ESTUDIO DE MERCADO - METRO TUNJA
Enviado por klimbo3445 • 30 de Marzo de 2018 • 2.710 Palabras (11 Páginas) • 458 Visitas
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Grafica 1.
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Fuente,
2.1.2. IMPUESTOS Y RETENCIONES.
Los impuestos y retenciones que surjan del presente contrato corren por cuenta del CONTRATISTA; la ciudad de Tunja., hará las retenciones del caso y cumplirá las obligaciones fiscales que ordene la ley.
Impuestos al Valor Agregado - IVA
El Estatuto Tributario establece como hecho generador del IVA, la prestación de servicios en el territorio nacional y a su vez considera, como servicios gravado la prestación de servicios profesionales a la tarifa general, la cual está fijada en el 16%.
Impuesto de Industria y Comercio, Avisos y Tableros – ICA
El impuesto de Industria y Comercio es un tributo de carácter municipal que grava toda actividad industrial, comercial o de servicios que se realiza en el municipio en forma ocasional o permanente con o sin establecimientos.
Son responsables del impuesto de industria y comercio, la persona natural o jurídica o la sociedad de hecho, que realice el hecho generador de la obligación tributaria, consistente en el ejercicio de actividades industriales, comerciales o de servicios en la jurisdicción del Distrito Capital. A partir de la expedición de la Ley 1430, artículo 54, se establecieron adicionalmente como sujetos pasivos del Impuesto a quienes realicen el hecho gravado a través de consorcios, uniones temporales y patrimonios autónomos.
Impuestos municipales de la ciudad de Tunja
La ciudad de Tunja establece el cobro de algunos impuestos con el fin de favorecer ayuda financiera a algunas entidades y/o sectores del municipio, tales como:
- Estampilla Pro-Cultura
- Estampilla Pro-adulto mayor
2.1.3. PRECIOS DEL MERCADO
Este es un proceso en el que para efectos de la metodología no se contemplaron cotizaciones en aras de evitar sobrecostos, sino que fueron consultadas las tablas de honorarios del DNP (Departamento Nacional de Planeación).
Se estableció igualmente un factor multiplicador, estimado en el 2.5, el cual consideró las siguientes variables mínimas:
Grafica 2.
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Prestaciones Sociales: Para una Entidad el valor de las prestaciones sociales legales depende de la antigüedad promedio ponderada con los sueldos de todo su personal y de las prestaciones extralegales reconocidas por la firma consultora y definidas dentro de los siguientes componentes:
- Prima básica anual
- Cesantía básica anual (Retroactividad cesantías)
- Intereses a las cesantías
- Vacaciones anuales
- Subsidio familiar - SENA
- ICBF
- ISS
- Seguros de ley (ARL)
- Indemnización de ley
- Otros costos indirectos (Incapacidad no cubierta EPS y medicina prepagada, Dotación, Auxilios varios, Prestaciones extralegales)
- Intereses de Cesantías.
Gastos generales de administración: Comprenden, los costos y gastos de operar la organización como un todo y tienen que ser atendidos en todo momento para ofrecer al cliente la disponibilidad de los servicios. Estos costos y gastos no se originan, ni son efectuados en virtud de un proyecto específico, entre ellos se encuentran:
- Gastos directos no reembolsables
- Arriendo oficinas
- Pólizas de seguro e impuestos
- Documentación técnica
- Dotación de operación y mantenimiento
- Salarios y prestaciones no reembolsables
- Personal no facturable
- Asesorías generales
- Otros gastos no reembolsables
- Estampillas adulto mayor
- Estampillas pro-cultura
- Rete-fuente
- Industria y comercio
2.1.4. OFERTA DEL MERCADO
En la búsqueda de empresas proveedoras de servicios de consultoría especializada en la elaboración de diseños urbanísticos y de ingeniería de detalle de vías urbanas, presentes en el territorio nacional se presenta en el numeral 3.2 ANALISIS DE OFERTA, en la Tabla se presenta el listado de las 7 empresas más importantes y relevantes en la consultoría de Transporte y Movilidad.
2.1.5. ESTUDIO FINANCIERO Y TRIBUTARIO DEL SECTOR “ESPECÍFICO”
La entidad hará una evaluación de la información financiera solicitada, bajo los siguientes parámetros: El Proponente deberá demostrar que cuenta con la capacidad financiera adecuada para ejecutar el Contrato, la cual se medirá de conformidad con los parámetros que se describen en el presente numeral. Para ello, el Proponente o cada uno de los integrantes del Proponente (en caso de que éste sea un Consorcio o una Unión Temporal) debe (n) presentar el registro único de proponentes expedido con una antelación no superior a un (1) mes a la fecha de cierre del proceso licitatorio respectivo, el cual deberá contener la información financiera correspondiente al último año fiscal. En el caso de las empresas que aún no están en la obligación de tener los estados financieros a corte 2015, de acuerdo a lo que establece la Superintendencia de Sociedades, se aceptara la presentación de los estados financieros a corte 2014.
La entidad tomará los indicadores contenidos en el Certificado del Registro Único de Proponentes el cual deberá encontrarse vigente y en firme. En caso de que falte algún indicador, tomará, únicamente, los indicadores faltantes del certificado del revisor fiscal o del contador, los cuales deberán estar soportados con copia del Balance General y estado de resultados, los cuales deberán estar auditados con sus
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