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LA DEONTOLOGIA FORENSE Y ADMINISTRACIÒN DE JUSTICIA

Enviado por   •  23 de Marzo de 2018  •  2.865 Palabras (12 Páginas)  •  1.586 Visitas

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“…la justicia cuando es tardía deja de ser justicia y los trámites innecesarios y hasta maliciosos que se dan a los procesos, por la falta de voluntad para resolverlos por la apatía e indiferencia del mal juez, es la polilla impía que la estrangula y la asfixia…”.

A quien no puede llamársele Juez.

No puede llamarse juez al inescrupuloso que deslustra la moralidad de la institución, al que delega, con frecuencia, en otros el desempeño de sus funciones, amparando como legal lo que jamás ha ejecutado y poniendo en peligro en esta forma la seguridad de la convivencia y de la justicia social, al que ha perdido la vergüenza y tiene la costumbre de pedir favores, amparado en el cargo que desempeña, al que no permanece en su sitio, como verdadero soldado de la justicia y distrae su precioso tiempo en charlas inútiles con litigantes y amigos, menoscabando su prestigio y respetabilidad, al timorato que no tiene el valor suficiente para hacer justicia con toda imparcialidad, y al que hace del Derecho y de la Ley jirones despedazándolo por su propia inmoralidad e ignorancia.

Quienes pueden ser jueces.

“Hoy sólo puede ser juez el que ha iniciado su carrera siguiendo la trayectoria del tipo más humano que existió en la antigüedad, y fue Israel, el que sin armas, es el defensor de la sociedad, el que sin poder material concurre a orientar los destinos de esta: el que sin ser Maestro, con su conducta y sus decisiones, influye en el carácter y las costumbres, y el que sin gobernar, sobre todo, en los días azarosos para la moral pública, dependen de su entereza el orden y el honor de la sociedad”.

“… el Juez que se levanta por encima del tiempo y que a través de los años su nombre se pronuncia con respeto, es porque ha sido un valor trascendente, una fuerza sustantiva, una entidad superior con relieve altísimo en la aplicación de la ciencia del Derecho …” (El Peruano del 04.08.95).

Los retos que se imponen al Juez.

“Antes de terminar mi discurso, quiero hacerles una solemne invocación: apliquen la ley con probidad y técnica jurídica sin escatimar tiempo ni energías, con la entereza de carácter para mantener la independencia de la función que nos permitan liberarnos de toda clase de influencias extralegales negativas. No olvidemos que se nos ha concedido el privilegio de ejercer la excelsa función de discernir la justicia y, por ello, ocupamos una posición prevalerte para contribuir al logro de la paz, la justicia y el engrandecimiento de nuestra patria. Que, el sumo hacedor nos de la sapiencia y la energía para lograr esos nobles objetivos” (Nicanor Castillo La Rosa Sánchez, apertura del año judicial de 1994).

“… de nada servirá que tengamos una Constitución o Carta Política que defina las funciones del Poder Judicial, una Ley Orgánica de este, que reglamente su ejercicio, códigos penal, civil y especiales, que declaren y garanticen los derechos, los de procedimientos que estatuyen la manera de ejercitarlos y todas las demás leyes que posee el acervo de nuestra legislación, si los jueces de la República no nos esforzamos por estudiarlos, por absorber su contenido y por aplicarlos con el mismo espíritu y el mismo sentido con el que el legislador las forjó …”.

frecuentemente oímos decir que en vano nuestras leyes sustantivas y procesales son tan buenas como las mejor concebidas, cuando al tiempo de aplicarlas no se hace lo que pensó el legislador y un proceso judicial que debió terminar en pocos meses, dura años, y el fallo se consigue cuando quizá todo es tarde…”

“Los milagros los hacen los santos, no los códigos. Solamente a un técnico … se le puede ocurrir que los procedimientos a través de los cuales se administra la justicia pueden compararse a las máquinas, cuyo rendimiento, siempre que sea exacto el juego de las leyes y la relación de los engranajes, se llega a calcular anticipadamente con exactitud matemática… Los Jueces, los abogados, los litigantes, los testigos, cada uno de ellos es un animal vivo, un UNICUM que reacciona a su modo a los estímulos externos, de suerte que, aun cuando las leyes de procedimientos estén hechas con la máxima sabiduría, hay siempre que descartar algo imprevisible en su funcionamiento práctico, lo cual hace aleatorios y aproximativos los cálculos de su resultado, y las hace aparecer como buenas o malas leyes según las acompañe o las abandone la buena voluntad de los hombres”. (Nelson Ramírez Jiménez. El Peruano del 26.07.95).

“Nosotros los jueces, en lo que nos afectan tendríamos interés en que todos los procesos se desarrollarán con gran velocidad; al alargarlos y complicarlos crece nuestro trabajo, pero nuestra ganancia no crece…No se puede decir, desgraciadamente lo mismo de los abogados cuando más se dilata el proceso, tanto mayor es la ganancia: DUN PENDET RENDET. Estos son los hábitos de los abogados, mientras estos hábitos no cambien. ¿Cómo se puede esperar seriamente que, al cambiar el Código, las cosas vayan mejor?. Bastará que en el nuevo exista un defectillo de nada apenas, un rasguño, un lunar…e inmediatamente los abogados clavarán en ellos las uñas, y los ampliarán y envenenarán hasta producir la gangrena … He oído a ciertos profesores que enseñan que los abogados son los más preciosos colaboradores de los jueces

… no me hagan reír” (Nelson Ramírez Jiménez. El Peruano del 26.07.95).

JUECES Y ABOGADOS.

“Junto al Juez se ubica el abogado, personaje, igualmente, importante en la estructura de los debates judiciales, aun cuando su presencia social no se agota en el litigio, quien representa la defensa de la parte involucrada en la relación procesal al ser “llamado”, a defender la situación jurídica de su patrocinado.

Pese a que ambos participan en el proceso cumpliendo un rol importante, es cosa común escuchar comentarios agrios de uno respecto al otro, trasladándose culpas para justificar o a explicar los problemas del proceso, la injusticia de la decisión. Son personajes que parecen ocupar trincheras opuestas, sin posibilidades de acceder al diálogo constructivo o de poder admitir las razones expuestas por cada cual al sustentar sus alegatos o decisiones, debido quizá al uso indiscriminado de “metáforas, imágenes, metonimias y sinecdoques”, propiciando así que, de tanto discutir, la verdad se pierda. “Ignorancia” es la palabra acusatoria con que se suele calificar cada cual la intervención del otro, para desmerecer su labor.

Olvidan que ambos son (o deben ser)

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