El Derecho Internacional Privado es aquella rama del Derecho que tiene como finalidad dirimir conflictos de jurisdicción internacionales
Enviado por klimbo3445 • 19 de Abril de 2018 • 4.874 Palabras (20 Páginas) • 531 Visitas
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Diferencia entre Derecho Internacional Privado y Derecho Internacional Público.
- En cuanto AL AMBITO DE APLICACIÓN O AMBITO TERRITORIAL
El Derecho internacional público (ordenamiento que regula el comportamiento o las relaciones entre los diferentes Estados, el ordenamiento jurídico de la Comunidad Internacional) es un conjunto de normas consuetudinarias, o de normas comunes o generales, siendo un ordenamiento UNICO, en tanto que es aplicable a todo el planeta, y en consecuencia cualquier supuesto de Derecho internacional público sólo puede ser regulado por ese ordenamiento. Y la respuesta sólo puede venir de éste.
El Derecho internacional privado, no hay un único ordenamiento, existen tantos Derechos internacionales privados como Estados. Al haber una pluralidad, y no siendo éstos iguales, la respuesta al caso no tendrá una validez universal, pues sólo vale hasta donde se extienden los límites de la soberanía del Estado donde el caso se ha planteado.
- En cuanto a LAS FUENTES
Ningún Estado por sí solo puede establecer regla alguna de Derecho internacional público, ya que se requiere que por lo menos la voluntad de dos Estados, bien tácitamente (vía costumbre), bien expresamente (vía tratados). Por lo que las fuentes han de ser internacionales.
Así por ejemplo el Tribunal Superior de Justicia de La Haya aplica los Tratados Internacionales, a continuación el derecho derivado de la costumbre internacional y después los principios generales del derecho reconocido por los internacionalistas. Pero se trata siempre de fuentes FORMALES (decretos, leyes...) a diferencia de las fuentes materiales, que son causas o circunstancias que establecen por qué se hace esa norma y que no corresponden al Derecho internacional público.
Respecto al Derecho internacional privado, cada país tiene sus propias fuentes internas y la principal fuente interna es la Ley de ese país. Ahora bien, el Derecho internacional privado también participa de las fuentes internacionales y concretamente de los Tratados Internacionales, sean de carácter general (multilaterales), o de carácter particular (bilaterales).
- En cuanto a LAS MATERIAS REGULADAS
El Derecho internacional público regulan relaciones jurídicas entre los sujetos de Derecho internacional público (Estados, organizaciones internacionales, como la Cruz Roja Internacional, la Soberana Orden de malta, las relaciones diplomáticas y consulares, el derecho aéreo, el derecho marítimo...)
El Derecho internacional privado regula las relaciones entre particulares o entre particulares y el Estado.
- En cuanto a LOS DESTINATARIOS DE LAS NORMAS
Los destinatarios del Derecho internacional público, son los Estados o los Organismos Internacionales, o los sujetos de Derecho Internacional y en un área muy limitada los individuos.
Los del Derecho internacional privado, son los particulares y los sujetos que tienen que aplicar esas normas, como son los Jueces o Tribunales.
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INCOTERMS
Los INCOTERMS (Términos de Comercio Internacional) establecen reglas internacionales que tienen como finalidad facilitar la conducción del comercio global y así poder evitar incertidumbres derivadas de las distintas interpretaciones en diferentes países, estos auxilian en la identificación de las obligaciones entre las partes (Comprador/Vendedor) y reduce el riesgo de complicaciones legales. Así como también determinan el punto exacto de la transferencia, el riesgo de daño y la responsabilidad de entrega de la mercancía entre los involucrados sin embargo estas no son consideradas como Ley, son Recomendaciones reconocidas como Practica Internacional Uniforme de Comercio.
PALABRAS CLAVE: Incoterms, Comercio, Negociaciones Internacionales, Transporte, Importación y Exportación.
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Fines del Derecho Internacional Privado
- Procurar la armonía entre normas jurídicas de diversos estados que concurran en una sola relación de derecho.
- Obtener la seguridad de los derechos en el orden internacional pues es la forma de garantizar los derechos fundamentales del hombre en su persona, bienes y en los actos jurídicos.
- Lograr la justicia a base de aplicación de derecho extranjero cuando sea necesario para dar al sujeto interesado en la vigencia extraterritorial de la norma extranjera lo que corresponde.
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Fuentes del Derecho Internacional Privado
Las fuentes del Derecho Internacional Público pueden clasificarse por su extensión en:
- Nacionales. Son aquellas que podemos localizar en el orden jurídico vigente de un solo país. Dentro de esta clasificación encontramos dos tipos de leyes:
- Aquellas que se desprenden de las normas internacionales; y,
- Las que se desligan del Derecho Internacional. Dentro de este tipo de fuentes están: La ley, la costumbre y la jurisprudencia.
- La Ley como fuente del Derecho Internacional Privado varía según el sistema jurídico de que se trate.
- Dentro del Derecho Internacional Privado la costumbre es importante sobre todo en el área de comercio ya que los usos y costumbres son una de las fuentes más importantes de creación normativa.
- La jurisprudencia tiene un lugar muy importante en el Derecho Internacional Privado ya que permite a los jueces ampliar los supuestos de las normas jurídicas y con ello enriquecer los criterios establecidos en sus leyes y sobre todo, dar al individuo la certeza en cuanto al alcance y sentido de las normas jurídicas.
- Internacionales: Son fuentes que constituyen maneras de crear normas jurídicas que obligan a más de un Estado a respetar acuerdos. Dentro de este tipo encontramos a los tratados internacionales, a la costumbre internacional y a la jurisprudencia internacional.
- En el Derecho Internacional Privado, los tratados constituyen una de las fuentes más importantes en cuanto a instrumentos de resolución de conflictos y tráfico jurídico internacional, las materias que contienen
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