Formato de Contrato Civil.
Enviado por John0099 • 27 de Abril de 2018 • 622 Palabras (3 Páginas) • 465 Visitas
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PRECIO TOTAL: catorce millones setecientos un mil cuatrocientos sesenta y ocho pesos ($ 14.701.468 m/cte.).
FORMA DE PAGO: con el pago de las cesantías parciales, provenientes del Fondo de Pensiones y Cesantías Porvenir.
ANTICIPO Y LIQUIDACIÓN: 20% del precio total de la obra, para el inicio de la obra y con destino exclusivo a la compra de materiales, 25% del precio total de la obra, a los diez (10) días de iniciada la obra; 25% del precio total de la obra dentro de los diez (10) días siguientes al segundo pago y 30% al terminar la obra.
FECHA DE INICIACIÓN: cinco días posteriores a la entrega del 20% del precio total de la obra, el que se destine a la compra de materiales.
FECHA DE ENTREGA: treinta y cinco días calendario, a partir de la fecha de iniciación.
CLÁUSULAS:
PRIMERA: el contratista se compromete a ejecutar la obra que tiene un costo de PRECIO TOTAL catorce millones setecientos un mil cuatrocientos sesenta y ocho pesos ($ 14.701.468 m/cte.).Obliga para con el contratante realizar la obra en vivienda localizada en la calle 2ª No. 8-17 con ficha catastral No. 01-00-0015, No de escritura pública 218 de la Notaría Única de Quinchía Risaralda, a nombre de Noelva Bartolo Ríos. De acuerdo con la descripción de planos, especificaciones y cotizaciones previamente aprobados, que se anexan al presente contrato como parte del mismo. El contratante se reserva el derecho a rechazar cualquier parte de la obra o del material que no esté acorde con las especificaciones del contrato o de seguridad exigida.
SEGUNDA: por entrega anticipada de la obra no se estipulan bonificaciones, pero por el retraso de la misma, el contratista pagará al contratante a título de indemnización por cada día de mora, la suma de ochocientos mil pesos ($ 800.000 m/cte.) y cuya sumatoria será descontada directamente por el contratante de la liquidación final del contrato.
TERCERA: esta garantía podrá hacerse efectiva por el contratante tan pronto verifique que ha habido incumplimiento del contratista, sin necesidad de proceso civil o reclamación previa, a la cual renuncia el contratista.
CUARTA: el contratista, sin perjuicio de su responsabilidad, garantiza la buena calidad de la construcción y de los materiales utilizados en la obra.
QUINTA: el pago de los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones del personal que el contratista ocupe en la obra, serán de cargo exclusivo de éste; pero si no cumple satisfactoriamente con tales obligaciones, el contratante podrá retener, de los pagos parciales o de la liquidación final, las sumas necesarias para ello.
SEXTA: puesto que el contratista tiene completa autonomía técnica y directiva en la obra y se compromete a realizarla con sus propios medios y bajo su responsabilidad, este contrato no es de carácter laboral y por lo tanto no genera prestaciones sociales a su favor.
SEPTIMA: el contratista responderá de los daños que él o sus dependientes ocasionen a terceros.
OCTAVA: todos los materiales necesarios para la ejecución de la obra serán suministrados por el contratista.
NOVENA: bajo la gravedad del juramento declaramos que el contenido del presente contrato es cierto.
Para constancia se firma por las partes, el día 9 de marzo de 2016
EL CONTRATANTE:
NOELVA BARTOLO RIOS
25.035.324 de Quinchía Risaralda
EL CONTRATISTA:
DIEGO ROBLEDO CARDONA
C.C. 4.538.209 de Quinchía – Risaralda
Tarjeta No. 18-3503
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