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Guía Contratos Mercantiles

Enviado por   •  3 de Enero de 2019  •  8.370 Palabras (34 Páginas)  •  357 Visitas

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Forma

Es el medio exigido por la ley para la manifestación de la voluntad de las partes. Las partes pueden manifestar su consentimiento en la forma que consideren conveniente, sin embargo, en determinados casos, se requiere que esta sea escrita.

Lugar de pago

Las obligaciones mercantiles habrán de cumplirse en el lugar determinado en el contrato, o en caso contrario en aquel que, según la naturaleza del negocio o la intención de las partes, deba considerarse adecuado al efecto por consentimiento de aquellas o arbitrio judicial.

Cláusula penal

Consiste en una sanción que se aplica a una de las partes que ha incumplido en sus obligaciones, por lo que el beneficiado tiene el derecho a exigir la aplicación de dicha sanción.

Actos de Comercio

De conformidad con el contenido del artículo 75 del código de comercio vigente, se consideran actos de comercio los siguientes:

- Todas las adquisiciones, enajenaciones y alquileres verificados con propósito de especulación comercial, de mantenimientos, artículos, muebles o mercaderías, sea en estado natural, sea después de trabajados o labrados;

- Las compras y ventas de bienes inmuebles, cuando se hagan con dicho propósito de especulación comercial;

- Las compras y ventas de porciones, acciones y obligaciones de las sociedades mercantiles;

- Los contratos relativos y obligaciones del Estado ú otros títulos de crédito corrientes en el comercio;

- Las empresas de abastecimientos y suministros;

- Las empresas de construcciones, y trabajos públicos y privados;

- Las empresas de fábricas y manufacturas;

- Las empresas de trasportes de personas o cosas, por tierra o por agua; y las empresas de turismo;

- Las librerías, y las empresas editoriales y tipográficas;

- Las empresas de comisiones, de agencias, de oficinas de negocios comerciales, casas de empeño y establecimientos de ventas en pública almoneda;

- Las empresas de espectáculos públicos;

- Las operaciones de comisión mercantil;

- Las operaciones de mediación de negocios mercantiles;

- Las operaciones de bancos;

- Todos los contratos relativos al comercio marítimo y a la navegación interior y exterior;

- Los contratos de seguros de toda especie;

- Los depósitos por causa de comercio;

- Los depósitos en los almacenes generales y todas las operaciones hechas sobre los certificados de depósito y bonos de prenda librados por los mismos;

- Los cheques, letras de cambio o remesas de dinero de una plaza a otra, entre toda clase de personas;

- Los vales ú otros títulos a la orden o al portador, y las obligaciones de los comerciantes, a no ser que se pruebe que se derivan de una causa extraña al comercio;

- Las obligaciones entre comerciantes y banqueros, si no son de naturaleza esencialmente civil;

- Los contratos y obligaciones de los empleados de los comerciantes en lo que concierne al comercio del negociante que los tiene a su servicio;

- La enajenación que el propietario o el cultivador hagan de los productos de su finca o de su cultivo;

- Las operaciones contenidas en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito;

- Cualesquiera otros actos de naturaleza análoga a los expresados en este código.

Comercio electrónico

En los actos de comercio y en la formación de los mismos podrán emplearse los medios electrónicos, ópticos o cualquier otra tecnología.

Certificado

Todo Mensaje de Datos u otro registro que confirme el vínculo entre un Firmante y los datos de creación de Firma Electrónica.

Datos de Creación de Firma Electrónica

Son los datos únicos, como códigos o claves criptográficas privadas, que el Firmante genera de manera secreta y utiliza para crear su Firma Electrónica, a fin de lograr el vínculo entre dicha Firma Electrónica y el Firmante.

Destinatario

La persona designada por el Emisor para recibir el Mensaje de Datos, pero que no esté actuando a título de Intermediario con respecto a dicho Mensaje.

Emisor

Toda persona que, al tenor del Mensaje de Datos, haya actuado a nombre propio o en cuyo nombre se haya enviado o generado ese mensaje antes de ser archivado, si éste es el caso, pero que no haya actuado a título de Intermediario.

Firma Electrónica

Los datos en forma electrónica consignados en un Mensaje de Datos, o adjuntados o lógicamente asociados al mismo por cualquier tecnología, que son utilizados para identificar al Firmante en relación con el Mensaje de Datos e indicar que el Firmante aprueba la información contenida en el Mensaje de Datos, y que produce los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa, siendo admisible como prueba en juicio.

Firma Electrónica Avanzada o Fiable

Aquella Firma Electrónica que cumpla con los requisitos siguientes:

- Los Datos de Creación de la Firma, en el contexto en que son utilizados, corresponden exclusivamente al Firmante;

- Los Datos de Creación de la Firma estaban, en el momento de la firma, bajo el control exclusivo del Firmante;

- Es posible detectar cualquier alteración de la Firma Electrónica hecha después del momento de la firma, y

- Respecto a la integridad de la información de un Mensaje de Datos, es posible detectar cualquier alteración de ésta hecha después del momento de la firma. La Firma Digital, se considera como una especie de la Firma

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