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El bien comun segun F. Porrua.

Enviado por   •  8 de Febrero de 2018  •  2.351 Palabras (10 Páginas)  •  334 Visitas

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Este bien político, tal como lo denomina Porrúa no debe entenderse como el bien público mismo, pues no sino solo un medio por el cual el Estado involucra el mejoramiento de su población, pues la materia propia del bien público queda constituida, por la totalidad de los intereses humanos, es por eso que el bien común público que persigue el estado, es más humano que el perseguido por cualquier otra sociedad, pues lleva sobre sí la preocupación de todos los fines que interesan a la sociedad, en todos sus planos.

Al llegar a la anterior conclusión, es natural que nos preguntemos cuales son los campos donde se refleja el bien común, y es pues este tema que abordaremos a continuación basándonos en la opinión del multicitado maestro Francisco Porrúa.

El primer punto que nos señala es el de la economía, si bien es cierto y como lo mencionamos el campo de acción del estado es principalmente el político, pero también es cierto que no se puede separar del todo lo económico de lo político, esto no significa que el estado deba actuar como un ente absoluto dentro del desarrollo de la economía nacional, pues la iniciativa en la esfera económica, corresponde a los intereses particulares, pero de acuerdo al estudio que hicimos de los elementos formales del bien público, el estado deberá actuar de manera complementaria en el desarrollo del aspecto económico del país, encontrando un punto medio en su actuar, en nuestro país ese actuar está regulado en el artículo 25 de la Constitución[9], donde claramente señala que el estado actuara como ente coordinador de los intereses particulares, en razón de que esta no resulte desorbitada. En nuestra opinión es acertada la intervención en el aspecto económico por parte del Estado, puesto que es una parte fundamental del interés humano y por tanto del bien común público, pues el desarrollo o no en la economía de un país repercute significativamente en el desarrollo de los individuos y sus intereses.

Un segundo aspecto es en lo cultural, ya que el bien público no debe reducirse únicamente a lo material (aunque claramente es un aspecto fundamental), el estado debe contribuir a los fines interculturales, al igual que en lo económico, no de manera absoluta; es decir estableciendo doctrinas de estado, sino de una forma laica, dejando la libertad para que puedan desarrollarse las actividades de los particulares de forma libre, por ejemplo es obligación del estado el garantizar la educación obligatoria, pero está encaminada a que cada individuo genere su propio criterio e ideología.

El último aspecto mencionado por el maestro Porrúa es el de el bien común en relación al ser humano, elemento que expresa el contenido del bien público, el cual es el conjunto de bienes o servicios de utilidad pública o interés nacional (caminos puertos, escuelas, etc.) las buenas finanzas del Estado, su poderío militar, el conjunto de leyes, costumbres, instituciones, recuerdos históricos, cultura, etc., pero también se refuerza su contenido con otra base de valores de contenido espiritual, cuya conservación y progreso debe ser protegido y estimulado por el Estado.

Lo anterior es la topología del Estado, para lograr esa finalidad de tan rico contenido, desarrolla su actividad constante la sociedad humana, que en base del mismo. El esfuerzo de todos los gobernantes y gobernados, habrá de orientarse hacia esos fines para poder realizar en la mayor medida posible el conjunto de valores individuales y de la colectividad que unitariamente forma el bien público.

CONCLUSIONES

En conclusión, el bien público que debe de realizar el Estado consiste en establecer el conjunto de condiciones económicas, sociales, culturales, morales y políticas necesarias para que el hombre pueda alcanzar su pleno desarrollo material y espiritual, como persona humana, como miembro de una familia, de su empresa o de su actividad económica o cultural, de la agrupación profesional, del municipio, del estado y de la comunidad internacional.

La diferencia (si así lo quisiéramos llamar) que el bien común guarda con el bien público es la que radica de que la primera abarca un concepto general, en cuanto a que todas las agrupaciones humanas buscan para sus integrantes un beneficio entendido como el bien común, mientras que el bien público es la finalidad del Estado y por tanto un elemento constitutivo del mismo, pero como tal no es una diferencia sustancial o material, sino únicamente en cuanto a la amplitud del concepto, ya que ambas son un fin teleológico humano.

Así pues el Estado, para garantizar ese bien público debe tomar en cuenta a su vez el bien particular ya que ambos están estrechamente vinculados, y para que el segundo pueda ser alcanzado por los individuos integrantes del Estado, debe garantizarse el primero por parte del Estado a través de sus deferentes entes administrativos.

Pero este bien público no es una tarea a corto o a largo plazo, sino de un constante y en mi opinión perpetuo actuar del Estado para conseguirlo, pero el Estado no solo considerado como las autoridades que lo representan, sino también de la sociedad que lo integra, es decir son acciones conjuntas entre gobernantes y gobernados, con el agregado que implica al Estado como un ente coordinador y complementario.

Solo así se garantiza la permanencia del Estado como ente de la realidad y el bienestar de sus integrantes.

FUENTES DE INVESTIGACION

Fuentes Bibliográficas:

- CARDENAS Gracia, Jaime. Introducción al estudio del Derecho, UNAM, 1ª ed., p.229

- DABIN, Jaén. Doctrina General del Estado (Elementos de filosofía Política), UNAM, 2003, pp.52-54

- GARCIA, Regalado, De los Santos, Cruz y Ruiz. Introducción a la filosofía del Derecho, UNACH, 1ª ed., 2015, p.54

- PORRÚA Pérez, Francisco. Teoría del Estado, Ed. Porrúa, 39ª. ed. México, 2005, p.25

Fuentes Hemerograficas:

- RAMOS, Alejandro. La ciudad de Dios en Santo Tomas de Aquino, Fasta, Argentina, 2008

Fuentes legales

- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

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