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. JUEZ DE LO CIVIL DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL ESTADO DE YUCATÁN

Enviado por   •  24 de Diciembre de 2017  •  1.578 Palabras (7 Páginas)  •  531 Visitas

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EK, tiene igualmente establecido justamente a lado de mi predio, una pequeña casa de paja en la cual vivía o habitaba con sus hijos, pero como la suscrita dejo de habitar el predio objeto del presente juicio, y me fui a vivir en otro predio que se encuentra siempre en el poblado de Hunucmá, Yucatán, pero, a unas cuadras del citado predio, razón y circunstancia que aprovechó la demandada para introducirse al predio, el cual ocupa actualmente de manera ilegal e indebida.

TERCERO.- Con fecha dos de enero del presente año, me constituí al predio de mi propiedad que es el marcado con el número ciento noventa y uno letra “D” de la calle 19 “A” de la colonia Localidad y Municipio de Hunucmá, Yucatán, conjuntamente con mi hija y mi yerno a enseñarle el titulo de propiedad que ampara la propiedad de dicho predio y a fin de que requerirle que desaloje voluntariamente dicho predio la señora EMILIANA BALAM EK, ya que le mostramos que nosotros ya somos los legítimos propietarios, mediante la exhibición de la escritura correspondiente, pero dicha señora nos “echó” de mi casa y me dijo que no se va a salir nunca.

CUARTO.- Desde hace mas de dos años hasta la actualidad la señora EMILIANA BALAM EK, ocupa indebida e ilegalmente el predio de mi propiedad ya que no cuenta con Título alguno con que acredite la propiedad del predio ni tampoco cuenta con contrato alguno de arrendamiento que acredite la posesión del mismo.

QUINTO.- He realizado varios intentos amistosos a fin de que la señora EMILIANA BALAM EK desocupe voluntariamente dicho predio, pero la respuesta siempre ha sido negativa.

Para acreditar los anteriores extremos ofrezco las siguientes:

P R O B A N Z A S.

1.- Una Prueba Documental Pública consistente en la copia certificada de inscripción vigente del predio marcado con el número ciento noventa y uno letra “D” de la calle 19 “A” de la colonia Localidad y Municipio de Hunucmá, Yucatán.

2.- Una Prueba Documental Pública consistente en el original del Escritura Pública consistente en la constancias conducentes respecto del juicio de sucesión intestada de menor cuantía de mi difunto esposo y que ampara la propiedad de la suscrita respecto del predio numero ciento noventa y uno letra “D” de la calle 19 “A” de la colonia Localidad y Municipio de Hunucmá, Yucatán.

3.- Una prueba Testimonial de cuando menos tres personas quienes deberán de declarar al tenor del pliego de preguntas y repreguntas que se le formulen en su caso, cuyos nombres domicilios e interrogatorios presentaré en el momento procesal oportuno.

4.- Una Prueba de confesión personal de la demandada EMILIANA BALAM EK, quien deberá de ser citada a efecto de que comparezca personalmente a absolver posiciones al tenor del pliego de posiciones que en pliego cerrado acompañaré en el momento procesal oportuno y que previamente fueran calificadas de legales.

5.- Una Prueba Documental Publica, consistente en todas y cada una de las actuaciones que se deriven del presente Juicio y en cuanto beneficien a mis intereses.

6.- Una prueba Presuncional en su doble aspecto legales y humanas y que se deriven del presente juicio en cuanto beneficien a mis intereses.

Fundamento Legal: En cuanto al fondo son aplicables los artículos 940, 941, 943, 956, 957, 958, 959, 977 y demás relativos y aplicables del Código Civil del Estado en vigor.

En cuanto al Procedimiento son aplicables los artículos 64, 161, 164, 165, 166, 173, 521 fracción III, 526, 539, 545, 546, 548, 549, 553 y demás relativos y aplicables del código de Procedimientos civiles del Estado en vigor.

Por lo expuesto y fundado,

A USTED C, JUEZ, ATENTA Y RESPETUOSAMENTE PIDO: tenerme por presentado con este escrito haciendo las manifestaciones a que me contraigo en el cuerpo del mismo, promoviendo formal demanda en la vía de Juicio Ordinario Civil Plenario de Propiedad y Posesión en contra de la señora EMILIANA BALAM EK, emplazándolo a Juicio para que lo conteste y haga valer sus derechos y excepciones si las tuviera en el termino legal que para el efecto se le fije, abrir a prueba el procedimiento para el debido desahogo de las ofrecidas por las partes y previos los tramites de rigor, dictar sentencia declarando procedente el presente juicio y fundadas mis acciones, condenando a la demandada a todo los reclamado.

Protestamos lo necesario en la Ciudad de Mérida, a los diez días del mes de julio de dos mil seis.

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GREGORIA CUA

(ALIAS) MARIA GREGORIA

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