentes niveles de gobierno, para de esta forma lograr el desarrollo esperado, eliminar las inequidades sociales, económicas, culturales y ambientales, lograr una redistribución de la riqueza, y primordialmente cumplir con los objetivos establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo.

Nuestra Constitución además establece que es un derecho de las y los ecuatorianos, el participar en la planificación del desarrollo, en la toma de decisiones, en la gestión pública, en el control social de los diferentes niveles de gobierno, mediante mecanismos de participación directa, participativa o representativa, que son reconocidos constitucionalmente.

Se reconoce además la existencia de regímenes especiales por razones ambientales, con la finalidad de conservar y preservar los ecosistemas y la biodiversidad existente en el territorio ecuatoriano, específicamente en la provincia de Galápagos; por razones de densidad poblacional, para lo cual se reconoce a los distritos metropolitanos como regímenes especiales, y por último por razones étnico culturales, con la finalidad de preservar y respetar las culturas, usos, costumbres ancestrales, de las diferentes circunscripciones indígenas, afroecuatorianas y montubias, a los cuales se deberá reconocer y sobre todo respetar sus derechos colectivos, los mismos que se encuentran reconocidos en la Constitución, en la ley y en los tratados internacionales.

Es el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía, y Descentralización, el llamado a regular lo referente a los gobiernos autónomos descentralizados; para lo cual en el referido código se ha establecido en forma detallada, la forma de organización político administrativa del estado ecuatoriano, la conformación, funciones, las competencias, tanto exclusivas, como concurrentes, adicionales y residuales de los diferentes niveles de gobierno, las funciones y objetivos del sistema nacional

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