El derecho romano es definido por Celso como “El arte de lo bueno y lo equitativo”
Enviado por Kate • 6 de Noviembre de 2018 • 21.808 Palabras (88 Páginas) • 784 Visitas
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La interpretación tradicional da la primera acepción a las legendarias tres tribus romanas: los latinos, los sabinos y los etruscos. Serían pues, unidades precívicas cuya unión, precisamente, originó a Roma.
EL REX
El imperium es un tipo especial de poder que tuvo el rex y luego los principales magistrados de la res publica. La posible etimología —imparare (preparar las filas de los soldados), nos daría un-a clave de lo que debe de haber sido el origen del imperium, que tradicionalmente es tomado como un poder originario, unitario, absoluto y soberano.
• Soberano (superanus) por ser superior, por estar por encima de cualquier otro.
• Absoluto, por no estar limitado o relativizado por nada.
• Unitario, porque no es una adición de determinadas atribuciones taxativas, sino una masa total de poder.
• Originario, porque no se deriva de otra fuente —por ejemplo, un mandato popular—, sino que halla su razón de ser en la misma institución de la monarquía o de la magistratura.
Al poder, originariamente sacerdotal del rex latino-sabino y militar del etrusco, se le habrían adosado, con el tiempo, otras atribuciones, impuestas por la cada vez más compleja vida política de la civitas.
COLEGIOS SACERDOTALES
Los distintos colegios sacerdotales cumplen las funciones de acomodamiento o armonía de la civitas a la voluntad u ordenamientos de la divinidad.
- Los augures asesoran al rex o al magistrado en su interpretación de los auspicios o augurios por los que la divinidad manifiesta su buena o mala disposición ante un quehacer comunitario: una elección, una inauguración de un templo, la iniciación de una batalla, etcétera.
- Los pontífices asisten y supervisan todos los actos sacrales públicos y privados, llevan el archivo y registro de los principales acontecimientos y son los intérpretes de las mores maiorum.
- Los feciales se ocupan de todos los ritos referidos a las relaciones internacionales: iniciación de hostilidades, concerta-ción de tratados, fijación de límites, etcétera.
- Los tres flamines, encargados de los cultos capitolinos, oficiaban en la confarreatio.
IURISPRUDENTIA
Según una doctrina actual afirma que la verdadera fuente formal de la etapa del Derecho Arcaico ha sido la actividad jurisprudencial, es decir, la actividad de los "sabios en materia de Derecho". En aquella época, esta actividad estaba a cargo de los miembros del colegio sacerdotal de los pontífices.
Las mores maiorum no estaban escritas y que el romano común no conocía su contenido, por lo que solo le importaba la opinión de los juristas. De allí se deduce claramente que la fuente formal no era la costumbre (mores maiorum) sino la doctrina (iurisprudentia).
CLASES SOCIALES
En los orígenes de la ciudad eran los patricios, los plebeyos y los clientes quienes formaban parte en las distintas clases sociales.
Patricios: conformaban la clase social política y económicamente privilegiada dentro de la ciudad, (aristócratas). Gozaban de todos los derechos políticos: Ius sufragii: el voto, Ius honorum, hacer uso del derecho. Tambien podían ejercer el sacerdocio, rex sacrorum. Y también podían desempeñar funciones privadas como el ius connubi, derecho al matrimonio civil, ius comerci, derecho a ejercer el comercio, las iustae nuptiae, etc.
La plebe: Se expresa a la totalidad de los ciudadanos, excluyendo a los patricios y a los senadores. Gozaban de algunos derechos privados como el ius comercii pero aun asi no llegaron a gozar de los dchos públicos. Luego de tres siglos de lucha contra el patriarcado lograron salir de la situación parasitaria a la que los sometia el estado romano.
Los plebeyos no tenían culto, ni antepasados, ni familia, ni propiedad. Hasta que se les reconocieron sus derechos, vivieron al margen de la vida política y social de roma, residiendo precariamente en los limites de la ciudad.
La clientela: son las personas que se encuentran en la condición de vasallo, las cuales quedaban adscriptas a las gens mediante un acuerdo voluntario, llamado applicatio pero aun así no era considerado como miembro de la familia. Este era acordado entre el patrono y un extraño, el patrono se obliga a prestar doble protección:
- Jurídica: porque el cliente para reclamar sus derechos, debía hacerlo mediante un gentil, en este caso, el patrono o jefe de las gens.
- Económica: porque el patrono entrega sus tierras al cliente a cambio de que este labre las tierras y pueda a la vez subsistir con los productos cosechados. Más propiamente conocido como feudalismo.
Ademas el pater de las gens tiene jurisdicción sobre el cliente ya que puede ordenar su ejecución tanto como obtener los derechos de sucesión de su patrimonio.
ÓRGANOS DE GOBIERNO
En todas las ciudades estados se encuentran tres órdenes de gobierno: la magistratura (rey), un consejo (senado), y la asamblea popular (comicios curiados).
Magistratura:
- El rey es el supremo sacerdote de la ciudad, jefe del ejército y tiene la facultad divina sobre decisiones o actos públicos.
- Representa a la ciudad en sus relaciones con otros estados, declara el inicio o fin de una guerra
- Preside el senado, celebra tratados y tiene las llaves del tesoro
- Es la máxima autoridad judicial
- Es el rey de los romanos pero no de roma
- No estaba obligado a responnder por sus actos ya que su función era sagrada y vitalicia
Si el rey moría y no había elegido un sucesor, el senado era quien debía elegir al próximo rey para que ejerciera provisoriamente –interrex-. Hasta que mediante las asambleas, reunidos en comicios curiados, se elija al nuevo monarca.
Senado: Es un cuerpo formado por ancianos, que reciben el nombre de “patres gentes”, eran los jefes de las gens. Representante de la soberanía de los grupos cuya federación se había constituido en roma. Otra de las funciones era la interregnum en caso de que se halle vacante en el trono.
Comicios
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