Ensayo sobre derecho penitenciario.
Enviado por Ninoka • 19 de Abril de 2018 • 1.243 Palabras (5 Páginas) • 600 Visitas
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orgánico para regular la ejecución de la pena de prisión.”
1.2 CONCEPTO Y NATURALEZA JURIDICA
1.2.1CONCEPTO
“Se puede definir el Derecho Penitenciario como el conjunto de normas reguladoras de la actividad penitenciaria dirigida a la ejecución de penas y medidas privativas de libertad con la finalidad de conseguir la reeducación y reinserción social de los sentenciados, así como de la relación jurídica que surge como consecuencia del internamiento de detenidos y presos.”
“Conjunto de normas que regulan la readaptación de los individuos sujetos a una sentencia privativa de la libertad. La penología, se dice que el penitenciario nace paralelamente al derecho penal surgiendo la penología cuando se convierte en la prisión en una pena formalmente, y se sigue utilizando hasta nuestros días como un medio para obtener un cambio de conducta personal y mental de los delincuentes teniendo como base la sanción correctiva de su privación de libertad.”
1.2.3 NATURALEZA JURIDICA
“Existen diferentes posiciones en la doctrina acerca de la naturaleza del Derecho Penitenciario que van desde los que defienden su autonomía dentro del ordenamiento jurídico, hasta los que consideran que forma parte del Derecho Penal, del Derecho Procesal o incluso del Derecho Administrativo.”
- Para los penalistas es una parte del Derecho Penal que se ocupa de la ejecución de las penas privativas de libertad. Completaría el cuadro de normas reguladoras del Derecho punitivo: delitos, penas y medidas privativas de libertad y ejecución de éstas completarían el contenido del Derecho Penal.
- Para algunos tratadistas de Derecho Administrativo, la actividad de la Administración Penitenciaria forma parte de la actividad de la Administración Pública y, por tanto, las normas que regulan esta actividad deben de ser consideradas como pertenecientes al Derecho Administrativo.
- Paulatinamente va abriéndose paso la tesis de la autonomía del Derecho Penitenciario por tres razones fundamentales:
1. Por razón de las fuentes. Las normas que regulan la relación jurídica penitenciaria constituyen un cuerpo de normas independientes de las que establecen los delitos y las penas (Derecho Penal Sustantivo) y de las que regulan el procedimiento (Derecho Procesal).
2. Por razón de la materia. La relación jurídica-penitenciaria, en cuanto supone la permanencia de una serie de derechos, el nacimiento de otros frente a la Administración Penitenciaria, la aparición de deberes y el recorte o limitación de otros derechos, constituye una materia específica que exige tratamiento normativo y doctrinal autónomo.
3. Por razón de la jurisdicción. Se atribuye a un órgano específico, el Juez de Vigilancia Penitenciario o Juez de ejecución de penas, el velar por el estricto cumplimiento de las normas y la protección de la parte más débil de la relación jurídica (el recluido).
1.3 COMENTARIO
Por todo ello a la par que representa un derecho fundamental del preso en el sentido expuesto, ya que es el trámite previo y necesario para que todos los derechos fundamentales del recluso sean algo real y efectivo dentro de la sociedad, y no meras palabras huecas
Considero que la doctrina que mantiene nuestro Tribunal Constitucional al respecto, se debe en gran medida a la calificación que realiza de la relación jurídica penitenciaria, como una relación de especial sujeción, en donde la Administración penitenciaria tiene, según esta categoría, como fi n primordial el de velar por el buen orden y la seguridad del establecimiento, con lo que, a mi juicio, trastoca y mal interpreta los fines asignados a la pena de prisión. Con ello no quiero decir que la Administración no deba velar por la seguridad, sino que como he expuesto, el principio de prevención especial positiva –reeducación y reinserción–, debe operar de manera prioritaria y como límite al principio de prevención general, mediante un juicio de proporcionalidad.
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