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IMPUTADO JOAQUINA CARRILLO JIMÉNEZ Y DOLORES PERÉZ CARRILLO

Enviado por   •  26 de Noviembre de 2018  •  1.001 Palabras (5 Páginas)  •  223 Visitas

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Por lo anterior, se ordena se genere la audiencia solicitada, a efecto que conozcan los Jueces de Control adscritos a esta unidad de gestión Judicial Seis, y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 91 del Código Nacional de Procedimientos Penales, que dispone que las citaciones deberán llevarse a cabo cuando menos con 48 horas de anticipación a la celebración del acto; de tal forma que, a fin de privilegiar la presencia de las partes a la citada diligencia y con apoyo además, en lo dispuesto en los artículos 52 y 201 del Código Nacional de Procedimientos Penales que instruye a la Unidad de Gestión Judicial a efecto de que agende el particular y en preparación de la misma notifique por los medios legales autorizados por las partes, del día y hora que tendrá verificativo la audiencia programada ello de conformidad con el artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos apartado B y C, así como de los numerales 82, 83 y 85 del Código Nacional de Procedimientos Penales; y a fin de asegurar la comparecencia del imputado, gírese pedimento al Director del Reclusorio Preventivo Oriente , para que con las medidas necesarias de seguridad, traslade a las internas de referencia a las instalaciones de esta institución, a efecto de que esté presente en la audiencia que tendrá verificativo en la sala de oralidad ubicada en nuevo edificio del Sistema Procesal Penal Acusatorio, sitio en calle Reforma número 50, colonia San Lorenzo Tezonco , delegación Iztapalapa Reclusorio Preventivo Oriente), apercibido dicho Director que en caso de no hacerlo así, se le impondrá como medida de apremio una multa equivalente a 20 veces el valor de la unidad de medida y actualización de la Ciudad de México, lo anterior con fundamento en por lo dispuesto en el artículo 104 fracción II, inciso B del Código Nacional de Procedimientos Penales.

Finalmente, hágase del conocimiento de la víctima Juan Rosas López, el derecho a oponerse a fundadamente a la aprobación de la terminación anticipada del proceso solicita por el Ministerio Publico, cuando no se encuentre debidamente garantizada la reparación del daño, ya que en caso de su incomparecencia, ello no impide que el Juez de Control dentro de la audiencia resuelva sobre la procedencia y términos de la solicitud.

CUMPLASE. ASI LO RESOLVIO Y FIRMA EL JUEZ DE CONTRO DEL SISTEMA PROCESAL PENAL ACUSATORIO DE LA CIUDAD DE MEXICO MAESTRO ALFREDO CARDENAS DELGADO, EN FUNCIONES DE JUEZ EN TRAMITE, ADSCRITO A LA UNIDAD DE GESTION JUDICIAL SEIS. DOY FE.

CONSTANCIA. Vista la determinación del Juez de Tramite , y al realizar el procedimiento correspondiente por parte de esta Unidad, el Sistema de Control de Gestión Judicial Penal (SCGJP), establece las 10:00 horas del día 9 de julio de 2017, para que tenga verificativo la audiencia solicitada en la sala de oralidad número 14, ubicada en el nuevo edificio del Sistema Procesal Penal Acusatorio ubicado en calle Reforma número 50, colonia San Lorenzo Tezonco, delegación Iztapalapa (anexo al Reclusorio Preventivo Oriente). CONSTE.

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