Invita a contadores y empresarios del país a inscribirse en torno al proceso nacional de globalización económico.
Enviado por poland6525 • 25 de Marzo de 2018 • 794 Palabras (4 Páginas) • 367 Visitas
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Por otro lado, en Colombia se encuentra vigente la Ley 222 de 1995, la cual establece en el inciso tercero del artículo 35, que: “Las inversiones en subordinadas deben contabilizarse en los libros de la matriz o controlante por el método de participación patrimonial”. De acuerdo con lo anterior, claramente existe un conflicto entre lo ordenado por la Ley 222 de 1995 y lo establecido en los Decretos reglamentarios de la Ley 1314 de 2009. Con respecto a este conflicto, la Superintendencia de Sociedades manifestó mediante oficio 220-230099 del 19 de diciembre de 2014 lo siguiente: “Estas obligaciones hacen parte de una estructura creada por la Ley 222 de 1995 para las situaciones de control o de grupo empresarial, cuyos efectos van más allá de la forma en que se presenta y elabora la información financiera, los cuales no pueden ser desplazados definitivamente por normas de inferior categoría como podrían ser los Decretos reglamentarios. Un decreto reglamentario propone una metodología distinta a la contemplada”.
En Colombia existió una presión muy alta, para que se aplicaran las normas internacionales de información financiera, tal cual como las emite el IASB, pero lo cierto es que primero se tendría que haber hecho una serie de ajustes institucionales para hacer coherentes las normas existentes con lo ordenado por los estándares internacionales, porque así como existe este conflicto hay muchos otros, que se derivan por disposiciones contempladas, por ejemplo, en el Código de Comercio. Si en Colombia se quiere seguir aplicando el método de participación patrimonial en los estados financieros separados, el Gobierno tendrá que expedir un Decreto de excepción con aplicación inmediata, porque si adopta el “libro rojo versión 2015”, que ya incluye la enmienda, este solo será aplicable dos años después, en el mejor de los casos a partir del 1 de enero de 2017.
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